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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (14/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 14 de setiembre de 2010 425734 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 4 : Donaciones y Transferencias GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 152 250,00 ============ TOTAL EGRESOS 2 275 961,00 ============ Artículo 2º.-Procedimiento para la aprobación institucional. 2.1. Los Titulares del Pliego habilitador y del Pliego habilitado, considerados en la presente Transferencia de Partidas, aprobarán mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º del presente Decreto Supremo, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de su vigencia. Copia de dicha Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de expedida, a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2. La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingreso, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. 2.3. La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1º del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Información El Pliego habilitado informará al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución del proyecto a su cargo, para que éste realice el monitoreo correspondiente de acuerdo al artículo 14° de la Ley N 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo y por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de septiembre del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo MERCEDES ARÁOZ FERNANDEZ Ministra de Economía y Finanzas 543112-2 INTERIOR Autorizan viaje de oficial de la PNP a Hong Kong - China, para participar en la “1ª Conferencia de INTERPOL sobre Seguridad de la Información” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 078-2010-IN Lima, 13 de septiembre de 2010 VISTO, la Hoja de Estudio y Opinión N° 307-2010- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 19 de agosto de 2010, formulada por el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, con la cual se recomendó la autorización de viaje al extranjero en comisión del servicio del Coronel de la Policía Nacional del Perú Manuel Humberto MALAVER HUAMÁN, Director Ejecutivo de la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, para participar en la “1ª Conferencia de INTERPOL sobre Seguridad de la Información”, del 15 al 17 de setiembre de 2010, en la ciudad de Hong Kong - China. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta N° 2010-180LC/CONF/INFOSEC/ IS/ISIR/VDir del 23 de junio de 2010, el señor Ronald K. NOBLE, Secretario General de !a INTERPOL, cursó invitación a los Jefes de las Ofi cinas Centrales Nacionales INTERPOL, para participar en la “1ª Conferencia de INTERPOL sobre Seguridad de la Información”, del 15 al 17 de setiembre de 2010, en la ciudad de Hong Kong - China; con el objeto de reunir a expertos de las Ofi cinas Centrales Nacionales (OCN) de INTERPOL, así como de otros organismos encargados de la aplicación de la ley, organizaciones internacionales, regionales y empresas privadas encargadas de la seguridad de la información; Que, con Memorándum N° 778-2010-DIRGEN-PNP/ EMP-OCNI del 23 de agosto de 2010, el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de la Resolución Suprema de viaje al extranjero del Coronel de la Policía Nacional del Perú Manuel Humberto MALAVER HUAMÁN, Director Ejecutivo de la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, para participar en la “1ª Conferencia de INTERPOL sobre Seguridad de la Información”, del 15 al 17 de setiembre de 2010, en la ciudad de Hong Kong - China; Que, con Ofi cio N° 1154-2010-DIRECFIN PNP/DIVPRE. del 02 de setiembre del 2010, la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, remitió a la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, la Certifi cación de Crédito Presupuestario N° 569- 2010-DIRECFIN-PNP/DIVPRE del 2 de setiembre de 2010, estableciendo que efectuado los cálculos se atenderá lo solicitado con las Específi cas del Gasto 2.3.21.12 Viáticos y Asignaciones y 2.3.21.11 Pasajes y Gastos de Transporte, fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios por la suma ascendente a US$ 3,859.00 (Tres Mil Ochocientos Cincuenta y Nueve con 00/100 Dólares Americanos), por comisión del servicio a la ciudad de Hong Kong -China, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Manuel Humberto MALAVER HUAMÁN, Director Ejecutivo de la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, para participar en la “1ª Conferencia de INTERPOL sobre Seguridad de la Información”; Que, el artículo 2° del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y establece que la Resolución de Autorización de Viajes al Exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto (TUA); Que, el inciso 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 29465 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, referido a las medidas en materia de bienes y servicios prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autónomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley N° 28212, Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y dicta otras medidas y modifi catoria, siendo que todos los viajes se realizan en categoría económica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; en ese sentido resulta viable autorizar el viaje propuesto mediante el documento del visto; y,