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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2011 (29/04/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de abril de 2011 441742 CONSIDERANDO: Que, con fecha 17 de junio de 2005, se suscribió el Contrato de Concesión de las Obras y el Mantenimiento de los Tramos Viales del Eje Multimodal del Amazonas Norte del “Plan de Acción para la Integración de Infraestructura Regional Sudamericana – IIRSA” (en adelante, el Contrato de Concesión), entre el Estado de la República del Perú, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la empresa Concesionaria IIRSA NORTE S.A.; Que, las partes han acordado suscribir la Quinta Addenda al citado Contrato de Concesión, para efectos de modificar la cláusula 6.39 a fin de considerar una Obra Adicional ascendente a la suma de US$ 53’500,000.00, e incluir la clausula 6.54 al Contrato de Concesión para establecer un mecanismo de pago de la valorización de las Obras Adicionales y Obras Accesorias conforme a lo establecido en el Anexo XI del Contrato de Concesión; Que, para tal efecto, de conformidad con lo previsto en el Contrato de Concesión, se solicitó opinión al Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público OSITRAN y al Ministerio de Economía y Finanzas; Que, con Ofi cio Circular No. 025 -10-SCD-OSITRAN de fecha 26 de julio de 2010, se remite el Acuerdo No. 1288-356-10-CD-OSITRAN de fecha 24 de julio de 2010, mediante el cual el Consejo Directivo de OSITRAN acordó aprobar la Opinión Técnica de OSITRAN contenida en el Informe No. 020-10-GRE-GS-GAL-OSITRAN, respecto del Proyecto de la Quinta Addenda al Contrato de Concesión; Que, con el Ofi cio No. 140-2011-EF/15.01 de fecha 20 de abril de 2011, el Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, remite el Informe No. 090-2011-EF/67.01 de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia e Inversión Privada, el cual consolida las opiniones de las áreas técnicas del Ministerio de Economía y Finanzas y emite opinión favorable a la Quinta Addenda del Contrato de Concesión; Que, en virtud del Informe No. 201-2011-MTC/25 de la Dirección General de Concesiones en Transportes, se sustenta técnica, fi nanciera y legalmente la necesidad de suscribir la Quinta Addenda al Contrato de Concesión antes referido; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su calidad de Concedente y la empresa Concesionaria IIRSA NORTE SA, han convenido en celebrar la Quinta Addenda al referido Contrato de Concesión; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 29370, el Decreto Supremo No. 021-2007-MTC, el Decreto Supremo No. 059-96-PCM, el Decreto Supremo No. 060- 96-PCM, el Decreto Legislativo No. 1012 y el Decreto Supremo No. 146-2008-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el texto de la Quinta Addenda al Contrato de Concesión para el Mantenimiento de los Tramos Viales del Eje Multimodal del Amazonas Norte del “Plan de Acción para la Integración de Infraestructura Regional Sudamericana – IIRSA”, a ser suscrita entre el Estado Peruano, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su calidad de Concedente, y la empresa Concesionaria IIRSA NORTE S.A., la misma que forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba la Addenda a que se refi ere el artículo anterior, así como los documentos que resulten necesarios para su formalización. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 633762-1 Modifican Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada del departamento de San Martín RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 299-2011-MTC/03 Lima, 4 de abril de 2011 CONSIDERANDO: Que, el artículo 11º de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el artículo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 2005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7º del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, por Resolución Viceministerial N° 120-2004- MTC/03, modifi cada por Resolución Viceministerial Nº 878-2007-MTC/03 y ratifi cada por Resolución Viceministerial N° 746-2008-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM), para diversas localidades del departamento de San Martín; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 4º de la Resolución Viceministerial N° 120-2004-MTC/03, modifi cada por Resolución Viceministerial Nº 878-2007- MTC/03 y ratifi cada por Resolución Viceministerial N° 746- 2008-MTC/03, los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias aprobados pueden modifi carse de ofi cio, a fi n de optimizar el uso del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 3742-2010- MTC/28, propone los planes de canalización y asignación de frecuencias del servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM) para las localidades de Campanilla, Cuzco, Huimbayoc-Navarro-Papaplaya- Pelejo, Montecristo, Pasarraya, Pilluana-Tres Unidos, Pólvora, Pongo de Caynarachi, Shamboyacu-Tingo de Ponasa y Shapaja-Utcurarca; así como la modifi catoria de los planes de las localidades de Naranjos, Picota y Tabalosos del departamento de San Martín; Que, asimismo, la citada Dirección General, en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión y las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 358-2003- MTC/03 y sus modifi catorias; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modifi catorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1° de la Resolución Viceministerial N° 120-2004-MTC/03, modifi cada por Resolución Viceministerial Nº 878-2007-MTC/03 y ratifi cada por Resolución Viceministerial N° 746-2008- MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión