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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de octubre de 2010 427443 SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a partir del 11 de octubre de 2010 al señor Francisco Martín Lastres Ferrucci, como Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL QUEVEDO FLORES Ministro de Agricultura 555219-4 Aceptan renuncia de Director General de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0658-2010-AG Lima, 12 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 801-2009- AG, se designó al señor Miguel de los Reyes Rosas Silva como Director General de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura; Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venia desempeñando, motivo por el cual se ha visto por conveniente aceptar la renuncia presentada; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG. SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia del señor Miguel de los Reyes Rosas Silva como Director General de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL QUEVEDO FLORES Ministro de Agricultura 555219-5 Revocan delegación de facultades otorgada a la Dirección de Administración de Recursos Hídricos mediante R.J. Nº 210-2010-ANA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 634-2010-ANA Lima, 12 de octubre de 2010 VISTO: El Informe Legal Nº 1359-2010-ANA-OAJ/JMDCF de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 210-2010- ANA se delegó en la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, la facultad de resolver en segunda instancia administrativa, los recursos administrativos que se interpongan contra los actos administrativos expedidos por las Administraciones Locales de Agua, extendiéndose dicha delegación a la facultad de declarar nulidades de ofi cio cuando corresponda; Que, de acuerdo al numeral 67.5 del artículo 67º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, la delegación se extingue por revocación; Que, se ha visto por conveniente dejar sin efecto la delegación señalada en el primer considerando de esta Resolución; y, Con los vistos de Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica, en uso de las atribuciones conferidas a esta Jefatura por el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG y de conformidad al artículo 67º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Revocar la delegación de facultades otorgada a la Dirección de Administración de Recursos Hídricos mediante la Resolución Jefatural Nº 210-2010- ANA. Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en el portal institucional para los fi nes pertinentes. Regístrese y comuníquese. CARLOS JAVIER PAGADOR MOYA Jefe Autoridad Nacional del Agua 555023-1 AMBIENTE Declaran Zona Reservada Bosque de Zárate ubicada en la provincia de Huarochirí, departamento de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 195-2010-MINAM Lima, 13 de octubre de 2010 Visto, el Ofi cio N° 373-2010-SERNANP-J del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP; CONSIDERANDO: Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas; Que, la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 038- 2001-AG, establecen que las Áreas Naturales Protegidas son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorías y zonifi caciones, para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científi co, así como por su contribución al desarrollo sostenible del país; asimismo, refi eren que las Áreas Naturales Protegidas conforman en su conjunto el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, a cuya gestión se integran las instituciones públicas del Gobierno Central, Gobiernos Descentralizados de nivel Regional y Municipalidades, instituciones privadas y las poblaciones locales que actúan, intervienen o participan, directa o indirectamente en la gestión y desarrollo de estas áreas; Que, el Ministerio del Ambiente tiene como función específi ca dirigir el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE, de conformidad con lo establecido en el literal h) del artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; función que ejecuta a través del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP, organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio del Ambiente y que absorbiera la funciones de la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas del ex Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA; Que, de conformidad con los artículos 7° y 13° de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, y los artículos 42° y 59° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2001-AG, se indica que