Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2011 (29/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

441772
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de MORDAZA de 2011

Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, concordante con el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, cuyo texto vigente es el contenido en la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el articulo 41º de la acotada Ley senala que los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 692-2011/GRP-CR, emitido por el Gobierno Regional de MORDAZA de fecha 25 de marzo de 2011, se declara en situacion de emergencia por peligro inminente de sequia, a las provincias de Morropon, Ayabaca, Huancabamba; y a los distritos de Lancones en la provincia de Sullana, Tambogrande y Las MORDAZA en la provincia de MORDAZA, por el plazo de noventa (90) dias, debido a los efectos producidos por la sequia, de conformidad a los informes Tecnico y Legal que sustentan el presente Acuerdo; Que, teniendo a la vista los informes Nº 0046-2011/ MDLL/JALG/ECM, del Jefe encargado del Control de Maquinaria y Nº 0236-2011/MDLL/DISERTEC/EP/ING, del Jefe de la Division de Servicios Tecnicos de esta Municipalidad, de fecha 06 de MORDAZA del presente ano, donde se informa el mal estado de la maquinaria pesada que cuenta la Municipalidad como: cargador frontal, tractor oruga, cisterna, volquete, camion y la motoniveladora, este ultimo que se encuentra en estado total de inoperatividad, ademas las solicitudes de apoyo realizadas por la poblacion del distrito de Las MORDAZA solicitando el apoyo de maquinaria pesada de la Municipalidad para realizar acciones en ayuda en mitigar los estragos producidos por el fenomeno de la sequia que se esta dando en la MORDAZA y costa piurana; por lo que opina que el servicio para repotenciacion de la maquinaria de la Municipalidad sea exonerada de cualquier MORDAZA de seleccion, en cumplimiento al Articulo 128º Situacion de Emergencia, del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y se contrate directamente al proveedor que se MORDAZA cargo de realizar dicho servicio; Que, ademas se cuenta con el Informe Legal Nº 004-2011-MDLL/AJ, del Asesor Legal, quien opina favorablemente, para que realice el MORDAZA de exoneracion de seleccion para la repotenciacion de

maquinaria, teniendo en cuenta el inciso b) del Articulo 20º del D.L. Nº 1017 Ley de Contrataciones del Estado, que establece que estan exonerados del MORDAZA de Seleccion las contrataciones que realicen ante una situacion de emergencia de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro o que afecten la defensa y seguridad nacional y el articulo 21º de la misma MORDAZA establece las formalidades de las contrataciones exoneradas, entre ellas, aquella que establece que la contratacion derivada de exoneracion de MORDAZA de seleccion se realizara de manera directa, previa aprobacion del Concejo Municipal para el caso de los Gobiernos Locales, siendo necesario que dicha resolucion y los Informes Tecnico y Legal que lo sustentan; Que, en ese sentido, se debe apoyar a la poblacion de Las MORDAZA a mitigar los estragos por el fenomeno de la sequia que afecta nuestra region y teniendo en cuenta que para realizar un MORDAZA de seleccion esto demandaria aproximadamente el plazo de sesenta (60) dias para dicha realizacion; por tanto, se debe realizar la Exoneracion de Contratacion del servicio para la repotenciacion de la Maquinaria Pesada de la Municipalidad Distrital de Las MORDAZA, para ayudar a la poblacion durante dure dicho periodo de sequia, esto de acuerdo D.L. Nº 1017 y su Reglamento D.S. Nº 184-2008-EF. Estando a lo dispuesto en el Articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo por unanimidad ACORDO: Articulo 1º.- EXONERAR el MORDAZA de Seleccion para repotenciacion de la Maquinaria Pesada de la Municipalidad Distrital de Las MORDAZA, por periodo de emergencia de sequia que afecta nuestro distrito. Articulo 2º.- AUTORIZAR al Area de Abastecimientos solicitar servicios senalados en el articulo anterior, realizando las acciones necesarias inmediatas para el oportuno servicio senalado; Articulo 3º.- PUBLICAR a traves del SEACE dentro de los diez (10) dias habiles siguientes el Acuerdo de Concejo. Articulo 4º.- COMUNICAR el presente acuerdo de concejo e informes que lo sustenten a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias habiles, asi como al Organo de Control Institucional. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SIMBALA MORDAZA 633936-1

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. LA DIRECCION

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