Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2011 (29/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de MORDAZA de 2011

Agrarios, solicita la modificacion del articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 0647-2008-AG; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 06472008-AG, se constituyo el Grupo de Trabajo Tecnico de Seguridad Alimentaria y Cambio Climatico del Ministerio de Agricultura, encargado de proponer la vision sectorial del cambio climatico en los sistemas productivos agrarios del MORDAZA y recomendar medidas que orienten procesos y acciones institucionales y la articulacion intersectorial para la adaptacion al cambio climatico mediante la reduccion de la vulnerabilidad del agro, con la finalidad de contribuir con la seguridad agroalimentaria del Peru; Que, el articulo 2º de la citada Resolucion Ministerial, senala que el Grupo de Trabajo Tecnico de Seguridad Alimentaria y Cambio Climatico se encuentra presidido por el Viceministro de Agricultura e integrado, entre otros, por un representante del Despacho Viceministerial del Ministerio de Agricultura, de la Oficina General de Planificacion Agraria, de la Direccion General de Informacion Agraria, del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos - PRONAMACHCS, de la Unidad de Agronegocios y Acceso al MORDAZA del Ministerio de Agricultura, del Instituto Nacional de Recursos Naturales, de la Direccion General de Promocion Agraria, del Instituto Nacional de Innovacion Agraria y el Jefe de la Unidad de Defensa Nacional Que, por Decreto Supremo Nº 014-2008-AG, se aprobo la fusion en el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL que tendra la calidad de entidad absorbente, entre otros, del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrograficas y Conservacion de Suelos ­ PRONAMACHCS; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 0302008-AG, se aprobo la fusion del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA en el Ministerio de Agricultura, siendo este ultimo el ente absorbente; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 997 se aprobo la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, la misma que ha modificado la estructura organica del Ministerio de Agricultura, creandose diversos organos de linea y asesoramiento acordes con las funciones asumidas por el Ministerio, cuya participacion no esta prevista en la conformacion del Grupo de Trabajo Tecnico de Seguridad Alimentaria y Cambio Climatico, conforme se aprecia del articulo 8º del Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; Que, siendo asi, conforme al documento del Visto, se hace necesario disponer la modificacion del articulo 2º de la referida Resolucion Ministerial, a fin de establecer la nueva composicion del Grupo de Trabajo Tecnico de Seguridad Alimentaria y Cambio Climatico del Ministerio de Agricultura, teniendo en cuenta la nueva estructura organica del Sector Agricultura asi como las entidades publicas adscritas al Sector, cuya participacion en el mencionado Grupo, no se encontraba prevista; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 0647-2008-AG, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, segun el detalle siguiente: "Articulo 2º.- Conformacion El Grupo Tecnico de Seguridad Alimentaria y Cambio Climatico, estara conformado por los siguientes miembros: - El Viceministro de Agricultura, o su representante; - Un representante de la Autoridad Nacional del Agua - ANA; - Un representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA; - Un representante del Instituto Nacional de Innovacion Agraria ­INIA;

- Un representante del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL; - Un representante del Programa Subsectorial de Irrigaciones ­ PSI; - Un representante del Programa de Compensaciones para la Competitividad ­ AGROIDEAS; - Un representante de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura; - Un representante de la Oficina de Estudios Economicos y Estadisticos del Ministerio de Agricultura; - Un representante de la Direccion General de Competitividad Agraria del Ministerio de Agricultura; - Un representante de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA del Ministerio de Agricultura; - Un representante de la Direccion General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Agricultura; - Un representante de la Direccion General de Infraestructura Hidraulica del Ministerio de Agricultura; y, - Un representante de la Unidad de Defensa Nacional del Ministerio de Agricultura. El Grupo de Trabajo Tecnico de Seguridad Alimentaria y Cambio Climatico, estara presidido por el Viceministro de Agricultura, en tanto que la funcion de Secretaria Tecnica, sera ejercida por el Director General de Asuntos Ambientales Agrarios. Los integrantes del Grupo de Trabajo Tecnico de Seguridad Alimentaria y Cambio Climatico seran designados mediante Resolucion del Titular de la Entidad correspondiente en el plazo de cinco (05) dias habiles, contados a partir de la fecha de la publicacion de la presente Resolucion. De ser el caso, y para el mejor cumplimiento de sus funciones, el Grupo Tecnico de Seguridad Alimentaria y Cambio Climatico podra convocar la participacion y colaboracion de los profesionales de las diferentes dependencias del Sector que se encuentren vinculados con la tematica o las acciones relacionadas con sus actividades, asi como coordinar con las instituciones del sector publico y privado competentes en la materia". Articulo 2°.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 634097-2

CULTURA
Aprueban expedientes tecnicos de diversos monumentos arqueologicos prehispanicos ubicados en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL N° 457-2011-VMPCIC-MC MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nacional N° 1556/INC de fecha 27 de setiembre de 2006, se declaro patrimonio cultural de la Nacion, entre otros, a los sitios arqueologicos Conchasica, Gentil Barroso, Tambos de Llacsatambo, Picotaya, Llacsatambo y Cerro San MORDAZA, ubicados en el distrito de San MORDAZA, provincia de Huarochiri, departamento de Lima; Que, mediante Informe N° 1585-2010-PGPM-SDICDA/DREPH/INC de fecha 05 de agosto de 2010, la Sub Direccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia recomienda aprobar los expedientes tecnicos de los mencionados monumentos arqueologicos prehispanicos; Que, mediante Acuerdo N° 1128 de fecha 09 de setiembre de 2010, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo recomendar a la Direccion Nacional

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