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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2010 (25/09/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 23

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de setiembre de 2010 426305 Que, mediante Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION Nº 320-01-2009, se aprueba el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la entrega en concesión del Nuevo Terminal Portuario de Yurimaguas - Nueva Reforma; Que, con Decreto Supremo Nº 010-2010-MTC, se aprueba la modifi cación del Plan Nacional de Desarrollo Portuario, incorporando en el numeral 4.2.1.1, el inciso c) correspondiente al área de desarrollo portuario ubicada en la Localidad de Nueva Reforma, distrito de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto según las coordenadas descritas en el Anexo que forma parte integrante del mencionado Decreto Supremo; Que, el Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, en la Sesión Nº 168 celebrada el 09 de febrero de 2010, adoptó el Acuerdo Nº 791-168-09/02/2010/D, que aprueba el área de concesión del nuevo Terminal Portuario de Yurimaguas, de acuerdo a las coordenadas que se describen en el citado Acuerdo; Que, mediante el artículo 1 de la Ley Nº 29339, Ley que declara de necesidad pública la expropiación de inmuebles necesarios para la ejecución de proyectos de inversión que se realicen durante el Bienio 2009-2010, que en la fecha de publicación de la citada ley, se encuentren determinados en el Decreto de Urgencia Nº 047-2008 y en el Decreto de Urgencia Nº 010-2009, que declara de necesidad nacional y ejecución prioritaria diversos proyectos de inversión pública en el contexto de la crisis fi nanciera internacional; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 121-2009 se declara de necesidad nacional y de ejecución prioritaria en el año 2010, por parte de PROINVERSION, la promoción de la inversión privada de diversos proyectos, asociaciones público privadas y concesiones, entre otras, del Puerto de Yurimaguas; y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2010 los alcances de las medidas dispuestas por el Decreto de Urgencia Nº 047-2008, así como lo establecido en la Ley Nº 29339; Que, mediante Ofi cios Nº 361-2009/JP-PUE- DAT/PROINVERSION y Nº 406-2009/JP-PUE/DAT/ PROINVERSION, PROINVERSION, remite los Informes de Diagnóstico Físico Legal y de Estrategias de Saneamiento respectivamente, determinando como inmueble materia de expropiación para el Terminal Portuario de Yurimaguas el predio rústico denominado “Paraíso” ubicado en el sector del caserío Santa Rosa, distrito de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto, inscrito en el Tomo 5 Folio 205, Asiento 2 que continúa en la Partida Electrónica Nº 04000394 del Registro de Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral de Alto Amazonas, de la Zona Registral Nº IV. Sede Iquitos, de propiedad del señor Neptalí Tarrillo Terrones y la señora Casilda Bustamante de Tarrillo; cuya área materia de interés para la expropiación es de 202,033.32 m2., de acuerdo al Certifi cado de Búsqueda Catastral emitido por la Zona Registral Nº IV, Yurimaguas de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, de fecha 03 de junio de 2010; Que, mediante Memorándum Nº 0937-2010-MTC/10.05 y el Informe Nº 036-2010-MTC/10.05.SDAB, se considera procedente la expedición de una Resolución Suprema en la que se autorice al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la ejecución de la expropiación del predio rústico cuya área materia de expropiación se determinó mediante Resolución Ministerial Nº 270-2010-MTC/02, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 16 de junio de 2010, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley Nº 29339, y en concordancia con lo dispuesto en el literal b) del artículo 7 de la Ley Nº 27117 – Ley General de Expropiaciones; Que, con Memorándum Nº 0938-2010-MTC/10.05, la Ofi cina General de Administración, manifi esta su conformidad al proyecto de Resolución Suprema que autoriza la ejecución de la expropiación del predio rústico destinado a la concesión del Terminal Portuario de Yurimaguas; Que, la Dirección General de Transporte Acuático a través del Informe Nº 449-2010-MTC/13, y la Dirección General de Concesiones en Transportes, mediante Memorándum Nº 1938-2010-MTC/25 e Informe Nº 321- 2010-MTC/25, han opinado que se continúe con la tramitación del referido proyecto resolutivo; Que, mediante Memorándum Nº 1421-2010- MTC/09.03, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, señala que se ha efectuado una modifi cación presupuestal a fi n de habilitar los recursos presupuestales sufi cientes para el proceso expropiatorio del predio rústico destinado a la concesión del Terminal Portuario de Yurimaguas; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 70 de la Constitución Política del Perú, y las Leyes Nos. 27117, 29171, 29339 y los Decretos de Urgencia Nos. 047- 2008, 010-2009 y 121-2009; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la ejecución de la expropiación Autorizar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la expropiación del predio rústico de 202,033.32 m2 determinado en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo señalado en la Ley Nº 27117 – Ley General de Expropiaciones. Artículo 2.- Sujeto Activo y Pasivo de la expropiación El sujeto activo de la presente expropiación es el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Los sujetos pasivos de la expropiación son aquellos que se encuentran señalados en el Anexo referido en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado en la Ley Nº 27117 – Ley General de Expropiaciones. Artículo 3.- Pago de indemnización justipreciada El cálculo de la indemnización justipreciada y el pago correspondiente, se efectuará con cargo a los recursos presupuestales del Pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 4.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO Ubicación Predio : “Paraíso” Caserío Santa Rosa Departamento : Loreto. Provincia : Alto Amazonas. Distrito : Yurimaguas Propietario Neptalí Tarrillo Terrones y Casilda Bustamante de Tarrillo Inscripción del dominio Zona Registral Nº IV – Ofi cina Yurimaguas Tomo 5. Folio 205, Asiento 2 y su continuación en la Partida Electrónica Nº 04000394 Linderos y medidas perimétricas Por el Norte: Con la ribera del Rio Huallaga con una línea quebrada de 02 tramos: A-B= 410.02ml., B-C= 173.52 ml. Por el Este: Con el Predio Rústico Paraíso con una línea recta: C- D=332.51ml. Por el Sur: Con el Predio Rústico Paraíso con una línea recta: D- E=581.71ml. Por el Oeste: Con el Predio Rústico Paraíso con una línea recta: E-A=372.60ml. Cargas y Gravámenes Según Certifi cado Registral Inmobiliario de fecha 08 de abril de 2010, el predio inscrito en la Partida Registral Nº 04000394 de la Ofi cina Registral de Yurimaguas, cuenta con una hipoteca a favor del Gobierno Regional de Loreto, inscrita en el Asiento D00001 de la referida Partida. Certifi cado de Búsqueda Catastral De acuerdo al Certifi cado de Búsqueda Catastral emitido por la Zona Registral Nº IV, Yurimaguas de fecha 03 de junio de 2010, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos –SUNARP, el área de 202,033.32 m2 se superpone con el predio de mayor extensión denominado “Paraiso” inscrito en la partida 04000394 Área inscrita 101. 5770 Ha Área a expropiar 202,033.32 m2. Perímetro 1,870.36 ml. Valuación comercial S/. 370 135.69 (trescientos setenta mil ciento treinta y cinco con 69/100 nuevos soles) o US $ 128, 967.14 (ciento veintiocho mil novecientos sesenta y siete y 14/100 dólares), según Informe Técnico de valuación comercial de la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento del 06 /07/2010