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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de agosto de 2011 448768 área a habilitar se superponga con un área previamente declarada como parte integrante del Patrimonio Cultural de la Nación. 14. Estudio de mecánica de suelos. 15. Estudio de Impacto Vial (conforme con la Ordenanza 1268-MML 12-07-09) Importante.- Por ningún motivo se admitirán obras fuera de los límites de propiedad, ya que al no pertenecer a ésta no constituyen carga técnica. La altura de Edifi cación (cantidad de pisos) respetará los parámetros ofi ciales, y cualquier excedente constituirá Carga Técnica. Artículo Quinto.- PRESENTACIÓN Y TRÁMITE DEL EXPEDIENTE El expediente de regularización se tramitará, conforme al procedimiento previsto para Licencia de Edifi cación, en el Reglamento de la Ley Nº 29090, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA, según el tipo de obra y la modalidad (“A”, “B”, “C” y “D”) que corresponda. En el caso que se desee tramitar licencia para ejecutar una obra de cualquier tipo, vinculada a la edifi cación existente que requiera de regularización de conformidad con este Capítulo, ambos trámites se podrán efectuar simultáneamente. En este caso, la Comisión Técnica Distrital se pronunciará en un solo dictamen. Artículo Sexto.- VERIFICACIÓN DE LA EDIFICACIÓN La Gerencia de Desarrollo Urbano, mediante la Subgerencia de Obras Privadas de la Municipalidad de Lurín, comparará la edifi cación con los planos presentados, verifi cando que se cumplan con los parámetros urbanísticos y edifi catorios aplicables al inmueble en la fecha de ejecución de la obra o en todo caso los parámetros vigentes en los que favorezca a la edifi cación a regularizar. Artículo Sétimo.- ADECUACIÓN DE LA EDIFICACIÓN CON DICTAMEN “NO CONFORME” El dictamen “No Conforme” implicará la adecuación de la edifi cación mediante la corrección de las defi ciencias. Para ello deberá gestionar, paralelamente, una Licencia de Edifi cación para la modifi cación, remodelación y/o demolición, según el tipo de obra y la modalidad que corresponda (“A”, “B”, “C” o “D”) previsto en el Reglamento de la Ley Nº 29090. Artículo Octavo.- LIQUIDACIÓN DE LOS DERECHOS MUNICIPALES Y NUMERACIÓN Simultáneamente y de ofi cio, se procederá a practicar una liquidación de la multa, de los derechos municipales de licencia. Esta liquidación será notifi cada al interesado para su pago. DISPOSICIONES FINALES COMPLEMENTARIAS Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Segunda.- AUTORIZAR, al Alcalde a que mediante Decreto de Alcaldía, disponga de ser necesario las modifi catorias pertinentes. Tercera.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Obras Privadas y Gerencia de Fiscalización y Control. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 680079-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO Autorizan viaje de trabajadores de la Municipalidad a Brasil para participar en el seminario “Operación y mantenimiento en plantas de asfalto ciber 2011” ACUERDO DE CONCEJO Nº 061-2011-MPC Cusco, 28 de junio de 2011 VISTA: La invitación hecha por la empresa INTERMAQ SAC, a participar en el seminario denominado “Operación y mantenimiento en plantas de asfalto ciber 2011”, a los señores trabajadores de la Municipalidad Provincial del Cusco, Gilbert Galdos Tejada, Anthony Ernesto Gómez Quiroga y Manuel Grover Sánchez Condori, a desarrollarse entre el 4 al 8 de julio de 2011, en la ciudad de Porto Alegre – Brasil, siendo que la empresa en referencia, cubrirá los gastos y pasajes aéreos entre Lima – Porto Alegre – Lima, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta GG – 163/2011, de fecha 26 de mayo de 2011, el Gerente General de la empresa INTERMAQ SAC, Juan Manuel Draxl, invita al señor ingeniero Gilbert Galdos Tejada – Residente de la Planta de Asfalto, de la Municipalidad Provincial del Cusco, a participar en el seminario denominado “Operación y mantenimiento en plantas de asfalto ciber 2011”, a desarrollarse entre el 4 al 8 de julio de 2011, en la ciudad de Porto Alegre – Brasil, siendo que la empresa en referencia, cubrirá los gastos y pasajes aéreos entre Lima – Porto Alegre – Lima; Que, mediante Carta GG – 164/2011, de fecha 26 de mayo de 2011, el Gerente General de la empresa INTERMAQ SAC, Juan Manuel Draxl, invita al señor ingeniero Anthony Ernesto Gómez Quiroga – Responsable de la producción de asfalto, de la Municipalidad Provincial del Cusco, a participar en el seminario denominado “Operación y mantenimiento en plantas de asfalto ciber 2011”, a desarrollarse entre el 4 al 8 de julio de 2011, en la ciudad de Porto Alegre – Brasil, siendo que la empresa en referencia, cubrirá los gastos y pasajes aéreos entre Lima – Porto Alegre – Lima; Que, mediante Carta GG – 193/2011, de fecha 20 de junio de 2011, el Gerente General de la empresa INTERMAQ SAC, Juan Manuel Draxl, invita al señor Manuel Grover Sánchez Condori – Asistente Administrativo de la Planta de Asfalto, de la Municipalidad Provincial del Cusco, a participar en el seminario denominado “Operación y mantenimiento en plantas de asfalto ciber 2011”, a desarrollarse entre el 4 al 8 de julio de 2011, en la ciudad de Porto Alegre – Brasil, siendo que la empresa en referencia, cubrirá los gastos y pasajes aéreos entre Lima – Porto Alegre – Lima; Que, con Informe N° 379 – 2011 – MPC/OGAJ, de fecha 28 de junio de 2011, el Director de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica de Municipalidad Provincial, abogado Hugo Prieto Valencia, concluye que, “…el viaje de los señores trabajadores de la Municipalidad Provincial del Cusco, Gilbert Galdos Tejada, Anthony Ernesto Gómez Quiroga y Manuel Grover Sánchez Condori, es considerado en Comisión de Servicio, por lo que corresponde el otorgamiento de viáticos y los pasajes aéreos Cusco – Lima – Cusco…”; Que, el Concejo Municipal, en sesión de fecha 28 de junio de 2011, por mayoría de las señoras y señores