NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (08/09/2010)
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TEXTO PAGINA: 59
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de setiembre de 2010 425341 Que, según se desprende del Informe Técnico Legal Nº 022-2010-GRA-OOT, y los Informes Nº 463 y 464- 2010-GRA/OOT emitidos por la Ofi cina de Ordenamiento Territorial, se tiene que se ha seguido el procedimiento establecido en la mencionada Directiva y que se cuenta con los requisitos exigidos en la norma legal. Que, en virtud de lo señalado y de la documentación alcanzada, es procedente que el Gobierno Regional de Arequipa, emita la resolución correspondiente a fi n de que se inscriba en primera de dominio a favor del Estado un terreno eriazo de 76.761.42 M2. ubicado en el sector Pampa La Aguada, a la altura del Km. 615.5 de la Carretera Panamericana Sur, distrito de Chala, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa. Que, de conformidad con lo establecido en las Directivas Nº 001-2002/SBN y 003-2004-SBN, la presente resolución es visada por el Abog. Luis Octavio Franco Fernández y el Arq. Percy Matos Begazo, funcionarios del Gobierno Regional que suscribieron el informe técnico legal del presente procedimiento. Con Informe Nº 653-2010-GRA/ORAJ emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867, Ley N° 27444, Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 337-2007-GRA/PR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domino a favor del Estado de un terreno eriazo de 76.761.42 M2. ubicado en el sector Pampa La Aguada, a la altura del Km. 615.5 de la Carretera Panamericana Sur, distrito de Chala, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, conforme a los documentos técnicos que sustentan la presente resolución y que son parte integrante de la misma. Artículo 2º.- Disponer que la presente resolución sea publicada por única vez en el Diario Ofi cial El Peruano y, un extracto, en el diario de mayor circulación en la Región. Artículo 3º.- La Oficina Regional de Planeamiento Presupuesto y Ordenamientos Territorial del Gobierno Regional de Arequipa, solicitará a la Zona Registral Nº XII Sede Arequipa, de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, realice la inscripción en primera de dominio a favor del Estado Peruano del terreno descrito en el artículo primero de la presente resolución. Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa, a los veintitrés (23) días del mes de Agosto del Dos Mil Diez. Registrese y comuniquese BERLY JOSE GONZÁLES ARIAS Gerente General Regional 539671-4 GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES Aprueban el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF 2010, de la Dirección Regional de Agricultura ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2010-GOB.REG. TUMBES- CR Tumbes, 11 de mayo del 2010 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes, en Sesión Ordinaria de Consejo Nº 06 de fecha 11 de Junio del 2010, se aprobó mediante Acuerdo de Consejo Nº 041-2010/GOB.REG.TUMES-CR-CD, la Ordenanza Regional que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Agricultura CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Estado de 1993, modifi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su artículo 192° inciso 1) dispone que los gobiernos regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 modifi cada por la Ley N° 27902, establece en su Artículo 38° que las Ordenanzas Regionales norman la organización del Gobierno Regional; Que, el artículo 35° de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, que norma el desarrollo institucional, preceptúa que es competencia exclusiva de los Gobiernos Regionales: (…) c) Aprobar su organización interna; Que, el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, defi ne al Reglamento de Organización y Funciones –ROF-, como un documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la entidad, así como las funciones específi cas de los órganos y unidades orgánicas, estableciendo sus relaciones y responsabilidades; Que, el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF y establece los requisitos mínimos para su elaboración; Que, el Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Dirección Regional Agraria Tumbes, fue aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 1119-2003/ GOB.REG.TUMBES-P; Que, el nuevo Reglamento de Organización y Funciones – ROF, de la Dirección Regional Agraria Tumbes, ha sido elaborado en el marco de las transferencias realizadas por el Ministerio de Agricultura y en concordancia con el Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la “Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura” y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado con Decreto Supremo N° 031- 2008-AG y demás normas complementarias del sector, asímismo, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, modifi cada por Ley N° 27950; Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada con Ley N° 27902; Decreto Supremo N° 043-2006-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Tumbes, aprobado con Ordenanza Regional N° 020-2008/ CONSEJO REGIONAL, del 19 de noviembre del 2008; Que, de conformidad con el Decreto Supremo N° 043-2006-PCM y de acuerdo a lo estipulado por el Art. 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitución Política del Estado, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modifi cada por la Ley Nº 27902 y demás normas; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento de Organización y Funciones -ROF- 2010, de la Dirección Regional de Agricultura, que consta de VI Títulos, V Capítulos, 60 Artículos, 06 Disposiciones Complementarias y Finales y 01 Organigrama Estructural, que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DEROGAR, toda norma regional que se oponga a la presente Ordenanza Regional.