NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (02/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 70
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de setiembre de 2010 424908 Administrativa que establece como objetivo, el optimizar el marco normativo de la simplifi cación administrativa y reforzar los mecanismos para su cumplimiento, siendo de alcance para todas las entidades que conforman la Administración Pública, señaladas en el artículo I del Título Preliminar de la Ley de Procedimientos Administrativos, Ley N° 27444. Que, bajo este marco normativo, la Ofi cina de Desarrollo Económico y Cooperación Técnica con el apoyo de consultoría externa, ha revisado la estructura de costos de los procedimientos correspondientes a la Unidad de Comercialización, con incidencia en los trámites relacionados con el otorgamiento de licencias de funcionamiento y procedimientos conexos; determinándose la posibilidad de efectuar signifi cativas reducciones de tasas en varios de los procedimientos incorporados en el TUPA vigente. Que, de otro lado, la Novena Disposición Final, Transitoria y Complementaria de la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, deroga entre otros el artículo 71° del Decreto Legislativo N° 776, Ley de Tributación Municipal, el cual establecía durante su vigencia que los contribuyentes deben presentar ante la Municipalidad de su jurisdicción una declaración jurada anual, simple y sin costo alguno, de permanencia en el giro autorizado al establecimiento, con lo cual se sustenta que deba suprimirse el Procedimiento 02 denominado Declaración Jurada Anual de permanencia en el giro del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Ofi cina de Desarrollo Económico y Cooperación Técnica – Unidad de Comercialización. Que, el numeral 36.3 del artículo 36° de la Ley del Procedimiento Administrativo General establece que para el caso de los Gobiernos Locales, las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplifi cación de los mismos, podrá aprobarse mediante Decreto de Alcaldía. Que, es de particular interés para la Municipalidad Distrital de Bellavista promover las condiciones que contribuyan con el crecimiento y desarrollo sostenible de la economía local, incentivando a generar condiciones favorables al clima de negocios a través de la mejora en la provisión de servicios públicos y simplifi cación de trámites administrativos, entre otros, tal como lo disponen los Decretos Supremos Nºs. 002 y 003-2010-EF, referidos al Plan de Modernización Municipal y Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, procesos ambos en los que esta Corporación Edil participa de manera activa. Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario aprobar la reducción de tasas y simplifi car los procedimientos administrativos relacionados con el otorgamiento de licencias de funcionamiento, buscando refl ejar el costo real de los servicios prestados por esta Comuna en armonía con la política de simplifi cación que viene implantando la gestión municipal del Distrito de Bellavista. Estando a lo expuesto, con el visto bueno y conformidad de la Unidad de Comercialización, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, Ofi cina de Administración y Finanzas, Ofi cina de Asesoría Jurídica, Gerencia Municipal; y en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confi ere: DECRETA: Artículo 1°.- Reducir las tasas previstas en el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente respecto a los procedimientos de obtención de Licencia de Funcionamiento (Ofi cina de Desarrollo Económico y Cooperación Técnica – Unidad de Comercialización), de acuerdo al siguiente detalle: DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO REDUCCION DE LA TASA DE A Licencia de Funcionamiento para establecimientos de hasta 100 m2 y capacidad de almacenamiento no mayor al 30% del área total del local S/. 360.00 (10% UIT) S/. 207.97 (5.78% UIT) Licencia de Funcionamiento para establecimientos comerciales mayores de 100m2 hasta 500 m2 S/. 720.00 (20% UIT) S/. 339.39 (9.43% UIT) Licencia de Funcionamiento para establecimientos con área mayor a los 500 m2 S/. 1,800.00 (50% UIT) S/. 277.04 (7.70% UIT) Duplicado de Licencia de Funcionamiento S/. 144.00 (4% UIT) S/.67.82 (1.88% UIT) Cambio de denominación o ampliación de giro compatible S/. 144.00 (4% UIT) S/. 132.83 (3.69%) Licencia municipal de funcionamiento corporativa para galería comercial S/. 360.00, S/. 720.00 ó S/. 1,800.00 (10, 20 ó 50% UIT, según metraje) S/. 165.14 (4.59% UIT) Autorización temporal del comercio ambulatorio S/. 126.00 (3.50% UIT) S/. 110.76 (3.21% UIT) Artículo 2°.- Suprimir el Procedimiento Nº 02 del Texto Único de Procedimientos Administrativos correspondiente a la Ofi cina de Desarrollo Económico y Cooperación Técnica – Unidad de Comercialización, denominado “Declaración Jurada Anual de permanencia en el giro”. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina de Desarrollo Económico y Cooperación Técnica consolidar la reducción de tasas y la simplifi cación de trámites aprobadas en los artículos precedentes y proponer el reordenamiento de los procedimientos correspondientes a la Ofi cina de Desarrollo Económico y Cooperación Técnica – Unidad de Comercialización, para su actualización general y adecuación al formato aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2009-PCM. Artículo 4°.- Disponer la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista (www.munibellavista. gob.pe) y en el portal institucional del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Artículo 5°.- Encargar a la Dirección de Desarrollo Económico y Cooperación Técnica, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Ofi cina de Administración y Finanzas, la Dirección de Administración Tributaria y Rentas, a través de sus Unidades el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Regístrese y comuníquese. JUAN SOTOMAYOR GARCÍA Alcalde 537678-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CORRALES Aprueban Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 012-2010-MDC-ALC Corrales 19 de agosto del 2010 POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Corrales, en Sesión Ordinaria Nº 092 de fecha, 19 de agosto del 2010, CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitución Política, establece que las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas, las cuales se materializan a través de Ordenanzas Municipales que tiene rango de Ley. Que, el inciso 3) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece como atribución del concejo el aprobar el régimen de Organización Interior y Funcionamiento del Gobierno Local, señalando en su artículo 26º que la administración Municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de Programación, Dirección, Ejecución, Supervisión, Control Concurrente y Posterior. Que, la propuesta de modifi cación del cuadro para asignación de Personal –CAP de la Municipalidad Distrital de Corrales, se ajusta a los lineamientos de política de la actual gestión municipal concordante con la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 28175, y Ley Marco de Modernización de la Gestión del estado – Ley Nº 27658; por lo que corresponde adecuar el CAP. Municipal, a las necesidades del servicio y a los nuevos retos asumidos, como en el caso de la Municipalización de la Educación en el Distrito de Corrales. Que, el Concejo Municipal Distrital de Corrales como Gobierno Local es el responsable de las políticas que favorezcan el desarrollo de la población de su jurisdicción debiendo, en consecuencia, promulgar las normas y reglamentos para facilitar su cumplimiento. Por lo anteriormente expuesto, y de conformidad con el Art.9º Numeral 8) y Artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 con el Voto unánime del Pleno del Concejo, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprueba la siguiente: Ha aprobado la siguiente Ordenanza Municipal: