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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (02/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 67

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 2 de setiembre de 2010 424905 Que, en virtud a lo expuesto, mediante Ofi cio Nº 1431-2010/ MP/FN/PJFS/DJLS, de 30 de abril de 2010, el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito judicial de Lima Sur eleva el Informe Nº 08-2010/MP7FN/PJFS/DJLS, por el cual hace de conocimiento que resulta conveniente el cambio de denominación de la Fiscalía Superior Mixta del distrito judicial de Lima Sur por la de Fiscalía Superior Civil y de Familia, en virtud a la especialización de las Fiscalías Provinciales del distrito judicial de Lima Sur, considerando, además, que la Fiscalía Superior Mixta de Lima Sur, a la fecha, viene tramitando sólo causas en materia civil y de familia. Que la Fiscal de la Nación como Titular del Ministerio Público tiene la función de planear, organizar, dirigir y normar la administración de justicia del Ministerio Público. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car la denominación de la Fiscalía Superior Mixta del distrito judicial de Lima Sur, en Fiscalía Superior Civil y de Familia del distrito judicial de Lima Sur. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del distrito judicial de Lima Sur, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y Fiscalía Superior Mixta del distrito judicial de Lima Sur; para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO WILFREDO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal Supremo Titular Encargado del Despacho de la Fiscalía de la Nación 537900-2 UNIVERSIDADES Exoneran de proceso de selección a empresa que se encargará de ejecutar obra para mejoramiento del Sistema de Información y Comunicaciones en la UNDAC - Región Pasco UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRIÓN RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO N° 0723-2010-UNDAC-C.U. Cerro de Pasco, 27 de agosto de 2010. VISTO: El Ofi cio N° 268-2010-DGIE/UNDAC de la Dirección de la Ofi cina General de Informática y Estadística mediante el cual remite el informe técnico relacionado a la implementación y acondicionamiento del ambiente para Mejoramiento del Sistema de Informática y de Comunicaciones en la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión – Región Pasco por riesgo de colapso del sistema informático (Data Center) de la UNDAC y el Ofi cio N° 0562-2010-DGOAJ/UNDAC de la Dirección General de Asesoría Jurídica conteniendo el informe técnico legal. CONSIDERANDO: Que, el artículo 31º del Estatuto Universitario vigente, establece la autonomía inherente a la UNDAC, se ejerce de conformidad con la Constitución Política del Estado y la Ley Universitaria, sus atribuciones son: en lo académico, normativo, gobernativo, administrativo y económico; Que, de acuerdo al Art. 22° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 1017, se considera desabastecimiento a aquella situación inminente, extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta a la Entidad a la contratación de los bienes, servicios y obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación; Que, el Ofi cio N° 268-2010-DGIE/UNDAC de la Dirección de la Ofi cina General de Informática y Estadística permite establecer que se ha confi gurado aquella situación de desabastecimiento en la Dirección General de Informática y Estadística por cuanto adolece de un Data Center en óptimas condiciones, pues en la actualidad está integrado por servidores que además de estar “a punto de colapsar” no cuentan con “licencias vigentes de software, antivirus y programas de aplicación” ni con “accesorios para la instalación de los servidores de datos”, con “redes de datos no saturados”, ni con “red eléctrica segura y operativa”, entre otros; lo cual imposibilita que se ingrese al sistema académico para digitar las notas del primer semestre 2010 ni permite que se cuente con el soporte técnico adecuado para más de 500 computadoras ni el acceso a Internet sin perturbaciones; Que, si bien el Plan Anual de Contrataciones aprobado por Resolución de Consejo Universitario N° 0026-2010- UNDAC-C.U., de fecha 22 de enero de 2010, ha previsto el acondicionamiento del Data Center y de otros rubros dentro del Proyecto de Mejoramiento del Sistema de Informática y Comunicaciones en la UNDAC – Región Pasco por un monto de S/. 1´497,247.00 la inminencia de la situación de desabastecimiento antes descrito obliga que únicamente algunas adquisiciones de ese proyecto, las más relevantes, sean considerandos para superar el desabastecimiento; lo que conllevó a su vez que el Plan Anual de Contrataciones haya sido modifi cado con el fi n que la situación de desabastecimiento de la implementación y acondicionamiento del ambiente para mejoramiento del sistema de informática y comunicaciones en la UNDAC – Región Pasco, cuyo costo de acuerdo al proyecto señalado responden a S/. 430,964.00 con la fuente de fi nanciamiento: Donaciones y Transferencias, puedan ser implementados; Que, con opinión legal según el Ofi cio N° 0562-2010- DGOAJ/UNDAC, de fecha 20 de julio de 2010 la Dirección de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el artículo 32°, inciso k) de la Ley Universitaria N° 23733, el artículo 136°, inciso b.b) del Estatuto Universitario y estando a lo acordado por el Consejo Universitario en sesión ordinaria N° 09-2010 de fecha 26 de agosto de 2010; y, El señor Rector en uso de las facultades que le confi ere la ley. RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar el Desabastecimiento Inminente de la Implementación y Acondicionamiento del Ambiente para Mejoramiento del Sistema de Informática y Comunicaciones en la UNDAC – Región Pasco. Articulo Segundo.- Aprobar la exoneración del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva a la empresa que se encargará de ejecutar la obra para la Implementación y Acondicionamiento del Ambiente para Mejoramiento del Sistema de Informática y Comunicaciones en la UNDAC – Región Pasco, por un monto S/. 430,964.00 Nuevos Soles a todo costo, cuyo gasto se afectará a la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias. Artículo Tercero.- Autorizar a la Dirección de la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión efectuar los procedimientos conforme establece el Art. 20° de la Ley de Contrataciones del Estado y el respectivo Reglamento. Articulo Cuarto.- Encargar a la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la UNDAC la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, asimismo; remita la resolución de exoneración dentro de los diez (10) hábiles siguientes a su emisión, en concordancia con el párrafo segundo del Art. 21° de la Ley de Contrataciones del Estado N° 1017. Artículo Quinto.- Dispóngase el inicio de las medidas para determinar la responsabilidad administrativa, civil y penal a los responsables de las conductas que hubiesen originado la confi guración de la causal de desabastecimiento. Articulo Sexto.- Remitir la presente resolución y los informes que la institución implementa al SEACE, Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, Órgano de Control Institucional y demás dependencias de acuerdo a ley para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y archívese. SANTOS S. BLANCO MUÑOZ Rector MARCELINO E. HUAMÁN PANEZ Secretario General 537316-1