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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 20 de agosto de 2011 448765 toda persona tiene derecho a la prevención, atención y recuperación de su salud de manera integral, esto debe ser garantizado sin ningún tipo de discriminación por cualquier condición como lo establece la misma carta constitucional. Que, la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que toda persona tiene derecho a atención médica y de su salud, sin ninguna discriminación. Que, el Pacto Internacional de Derechos Sociales, Económicos y Culturales ha señalado que los Estados Partes reconocen el derecho de toda persona al más alto nivel de salud física y mental, con tal objeto los Estados Partes se comprometen a desarrollar acciones preventivas frente a las epidemias y enfermedades infecciosas, así como a su tratamiento oportuno con el objeto de impedir su propagación. Que, la Ley de Municipalidades, establece que es tarea del Gobierno local elaborar los planes de desarrollo de manera concertada con todos los sectores del estado y de la sociedad civil. Que, el COMUL EA como resultado de un proceso de capacitación, diagnóstico y elaboración de propuestas con los diferentes actores del distrito ha elaborado el plan distrital de salud para el período 2011 a 2015, defi niendo las políticas distritales. Que, dicho trabajo concebido como Plan Distrital de Salud de El Agustino es alcanzado al pleno del Concejo a fi n de que sea aprobado como máxima instancia de Gobierno Local e implementado en el corto plazo, en el Plan de Desarrollo Local, por cuantos tengan la responsabilidad de conducir los destinos del distrito, sea como autoridades o dirigentes representativos; por lo que corresponde emitirse la respectiva ordenanza municipal que Municipal. En uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta y el voto UNANIME del Concejo Municipal, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE SALUD EN EL DISTRITO DE EL AGUSTINO Artículo 1º.- APROBAR el Plan de Salud en el Distrito de El Agustino, la misma que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- ENCARGAR al Gerente Municipal y la Gerencia de Desarrollo Humano el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- ENCARGAR al Secretario General la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano la presente Ordenanza la misma que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, y al Jefe de Unidad de Racionalización, Estadística e Informática y Programación de Inversiones publicar en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en la página web de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.munielagustino.gob.pe) el Plan de Salud Distrital de El Agustino. POR TANTO Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR MODESTO SALCEDO RÍOS Alcalde 680117-1 Aprueban Proceso de Elaboración del Plan Concertado de Lucha contra la Tuberculosis en el distrito ORDENANZA Nº 493-MDEA El Agustino, 14 de julio del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE EL AGUSTINO VISTO: En sesión extraordinaria de concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Proceso de Elaboración del Plan Concertado de Lucha contra la Tuberculosis en el Distrito de El Agustino. Informe Nº 187- 2011-GDHU-MDEA, del Gerente de Desarrollo Humano y el Informe Nº 277-2011-GAJ-MDEA, del Gerente de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, siendo necesario que el distrito cuente con un instrumento que enmarque las acciones dirigidas a erradicar la Tuberculosis en el distrito, para ello, El COMUL - EA, ha defi nido de forma participativa los lineamientos y acciones tendientes al logro de ese objetivo. Que, siendo necesario contar con la participación de especialistas el COMUL-EA ha constituido un Comisión temática responsable de la implementación de el Programa Integral de lucha Contra la TBC, habiéndose trazado como meta disminuir en un 50 % la incidencia distrital de Promover la organización de las personas con TBC, la Formulación del Plan Intersectorial de El Agustino de Lucha Contra la TBC que contemple las dimensiones de mejoramiento de la vivienda, suplementos alimentarios, talleres productivos, asistencia sicológica y visita domiciliaria. Evaluación de la infraestructura del programa de TBC MINSA en el distrito. En uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta y el voto UNANIME del Concejo Municipal, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROCESO DE ELABORACIÓN DEL PLAN CONCERTADO DE LUCHA CONTRA LA TUBERCULOSIS EN EL DISTRITO DE EL AGUSTINO Artículo 1º.- APROBAR el Proceso de Elaboración del Plan Concertado de Lucha contra la Tuberculosis en el Distrito de El Agustino Artículo 2º.- ENCARGAR al Gerente Municipal y la Gerencia de Desarrollo Humano el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- ENCARGAR al Secretario General la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano la presente Ordenanza la misma que entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, y al Jefe de Unidad de Racionalización, Estadística e Informática y Programación de Inversiones publicar en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en la página web de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.munielagustino. gob.pe) la presente Ordenanza. POR TANTO Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR MODESTO SALCEDO RÍOS Alcalde 680136-1 MUNICIPALIDAD DE LURIN Aprueban procedimiento de regularización de edificaciones y habilitaciones urbanas ejecutadas sin licencia municipal ORDENANZA MUNICIPAL Nº 231/ML Lurín, 10 de agosto de 2011.