TEXTO PAGINA: 44
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 2 de agosto de 2011 447864 corresponde a la municipalidad distrital, entre otras responsabilidades, asegurar una adecuada prestación del servicio de limpieza, recolección y transporte de residuos en su jurisdicción, debiendo garantizar la adecuada disposición fi nal de los mismos; Que, el manejo de residuos sólidos en el distrito de Mirafl ores, se sustentaba en base al “Plan de Manejo de Residuos Sólidos”, aprobado mediante Ordenanza Nº 231 de fecha 30 de mayo de 2006, cuando los servicios de limpieza pública se realizaban directamente por parte de la municipalidad; Que, por otra parte, mediante Resolución de Adjudicación Nº 001-2008-CEPRI/MM, de fecha 14 de enero de 2008, y confi rmada mediante Resolución de Alcaldía Nº 024-2008-ALC/MM, de fecha 22 de enero de 2008, se otorgó la Buena Pro de la Licitación Pública Especial Nacional Nº 001-2007-CEPRI/MM, a las empresas concesionarias Petramas S.A.C y Relima Ambiental S.A, para la prestación de los servicios de limpieza pública en Mirafl ores; Que, en ese contexto, resulta necesario contar con un Plan de Manejo de Residuos Sólidos acorde al escenario actual y así disponer de una herramienta de gestión que permita el manejo integral, participativo y sostenible de los residuos sólidos para contribuir con la mejora ambiental a favor de la colectividad; Que, a través del Memorándum Nº 107-2011-GP/ MM, la Gerencia de Planifi cación solicita conocer los avances del primer trimestre de las metas del Programa de Modernización Municipal del año 2011, establecido en el Decreto Supremo Nº 190-2010-EF. Por su parte, la Subgerencia de Limpieza Pública y Áreas Verdes, mediante Informe Nº 27-2011-SLPAV/MM, de fecha 04 de julio de 2011, propone el Plan de Manejo de Residuos Sólidos actualizado del distrito de Mirafl ores, a fi n de cumplir los objetivos de las metas defi nidas en el mencionado Programa de Modernización Municipal; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, según Informe Legal Nº 234-2011-GAJ/MM, emite opinión favorable para la aprobación del referido Plan de Manejo de Residuos Sólidos, y concluye que el mismo se encuentra acorde a la normatividad vigente aplicable, por lo cual corresponde su aprobación a través de la ordenanza respectiva; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9, numeral 8, y artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUDOS SÓLIDOS DE MIRAFLORES Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Manejo de Residuos Sólidos –PMRS, de Mirafl ores, que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR al Alcalde a dictar las medidas complementarias necesarias, mediante Decreto de Alcaldía, para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER el cumplimiento obligatorio de la presente Ordenanza a todas las unidades orgánicas competentes, las mismas que deberán colaborar para cumplir con los objetivos y metas trazadas en el Plan de Manejo de Residuos Sólidos aprobado. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Limpieza Pública y Áreas Verdes el cumplimiento del Plan de Manejo de Residuos Sólidos de Mirafl ores, aprobado según el artículo primero de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano; y, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el portal institucional de la municipalidad (www.mirafl ores.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 671968-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Prorrogan fecha de vencimiento de Beneficios Tributarios y No Tributarios 2011 “Ponte al Día y Cumple con San Juan de Miraflores” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 00013-2011-MDSJM-A San Juan de Mirafl ores, 27 de julio de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: El Informe Nº 112-2011 SGRT/GR/MDSJM, de fecha 26 de julio de 2011, de la Sub Gerencia de Recaudación Tributaria, el Informe Nº 295-2011-GR/MDSJM de fecha 26 de julio del 2011 de la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 384-2011-GAJ/MDSJM, de fecha 27 de julio de 2011 mediante los cuales se propone ampliar la prórroga de la fecha de vencimiento de los Benefi cios Tributarios y No Tributarios 2011 “Ponte al Día y Cumple con San Juan de Mirafl ores” aprobada con Ordenanza Nº 000185-2011- MDSJM, y; CONSIDERANDO Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 194º, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que mediante Ordenanza se crean, modifi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley. Que, el TUO del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-E.F y sus modifi catorias, en su norma IV, Principio de Legalidad - Reserva de la Ley, establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modifi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley, y en su Artículo 41º sobre Condonación, dispone que, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo. Que, la Ordenanza Nº 185-2011-MDSJM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 11 de febrero de 2011, se aprobó los Benefi cios Tributarios y No Tributarios 2011 “Ponte al Día y Cumple con San Juan de Mirafl ores” estableciendo un régimen de excepción para el pago voluntario y al contado de las deudas tributarias y no tributarias, a favor de los contribuyentes de San Juan de Mirafl ores, que comprende a las deudas generadas hasta el año 2011, que se encuentre en cualquier instancia del proceso de cobranza, a si mismo, en su segunda Disposición Final, facultad al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación e implementación, así como para prorrogar su vigencia. Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 002-2011 –MDSJM, se prorrogó primigeniamente el vencimiento de Benefi cios Tributarios y No Tributarios 2011 “Ponte al Día y Cumple con San Juan de Mirafl ores”, hasta el 30 de junio del año 2011. Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 0010-2011- MDSJM, se prorrogó el vencimiento de Benefi cios Tributarios y No Tributarios 2011 “Ponte al Día y Cumple con San Juan de Mirafl ores” hasta el 30 de julio del año 2011.