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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de agosto de 2011 448774 metodología aplicable para la formulación y evaluación de Proyectos de Inversión Pública en contextos de restricción de servicios a cargo del Estado en el marco de esta norma, estableciéndose que la viabilidad de dichos Proyectos será evaluada por la citada Dirección General, en coordinación con la Ofi cina de Programación e Inversiones del Sector correspondiente. La metodología a la que se refi ere el párrafo precedente será aprobada en el plazo de siete (07) días calendario contado desde la entrada en vigencia de la presente norma. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Energía y Minas y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil once OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 680636-1 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Fijan monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público para el año 2012 DECRETO SUPREMO Nº 074-2011-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28212, modifi cada por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006, se regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y se crea la Unidad de Ingreso del Sector Público como valor de referencia para fi jar los ingresos de dichos funcionarios y autoridades; Que, en este contexto, resulta necesario fi jar el monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público para el año 2012, manteniendo la suma de S/. 2 600,00 que es aplicable para el año 2011; dicho monto servirá de referencia para el pago de ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 24 del Artículo 118º de la Constitución Política del Peru, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los Altos Funcionarios Autoridades del Estado y dicta otras medidas, y modifi catoria; DECRETA: Artículo 1º.- Del monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público correspondiente al año 2012 Fíjase en S/. 2 600,00 (DOS MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) el monto correspondiente a la Unidad de Ingreso del Sector Público para el año 2012. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 680636-2 Aceptan renuncia de representante del Presidente de la República y Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 246-2011-PCM Lima, 20 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088 se aprobó la Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; Que, el señor Agustín Haya de la Torre de la Rosa, ha presentado su renuncia al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; y, el Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor AGUSTÍN HAYA DE LA TORRE DE LA ROSA, como representante del Presidente de la República y Presidente del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros 680636-3 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 245-2011-PCM Mediante Ofi cio Nº 610-2011-SCM-PR la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 245-2011-PCM, publicada en la edición del 20 de agosto de 2011. En el Primer Considerando.- DICE: “... del 20 al 28 de agosto de 2011, ...”