Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2010 (08/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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personalisimos para la "IMPLEMENTACION Y ADMINISTRACION DE LA UBAP DE ESSALUD EN EL DISTRITO DE MORDAZA MARIA. PERIODO 2010-2011" con la empresa RED SALUD SA. Articulo Segundo.- ENCARGASE a la Gerencia de Administracion, a traves de la Sub Gerencia de Logistica, la ejecucion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion por causal de servicios personalisimos para la "Implementacion y Administracion de la UBAP de ESSALUD en el distrito de MORDAZA MORDAZA, Periodo 20102011" con la empresa RED SALUD SA, hasta por un monto de S/. 4'478,250.00 (Cuatro millones cuatrocientos setentiocho mil, doscientos cincuenta y 00/100 Nuevos Soles), de acuerdo a lo establecido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, el cual sera financiado con la fuente de financiamiento 09 Recursos Directamente Recaudados. Articulo Tercero.- ENCARGASE a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles de adoptado el presente Acuerdo, y a la Gerencia Municipal remitir a la Contraloria General de la Republica y al Organismo Superior de Contrataciones del Estado, MORDAZA del Acuerdo y del Informe Tecnico Legal, que dio origen al presente instrumento, dentro del plazo de Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 539797-1

lineamientos sobre colocacion de anuncios publicitarios y asimismo actualizarla conforme a las normas sobre la materia, emitidas con posterioridad por los organos competentes; En ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, ha expedido la siguiente; ORDENANZA Articulo Primero.- MODIFIQUESE el ultimo parrafo del articulo 3º, y el Articulo 11º y 12º de la Ordenanza Nº 270-MDMM publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 08 de MORDAZA del 2006, modificada posteriormente por la Ordenanza Nº 283-MDMM publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 21 de octubre del 2006, debiendo quedar redactados de la siguiente manera: "Articulo 3. ........ Sin perjuicio de las definiciones establecidas en el presente articulo son aplicables supletoriamente las definiciones y clasificaciones de la Ordenanza Nº 1094MML de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, siempre que no entren en contradiccion con las disposiciones de la presente Ordenanza." "Articulo 11º.- La autoridad municipal debera expedir la respectiva autorizacion de elementos de publicidad exterior dentro de un plazo no mayor a 15 dias habiles, contados a partir de la fecha de MORDAZA de total de los documentos y el cumplimiento de los requisitos exigidos. En el caso que la autoridad municipal no resuelva dentro del plazo MORDAZA senalado, se entendera por aceptada su solicitud de acuerdo a las disposiciones que rigen al silencio administrativo positivo, sin perjuicio de la fiscalizacion posterior efectuada por esta Municipalidad. La sola MORDAZA de la solicitud y sus requisitos no autoriza al interesado a instalar el elemento de publicidad exterior en tanto no obtenga la autorizacion expresa emitida por la autoridad municipal u opere el silencio administrativo positivo a solicitud del administrado una vez vencido el plazo para expedir la respectiva autorizacion de elementos de publicidad exterior, conforme a las disposiciones de la presente Ordenanza." "Articulo 12°.- Las autorizaciones de elementos de publicidad exterior en bienes de propiedad privada, tendran vigencia indeterminada en tanto se mantengan en el tiempo las condiciones que fueron evaluadas al momento de ser otorgadas, dichas condiciones deben estar relacionadas con las caracteristicas fisicas del elemento que contiene los anuncios publicitarios en relacion con el espacio fisico y uso del suelo, mas no en relacion al contenido del anuncio, caso contrario caducaran de pleno derecho y los elementos seran retirados de manera inmediata por la autoridad municipal, con excepcion de las autorizaciones de banderolas cuyo plazo de vigencia es de un (01) mes renovable por un mes adicional." Articulo Segundo.- MODIFIQUESE el item 8.05 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente de esta Municipalidad, debiendo reemplazarse por el procedimiento detallado en el anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Unica.- Los Procedimientos de autorizacion de instalacion y/o exhibicion de elementos de publicidad exterior en bienes de propiedad privada que se encuentren en tramite al momento de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, deberan adecuarse a lo regulado en la misma.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 270-MDMM modificada mediante la Ordenanza Nº 283-MDMM, que regula aspectos administrativos relativos a la intalacion y/o exhibicion de publicidad exterior en el distrito
ORDENANZA N° 435-MDMM MORDAZA MORDAZA, 27 de agosto de 2010 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE MORDAZA DEL MAR; POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion de Concejo Ordinaria Nº 016 de la fecha; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 270-MDMM publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 08 de MORDAZA del 2006 se regularon aspectos administrativos relativos a la instalacion y/o exhibicion de elementos de publicidad exterior en el distrito. Dicha Ordenanza fue modificada posteriormente por la Ordenanza Nº 283-MDMM publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 21 de octubre del 2006; Que, resulta conveniente modificar la Ordenanza Nº 270-MDMM MORDAZA citada, a fin de adecuarla a los lineamientos de la Resolucion Nº 0148-2008/ CEB-INDECOPI mediante el cual se aprobaron

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