Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2011 (29/04/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de MORDAZA de 2011

Dado en MORDAZA de MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, a los (23) dias del mes de diciembre del ano 2010. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA KAWAY KOMORI Presidente Regional 633150-1

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Aprueban Plan Regional de Desarrollo de Capacidades del Gobierno Regional de Ucayali
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud del Gobierno Regional de Ucayali mediante Oficio Nº 1122011-GRU-P-GGR-SG, recibido el 27 de MORDAZA de 2011) ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2010-GRU/CR EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV, Titulo IV sobre Descentralizacion, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por las Leyes Nº 27902, Nº 28961, Nº 28968, Nº 29053 y demas normas complementarias, en Sesion Ordinaria de fecha 21 de octubre del 2010; y, CONSIDERANDO:

articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las ordenanzas regionales MORDAZA asuntos de caracter general en la organizacion y administracion del Gobierno Regional; Que, el Decreto Supremo Nº 038-2004-PCM, aprueba el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2004", indicando en el titulo III "ACCIONES ESTRATEGICAS PARA LA IMPLEMENTACION DEL PLAN", numeral 3. "Cada Sector del Gobierno Nacional debera disenar y efectuar en concordancia con el Consejo Nacional de Descentralizacion, un Programa de Capacitacion y Asistencia Tecnica que permita el fortalecimiento institucional de los Gobiernos Regionales y Locales, para el desarrollo de sus capacidades de forma tal que les permita asumir y asegurar la calidad de los servicios transferidos. En este sentido, los Programas deberan desarrollarse en el MORDAZA del Plan Nacional de Capacitacion y Asistencia Tecnica de Gestion Publica para el Fortalecimiento de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales aprobado con Decreto Supremo Nº 021-2004-PCM"; asi mismo con Decreto Supremo Nº 0042010-PCM, que aprueban el "Plan Nacional de Desarrollo de Capacidades para la Gestion Publica y Buen Gobierno de los Gobiernos Regionales y Locales"; Que, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la Ley MORDAZA del Empleo Publico, Capitulo IV "Gestion en el Empleo Publico" Articulo 11º Capacitacion: La capacitacion es un deber y un derecho del empleado publico. Esta orientado al desarrollo de conocimientos, actitudes, practica, habilidades y valores del empleado, para garantizar el desarrollo de las funciones publicas y de los servicios publicos, mejorar su desempeno laboral, propiciar su realizacion persona, tecnica o profesional y brindar mejores servicios al usuario; Capitulo V: Derechos y obligaciones del Empleado Publico, Articulo 15º, inciso i) Capacitacion, Articulo 16º inciso i) Conocer las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeno; De conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Articulos 9º y 10º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificado por las Leyes Nº 27902 y Nº 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, el Consejo Regional de Ucayali en sesion Ordinaria de fecha 21 de octubre del 2010 ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional; ORDENA:

Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales, gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, con Resolucion Ejecutiva Regional Nº 09612010-GRU-P, de fecha 11 de MORDAZA de 20101, Articulo Primero: CONFORMAR el EQUIPO TECNICO encargado de actualizar y articular el Plan Regional de Desarrollo de Capacidades del Gobierno Regional de Ucayali, integrado por funcionarios de la Gerencia General Regional, Oficina de Recursos Humanos, Subgerencia de Desarrollo Institucional, Gerencia Regional de Desarrollo Economico, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Direccion Regional de Educacion y Direccion Regional de Comercio Exterior y Turismo de Ucayali; Que, el Consejo Regional de Ucayali, tiene las atribuciones de normar la organizacion interna del Gobierno Regional a traves de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del Articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos, materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el Articulo 38º de la misma MORDAZA legal, que establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general en la organizacion y administracion del Gobierno Regional; Que, de conformidad con lo prescrito en el Articulo 35º, literal c) de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y presupuesto institucional; asimismo es atribucion del Consejo Regional aprobar los documentos de gestion, Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), Manual de Organizacion y Funciones (MOF) y el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de las instituciones publicas del Gobierno Regional, en concordancia con el

Articulo Primero.- APROBAR el Plan Regional de Desarrollo de Capacidades del Gobierno Regional de Ucayali, que consta de noventa y nueve (99) folios que forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administracion, publicar la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de mayor circulacion regional y a la Oficina de Sistemas para su difusion a traves del MORDAZA Web Electronico del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali (www. regionucayali.gob.pe). Articulo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion del acta. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgacion. En Ucayali a los veintiuno dias del mes de octubre del ano dos mil diez. WILDER MORDAZA AGUAYO ARGANDONA Consejero Delegado POR LO TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, a los veinticinco dias del mes de octubre del ano dos mil diez. LUTGARDO MORDAZA MORDAZA Presidente Regional (e) 633067-1

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