Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2011 (21/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 21 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

448783

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Renuevan autorizacion otorgada a Empresa Radiodifusora 1160 S.A. para prestar servicio de radiodifusion comercial por television en VHF en la localidad de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 682-2011-MTC/03 MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2011 VISTO, el escrito de registro N° 2010-016971, del 29 de MORDAZA de 2010, presentado por EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A., sobre renovacion de autorizacion para continuar operando una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de Huanuco; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial N° 456-2006MTC/03, por mandato expreso de la Ley N° 28853, se otorgo a EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A., la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial N° 006-99-MTC/15.03, por el plazo de diez (10) anos, para que continue prestando el servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de Huanuco. Dicha autorizacion vencio el 8 de MORDAZA de 2010; Que, conforme al articulo 15° de la Ley de Radio y Television, Ley N° 28278, concordado con los articulos 21° y 67° del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69°, 70° y 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Television establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovacion de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 298-2011MTC/01, se ha recalificado el Procedimiento N° 14, denominado "Renovacion de Autorizacion del Servicio de Radiodifusion", del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de procedimiento sujeto a silencio administrativo negativo a silencio administrativo positivo, que resulta aplicable a aquellos procedimientos de renovacion de autorizacion cuyos plazos de atencion aun no hubieren vencido; Que, mediante Memorando N° 2443-2011-MTC/29, del 2u de junio de 2011, la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones hace MORDAZA y remite el Informe N° 3163-2011-MTC/29.02, mediante el cual la Coordinacion de Monitoreo e Inspecciones de Comunicaciones, da cuenta de los resultados de la inspeccion tecnica realizada el 10 de junio de 2011, a la estacion radiodifusora autorizada a EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A., concluyendo que opera el servicio autorizado con las caracteristicas tecnicas autorizadas y que cumple con el objetivo y programacion de su proyecto de comunicacion; Que, EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A., y los miembros que la componen no se encuentran comprendidos en alguna de las causales de denegatoria establecidas en el articulo 23° de la Ley de Radio y Television, para que se deniegue la renovacion de la autorizacion solicitada, segun declaraciones juradas presentadas, las mismas que se encuentran sujetas a fiscalizacion posterior. Asimismo, se ha verificado que la citada empresa ha presentado los requisitos establecidos

en la Ley de Radio y Television, su Reglamento y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de este Ministerio - MORDAZA, para que proceda la renovacion de la autorizacion, y cumple las condiciones establecidas en el articulo 69° del Reglamento de la Ley de Radio y Television; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe N° 19822011-MTC/28, MORDAZA con Informe N° 3049-2011MTC/28, considera que procede otorgar a EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A., la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial N° 006-99-MTC/15.03 y renovada por Resolucion Viceministerial N° 456-2006-MTC/03, para operar una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de MORDAZA, toda vez que cumple las condiciones y requisitos establecidos para la renovacion de la autorizacion; De conformidad con la Ley de Radio y Television, Ley N° 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo N° 0082002-MTC con sus modificatorias, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo N° 0212007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Renovar la autorizacion otorgada a EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A., mediante Resolucion Viceministerial N° 006-99-MTC/15.03 y renovada por Resolucion Viceministerial N° 456-2006MTC/03, para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de Huanuco. Articulo 2°.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolucion Viceministerial N° 456-2006-MTC/03, en consecuencia, vencera el 8 de MORDAZA de 2020. Articulo 3°.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente a los derechos de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 4°.- La renovacion de la autorizacion que se otorga en la presente Resolucion debera adecuarse a las disposiciones del Plan Maestro para la Implementacion de la Television Digital en el Peru y normas complementarias Articulo 5°.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo N° 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 6°.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 679947-1

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