Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2011 (29/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de MORDAZA de 2011

Que, mediante Ley N° 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico. Asimismo, a traves del Decreto Supremo N° 001-2010-MC publicado el 25 de setiembre de 2010, se decreto la fusion en el Ministerio de Cultura, bajo la formalidad de absorcion, entre otros organismos, del Instituto Nacional de Cultura, cuyo MORDAZA concluyo el 30 de setiembre de 2010, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer las competencias, funciones y atribuciones en materia de patrimonio cultural de la Nacion, material e inmaterial; Que, el literal a) del Articulo 14° de la Ley N° 29565 senala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, "Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica relacionada con el fomento de la cultura y la creacion cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion, de conformidad con la respectiva politica nacional"; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 0572010-MC de fecha 26 de noviembre de 2010, se preciso la autorizacion otorgada al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales mediante Resolucion Ministerial Nº 016-2010-MC del 06 de octubre de 2010, en el sentido de que la misma comprende la tramitacion y resolucion de todos aquellos procedimientos cuya competencia correspondia a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura y que ahora se encuentran dentro del ambito de sus funciones, debiendo entenderse incluida la facultad para resolver recursos administrativos; Que, de acuerdo a los considerandos precedentes, corresponde emitir la Resolucion Viceministerial que formalice lo acordado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Arqueologia y la Directora de la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley N° 29565 ­ Ley de creacion del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N° 001-2010-MC, que aprueba la fusion de entidades y organos en el Ministerio de Cultura; Resolucion Suprema N° 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificada por Resolucion Suprema N° 012-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar patrimonio cultural de la Nacion al monumento arqueologico prehispanico cuya ubicacion se detalla en el siguiente cuadro:
Departamento Provincia Nombre del sitio arqueologico Pisquillo 01 MORDAZA Huaral Distrito Datum PSAD56 MORDAZA 18 UTM Este UTM Norte Datum WGS84 MORDAZA 18 UTM Este UTM Norte 8730935.263

que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueologico prehispanico declarado patrimonio cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion previa del organo competente del Ministerio de Cultura. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA fedateada de la presente resolucion a los propietarios, a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 633149-2

Modifican R.D. Nº 024/INC y declaran patrimonio cultural de la Nacion a monumentos arqueologicos prehispanicos ubicados en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 459-2011-VMPCIC-MC MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nacional N° 024/ INC de fecha 12 de enero de 2009, se declaro patrimonio cultural de la Nacion, entre otros, a los monumentos arqueologicos prehispanicos: Osqonta I y Osqonta II, ubicados en la provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho; y Conoqa Orqo 1, ubicado en la provincia de MORDAZA Sancos, departamento de MORDAZA, los mismos que fueron registrados en el MORDAZA del Programa Qhapaq Nan Temporada 2003; Que, como parte de los trabajos ejecutados por el "Proyecto arqueologico Usnus en Ayacucho: Investigaciones en Lugares Sagrados Inka, temporada 2008", a cargo del Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA con R.N.A. Nº CV­0793, se registro y delimito a los precitados monumentos arqueologicos prehispanicos con los nombres Intiwatana 2 y/o Usqunta 1, Intiwatana 3 y/o Usqunta 2 e Intiwatana 1 y/o Kunukaurqu, respectivamente; Que, mediante Informe N° 1101-2010-LPE/SDIC/ DA/DREPHINC de fecha 28 de MORDAZA de 2010, la Sub Direccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia concluye que los expedientes tecnicos de los monumentos arqueologicos prehispanicos delimitados en el MORDAZA del precitado proyecto de investigacion no presentan observaciones; Que, mediante Acuerdo N° 0731 de fecha 14 de junio de 2010, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo, entre otros, recomendar a la Alta Direccion del Ministerio de Cultura lo siguiente: 1. Modificar el Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nacional Nº 024/INC de fecha 12 de enero de 2009, en el extremo referido a la denominacion de los monumentos arqueologicos prehispanicos Osqonta I, Osqonta II y Conoqa Orqo 1. 2. Declarar patrimonio cultural de la Nacion a los monumentos arqueologicos prehispanicos Mesayuqpata de Aquqasa y/o Wamanilla, ubicado entre las provincias de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Sancos, departamento de Ayacucho; Qatun Mesapata y/o Mesapata y Qatun Quriwayrachina y/o Quriwayrachina, ubicados en la provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho. 3. Aprobar los expedientes tecnicos (plano de delimitacion, memoria descriptiva y ficha tecnica) de los siguientes monumentos arqueologicos prehispanicos: Mesayuqpata de Aquqasa y/o Wamanilla, Intiwatana 1 y/o Kunukaurqu, Qatun Mesapata y/o Mesapata, Intiwatana 2 e Intiwatana 3 y/o Usqunta 1 y Usqunta 2, y Qatun Quriwayrachina y/o Quriwayrachina. Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, declara

Aucallama 271956.458 8731303.130 271731.680

Articulo 2°.- Aprobar el expediente tecnico (plano de delimitacion, memoria descriptiva y ficha tecnica) del siguiente monumento arqueologico prehispanico de acuerdo a los planos, areas y perimetro que a continuacion se consignan:
Nombre del sitio arqueologico Pisquillo 01 N° de Plano en Datum PSAD56 N° de Plano en Datum WGS84 Area (m2) Area (ha) Perimetro (m)

PP-008-MC_ PP-008-MC_ DREPH/DA/SDIC- DREPH/DA/SDIC- 132 828.49 13.2828 1 782.07 2011 PSAD56 2011 WGS 84

Articulo 3°.- Encargar a la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de la condicion de patrimonio cultural de la Nacion de los monumentos arqueologicos prehispanicos mencionados en el Articulo 1° y de los planos senalados en el Articulo 2° de la presente resolucion. Articulo 4°.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros

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