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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de noviembre de 2010 429917 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, del Mayor de Caballería de la República Federativa de Brasil, Vilmar Corlotto Junior, del 07 de diciembre de 2010 al 20 de enero de 2013 , para desempeñarse como Instructor en la Escuela de Guerra del Ejército del Perú Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley Nro. 27856, modifi cado por Ley Nro. 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 571694-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1279-2010-DE/SG Lima, 25 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 1235 de fecha 23 de noviembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, la Fuerza Aérea del Perú ha cursado invitación a personal militar médico de la USAF de los Estados Unidos de América, para asistir al II Congreso de Medicina Aeronáutico que está organizando ; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores;y, Con la opinión favorable de la Fuerza Aérea del Perú, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar el ingreso a territorio peruano de personal militar médico de los Estados Unidos de América Mayor USAF Víctor Ortíz , para asistir al II Congreso de Medicina Aeronáutico organizado por la Fuerza Aérea del Perú, del 4 al 5 de diciembre de 2010. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 571694-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1280-2010-DE/SG Lima, 25 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 1224 de fecha 19 de noviembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, en el marco de la XXIV Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Armadas de Chile y Perú realizada en Santiago de Chile, se acordó llevar a cabo la VIII Reunión de Coordinación de Jefes de Estados Mayores de las Fuerzas Aéreas de ambos países, en la ciudad de Lima; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable de la Fuerza Aérea del Perú, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar el ingreso a territorio peruano de personal militar de la República de Chile, detallado a continuación, del 28 de noviembre al 04 de diciembre de 2010, con el fi n de participar en la VIII Reunión entre Jefes de Estado Mayor General de las Fuerzas Aéreas del Perú y Chile: 1. General de Aviación Wolfram Celedon Mecketh 2. General Brigada Aérea Juan Bascuñan Betancourt 3. Comandante de Grupo Alberto Toledo Sepulveda Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 571694-3