Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2011 (02/08/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 2 de agosto de 2011 447865 Que, siendo política de la actual gestión facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y no tributarias, en especial a aquellos que por motivos económicos no lo efectuaron oportunamente, incentivar el cumplimiento voluntario y responsable de sus obligaciones, con la fi nalidad de sincerar la base tributaria y disminuir los índices de morosidad, facilitando su participación en los programas de premiación y reconocimiento al vecino puntual. Que, de acuerdo a los informes y reportes de ingresos, los benefi cios tributarios han tenido una gran aceptación entre los contribuyentes del distrito, pero debido a los elevados montos de las deudas, que se refl ejan en los altos índices de morosidad, vienen efectuando el pago de sus deudas por partes, solicitando que los benefi cios continúen a fi n de que tengan la posibilidad de pagar la totalidad de sus deudas. Que, mediante el informe Nº 295-2011-GR/MDSJM, de fecha 26 de julio de 2011 de la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 384-2011-GAJ/MDSJM de fecha 27 de julio de 2011 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, emitieron opinión favorable sobre la prórroga hasta el 31 de agosto de 2011, la fecha de vencimiento de los Benefi cios Tributarios y No Tributarios 2011 “Ponte al Día y Cumple con San Juan de Mirafl ores” aprobada con Ordenanza Nº 000185-2011- MDSJM, que establece un régimen de excepción para el pago voluntario y al contado de las deudas tributarias y no tributarias, a favor de los contribuyentes de San Juan de Mirafl ores, que comprende a las deudas generadas hasta el año 2011, que se encuentre en cualquier instancia del proceso de cobranza. Que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, artículos 29º, 39 y 42º, así como lo dispuesto en la Ordenanza Nº 185- 2011-MDSJM, Segunda Disposición Final. DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de agosto de 2011, la fecha de vencimiento de los Benefi cios Tributarios y No Tributarios 2011 “Ponte al Día y Cumple con San Juan de Mirafl ores” aprobada con Ordenanza Nº 00185-2011-MDSJM, que establece un régimen de excepción para el pago voluntario y al contado de las deudas tributarias y no tributarias, a favor de los contribuyentes de San Juan de Mirafl ores, que comprende a las deudas generadas hasta el año 2011, que se encuentre en cualquier instancia del proceso de cobranza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Rentas, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia de Informática y Estadística su implementación, a la Gerencia de Secretaría General su publicación y a la Gerencia de Imagen Institucional su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 671973-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Aprueban Programa de Segregación de Residuos Sólidos Domiciliarios en la Fuente DECRETO DE ALCALDÍA Nº 00008-2011/MDSA Santa Anita, 7 de julio de 2011 VISTO: El informe Nº 019-2011-GSPDS-GG/MDSA, emitido por la Gerencia de Servicios Públicos y Desarrollo Social, quien en aplicación del Decreto Supremo Nº 190- 2010-EF sobre Programa de Modernización Municipal, solicita la aprobación del Programa de Segregación de Residuos Sólidos Domiciliarios en la Fuente en el distrito de Santa Anita; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el artículo 73º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y funciones en materia de protección y conservación del ambiente, así como formular, aprobar ejecutar y monitorear los planes y políticas locales en materia ambiental, en concordancia con las políticas, normas y planes regionales, sectoriales y nacionales. Que, mediante Ley General de Residuos Sólidos, Ley Nº 27314, publicada el 21 de julio del 2000, se han establecido los derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad, para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los principios de minimización, prevención de riesgos ambientales y protección de la salud y el bienestar de la persona humana. Que, mediante Ordenanza Nº 00071/MDSA de fecha 28 de junio del año 2011 se aprobó el Plan de Gestión de Residuos Sólidos en el distrito de Santa Anita, el cual se encuentra orientado a la implementación de un manejo eco-efi ciente y fi nanciero para garantizar la sostenibilidad y un servicio efi caz a los ciudadanos y principalmente tiene como uno de los objetivos, la implementación de un Programa de Segregación de residuos sólidos domiciliarios en la fuente, como parte del proceso de recolección de residuos sólidos domiciliarios. Estando a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, la titular del pliego; DECRETA Artículo Primero.- Aprobar el Programa de Segregación de Residuos Sólidos Domiciliarios en la Fuente en el distrito de Santa Anita, como parte del proceso de recolección de residuos sólidos domiciliarios, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía, según el Anexo Nº 01. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Servicios Públicos y Desarrollo Social la publicación del presente decreto, así como el fi el cumplimiento de su contenido. Regístrase, comuníquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 671919-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Aprueban Plan de Manejo de Residuos Sólidos - PMRS del distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 238-MVES Villa El Salvador, 30 de julio del 2011 POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE VILLA EL SALVADOR, EN SESIÓN EXTRAORDINARIA DE CONCEJO DE LA FECHA;