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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (29/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de abril de 2011 441731 de interés social y de necesidad pública la identifi cación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley N° 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público. Asimismo, a través del Decreto Supremo N° 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decretó la fusión en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorción, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo proceso concluyó el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nación, material e inmaterial; Que, el literal a) del Artículo 14° de la Ley N° 29565 señala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, “Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional”; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 057- 2010-MC de fecha 26 de noviembre de 2010, se precisó la autorización otorgada al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante Resolución Ministerial Nº 016-2010-MC del 06 de octubre de 2010, en el sentido de que la misma comprende la tramitación y resolución de todos aquellos procedimientos cuya competencia correspondía a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura y que ahora se encuentran dentro del ámbito de sus funciones, debiendo entenderse incluida la facultad para resolver recursos administrativos; Que, de acuerdo a los considerandos precedentes, corresponde emitir la Resolución Viceministerial que formalice lo acordado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y la Directora de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Ley N° 29565 – Ley de creación del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusión de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura; Resolución Suprema N° 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema N° 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car el Artículo 1° de la Resolución Directoral Nacional N° 024/INC de fecha 12 de enero de 2009, únicamente en el extremo referido a la denominación de los monumentos arqueológicos prehispánicos que se indican en el siguiente cuadro: Dice: Debe decir: Osqonta I Intiwatana 2 y/o Usqunta 1 Osqonta II Intiwatana 3 y/o Usqunta 2 Conoca Orqo 1 Intiwatana 1 y/o Kunukaurqu Artículo 2°.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos cuya ubicación se detalla en los siguientes cuadros: Departamento Ayacucho Provincia Víctor Fajardo y Huanca Sancos Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Mesayuqpata de Aquqasa y/o Wamanilla Huancaraylla y Sacsamarca 587942.6326 8473112.4446 587718.1124 8472744.7302 Departamento Ayacucho Provincia Lucanas Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Qatun Mesapata y/o Mesapata Aucara 589857.3807 8426151.1208 589632.8188 8425783.4626 Qatun Quriwayrachina y/o Quriwayrachina Carmen Salcedo 604814.4370 8396027.6503 604589.8232 8395660.0265 Artículo 3°.- Aprobar los expedientes técnicos (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de los siguientes monumentos arqueológicos prehispánicos de acuerdo a los planos, áreas y perímetros que a continuación se consignan: Nombre del sitio arqueológico N° de Plano en Datum PSAD56 N° de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) Mesayuqpata de Aquqasa y/o Wamanilla PP - 01 PW - 01 15331.00 1.5331 509.14 Intiwatana 1 y/o Kunukaurqu PP - 02 PW – 02 1049.53 0.104953 125.58 Qatun Mesapata y/o Mesapata PP - 03 PW – 03 37561.50 3.75615 877.79 Intiwatana 2 e Intiwatana 3 y/o Usqunta 1 y Usqunta 2 PP - 04 PW – 04 177454.50 17.74545 2155.85 Qatun Quriwayrachina y/o Quriwayrachina PP - 05 PW – 05 6552.50 0.65525 307.65 Artículo 4°.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de la condición de patrimonio cultural de la Nación de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en los Artículos 1° y 2°, y de los planos señalados en el Artículo 3° de la presente resolución. Artículo 5°.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en la presente resolución, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 6°.- Remitir copia fedateada de la presente resolución a los propietarios, a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BERNARDO ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 633149-3 Aprueban expedientes técnicos de monumentos arqueológicos denominados Chiquia y Quinaj o Kenac ubicados en el departamento de Huánuco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 463-2011-VMPCIC-MC Lima, 20 de abril de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 952/INC de fecha 20 de setiembre de 2001, se declaró patrimonio cultural de la Nación y se aprobó los planos de delimitación de, entre otros, los sitios arqueológicos Chiquia y Quinaj o Kenac, ubicados en el distrito de Jesús, provincia de Lauricocha, departamento de Huánuco; Que, mediante Informe N° 1219-2008-SDIC-DA- DREPH/INC de fecha 16 de julio de 2008, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología comunica que se ha procedido a la redelimitación y georeferenciación de los mencionados sitios arqueológicos, y recomienda que sus respectivos