Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (14/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 14 de setiembre de 2010 425732 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan transferencia de partidas a favor del Pliego Municipalidad Distrital de Barranco en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 DECRETO SUPREMO Nº 194-2010-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 12º de la Ley Nº 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, establece que los ingresos provenientes de la recaudación del mencionado impuesto, luego de deducido el porcentaje que conforme a Ley corresponda a la SUNAT, serán transferidos al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, para que los utilice a través de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU y el Plan COPESCO Nacional (antes, Proyecto Especial Plan COPESCO), exclusivamente en el desarrollo de las actividades y proyectos a que se refi ere el artículo 1º de dicha Ley, de acuerdo al Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional; Que, el numeral 3.1 del artículo 3º del Reglamento de la citada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2003- MINCETUR, modifi cado por Decreto Supremo Nº 006- 2006-MINCETUR, dispone que el Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, es un patrimonio bajo la administración y gestión del MINCETUR, para fi nanciar exclusivamente las actividades y proyectos destinados al desarrollo del turismo nacional, contenidos en el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional aprobado por dicho Ministerio; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 054-2010- MINCETUR/DM, de fecha 19 de marzo de 2010, se aprobó el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el año 2010, el cual incluye, entre otros, el proyecto de inversión turística: “Construcción de Pistas y Veredas en el Malecón de la Costa Verde Distrito de Barranco, Lima”, a ser fi nanciado con recursos provenientes del Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional; Que, dicho proyecto cuenta con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública; asimismo, es parte de la reprogramación del presupuesto aprobado del MINCETUR, para proyectos de inversión en ejecución, para el presente año, autorizada mediante el numeral 2.4 del artículo 2° del Decreto de Urgencia N° 060-2010, habiendo quedado exonerado dicho Ministerio de los límites de gasto fi scales vigentes a la fecha de emisión del citado dispositivo; Que, por razones de operatividad y en armonía con la política de fortalecimiento de las capacidades de los Gobiernos Locales, el Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo estima conveniente transferir recursos de la Unidad Ejecutora 004 Plan COPESCO Nacional, a favor de la Municipalidad Distrital de Barranco, que estará a cargo de la ejecución del referido proyecto, con la cual el MINCETUR ha suscrito el respectivo convenio de ejecución; Que, conforme al artículo 14º de la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, excepcionalmente, en el Año Fiscal 2010, los recursos públicos asignados en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los Gobiernos Locales, se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante decreto supremo refrendado por el Ministro del Sector correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio; Que, el artículo 14° referido en el considerando anterior dispone, asimismo, que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión pública deben contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP); que dichas transferencias se autorizan hasta el tercer trimestre del Año Fiscal 2010; y que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verifi cación y seguimiento del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; De conformidad con lo establecido por el artículo 14º de la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, hasta por la suma de CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 443 368,00), para fi nanciar la ejecución del proyecto “Construcción de Pistas y Veredas en el Malecón de la Costa Verde Distrito de Barranco, Lima”, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 035 : Ministerio de Comercio Exterior y Turismo UNIDAD EJECUTORA 004 : Plan COPESCO Nacional FUNCION 09 : Turismo PROGRAMA FUNCIONAL 022 : Turismo SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0045 : Promoción del Turismo PROYECTO 2.117129 : Construcción de Pistas y Veredas en el Malecón de la Costa Verde Distrito de Barranco, Lima FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios Gastos de Capital 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 5 443 368,00 ========== TOTAL EGRESOS 5 443 368,00 ========== A LA: En Nuevos Soles SECCION SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGO 150104 : Municipalidad Distrital de Barranco FUNCION 09 : Turismo PROGRAMA FUNCIONAL 022 : Turismo SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0045 : Promoción del Turismo PROYECTO 2.117129 : Construcción de Pistas y Veredas en el Malecón de la Costa Verde Distrito de Barranco, Lima FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios Gastos de Capital 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 5 443 368,00 ========== TOTAL EGRESOS 5 443 368,00 ========== Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1. Los Titulares del Pliego habilitador y del Pliego habilitado, considerados en la presente Transferencia de Partidas, aprobarán mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º del presente Decreto Supremo, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de su vigencia. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de expedida, a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2. La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego habilitado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se