NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (02/09/2010)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 63
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de setiembre de 2010 424901 aprobada por Resolución N° 033-90-VC-9200, donde “F” corresponde al mes efectivo de pago de la valorización. Artículo 3°.- Los Factores de Liquidación “F” de la presente Resolución, se aplicarán exclusivamente a las valorizaciones pagadas y no afectadas por un Factor de Liquidación “F” anterior. Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 537967-1 Aprueban Factores de Liquidación “V” para el cálculo de la compensación vacacional de los trabajadores de Construcción Civil para las seis Áreas Geográficas, correspondiente a los meses comprendidos desde junio de 2009 hasta mayo de 2010 RESOLUCIÓN JEFAURAL Nº 232-2010-INEI Lima, 1 de setiembre de 2010 Visto, el Ofi cio Nº 183-2010-INEI/DTIE, de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, con el cual remite copia del Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2010-2011, Expediente Nº 48500- 2010-MTPE/2/12.210. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18 de noviembre de 1992, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción (CREPCO); Que, la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, mediante Resolución Jefatural N° 022-94 INEI de fecha 18 de enero de 1994, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), creó el Factor de Liquidación “V” y aprobó la fórmula de cálculo del reintegro por concepto de pago de compensación vacacional; disponiendo que el INEI publicará el Factor de Liquidación “V” cada vez que se produzca una variación en los jornales de Construcción Civil que afecte el monto de la compensación vacacional; Que, como conclusión de la Convención Colectiva de Trabajo por Rama de Actividad, con fecha 20 de julio de 2010, se ha suscrito el Acta Final de Negociación Colectiva en Construcción Civil 2010-2011, registrada con el número 114-2010-MTPE/2/12.210, el 23 de julio de 2010 por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en la cual, como negociación de trato directo del pliego de reclamos, se acordó entre otros, otorgar incrementos diarios sobre el jornal básico de los trabajadores de Construcción Civil, a partir del 1º de junio del 2010, una vez que el INEI fi je los índices correspondientes; Que, habiéndose producido variación en los jornales de Construcción Civil, es necesario fi jar el Factor de Liquidación “V” correspondiente a los meses comprendidos desde junio de 2009 hasta mayo de 2010; toda vez que, según el informe Nº 01-08-2010-INEI/DTIE, se cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la Aprobación de los Índices Unifi cados de Precios de la Construcción del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Con las opiniones favorables de la Sub Jefatura de Estadística y de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y la visación de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto Legislativo N° 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar los Factores de Liquidación “V” para el cálculo de la compensación vacacional de los trabajadores de Construcción Civil para las seis (06) Áreas Geográfi cas, correspondiente a los meses comprendidos desde junio de 2009 hasta mayo de 2010, derivados de la variación de los jornales de la mano de obra producida a partir del mes de junio del 2010, en la forma siguiente: MES / AÑO FACTOR DE LIQUIDACIÓN “V” JUNIO 2009 - MAYO 2010 Junio 2009 0,69 Julio 2009 0,69 Agosto 2009 0,69 Setiembre 2009 0,69 Octubre 2009 0,69 Noviembre 2009 0,69 Diciembre 2009 0,69 Enero 2010 0,69 Febrero 2010 0,69 Marzo 2010 0,69 Abril 2010 0,69 Mayo 2010 0,69 Artículo 2°.- Los Factores de Liquidación “V” precisados en el artículo precedente, se aplicarán según la fórmula aprobada por Resolución Jefatural N° 022-94 INEI, donde “V” corresponde al mes efectivo de pago de la valorización. Artículo 3°.- Los Factores de Liquidación “V” de la presente Resolución, se aplicarán exclusivamente a las valorizaciones pagadas y no afectadas por un Factor de Liquidación “V” anterior. Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 537967-2 Índices Unificados de Precios de la Construcción para las seis Áreas Geográficas correspondientes al mes de agosto de 2010 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 233-2010-INEI Lima, 1 de setiembre del 2010 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposición Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivación y disolución al Consejo de Reajuste de Precios de la Construcción (CREPCO); Que, asimismo la Undécima Disposición Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) las funciones de elaboración de los Índices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicación de aquellos Índices que a la fecha cuentan con la información requerida; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos ha elaborado el Informe Nº 01-08-2010/DTIE, referido a los Índices Unifi cados de Precios de la Construcción, para las seis (6) Áreas Geográfi cas, correspondientes al mes de agosto de 2010, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comisión Técnica para la aprobación de los Índices Unifi cados de Precios de la Construcción (IUPC); En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”.