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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 21 de agosto de 2011 448780 Artículo 3º.- La fecha de término de funciones será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4º.- La presente resolución no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 680636-4 SALUD Aprueban Directiva Administrativa “Medidas de Ecoeficiencia en el Ministerio de Salud” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 617-2011/MINSA Lima, 17 de agosto del 2011 Vistos: El Expediente N° 10-061040-013, que contienen el proyecto de Directiva Administrativa “Medidas de Ecoefi ciencia en el Ministerio de Salud”, la Nota Informativa N° 037-2011-GAAD-JAMV-MINSA, de Asesoría de la Alta Dirección del Despacho Ministerial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2009- MINAM, se aprobaron las Medidas de Ecoefi ciencia en el Sector Público, cuyo objeto es generar el ahorro en el gasto público, así como constituir acciones que permitan la mejora continua del servicio público, mediante el uso de menos recursos, así como, la generación del menor impacto negativo en el ambiente; Que, el artículo 3 del citado Decreto Supremo, señala que, las medidas de Ecoefi ciencia son de aplicación obligatoria en todas las entidades del Sector Público y su cumplimiento es obligación de todas las personas que presten servicios al Estado, independientemente de su régimen laboral o de contratación; Que, el Ministerio del Ambiente publicó la “Guía de Ecoefi ciencia para Instituciones del Sector Público”, que tiene como objetivo general, facilitar los procesos de identifi cación, implementación y monitoreo de las acciones que surgen de la aplicación de los conceptos de ecoefi ciencia en el sector público; Que, el numeral 1.3 de la citada Guía de Ecoefi ciencia, señala que un primer paso a tener en cuenta en la implementación de las medidas de Ecoefi ciencia es constituir el Comité de Ecoefi ciencia, el que estará conformado, entre otros, por representantes de la Ofi cina General de Administración, Mantenimiento y Servicios Internos, Recursos Humanos y Ofi cina de Planeamiento; Que, como parte de la implementación de las medidas de ecoeficiencia dispuestas en el Decreto Supremo N° 009-2009-MINAM, la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud ha elaborado la Directiva Administrativa sobre “Medidas de Ecoeficiencia en el Ministerio de Salud”, la cual tiene como finalidad optimizar el uso racional de los recursos de energía eléctrica, agua potable, papel y combustible, así como, la segregación y reciclado de residuos sólidos; Que, la implementación de las medidas de Ecoefi ciencia busca fomentar una nueva cultura de uso efi ciente de los recursos como la energía, agua potable, papel y recursos logísticos que generará un ahorro signifi cativo en el gasto del Ministerio de Salud; así como, propiciar el uso responsable de los recursos que genere el menor impacto en el medio ambiente; Que, asimismo y con la fi nalidad de ejecutar las medidas de Ecoefi ciencia resulta necesario constituir el Comité de Ecoefi ciencia en el Ministerio de Salud conforme a lo dispuesto en la Guía de Ecoefi ciencia para Instituciones del Sector Público aprobada por el Ministerio del Ambiente; Que, el Comité de Ecoefi ciencia estará conformado por un representante de la Ofi cina General de Administración, un representante de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, un representante de la Ofi cina General de Comunicaciones, un representante de la Ofi cina de Logística y un representante de la Ofi cina de Economía; Que, en consecuencia resulta necesario implementar las medidas de Ecoefi ciencia en el Ministerio de Salud, por lo que es pertinente aprobar el documento denominado Directiva Administrativa sobre “Medidas de Ecoefi ciencia en el Ministerio de Salud”, a fi n de promover el ahorro en el Gasto Público y optimizar el uso racional de los recursos; así como, constituir el Comité de Ecoefi ciencia del Ministerio de Salud; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Administración, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud y del Decreto Supremo N° 009-2009-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Directiva Administrativa N° 185 -MINSA/OGA-V.01 “Medidas de Ecoefi ciencia en el Ministerio de Salud”, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Constituir el Comité de Ecoefi ciencia del Ministerio de Salud, el cual estará integrado por los siguientes miembros: í Un representante de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud, en calidad de Coordinador. í Un representante de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud. í Un representante de la Ofi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud. í Un representante de la Ofi cina de Logística de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud. í Un representante de la Ofi cina de Economía de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Salud. Artículo 3°.- Las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud constituirán sus Comités de Ecoefi ciencia e implementaran las medidas de Ecoefi ciencia conforme lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 009-2009-MINAM y la Guía de Ecoefi ciencia para Instituciones del Sector Público emitida por el Ministerio del Ambiente. El Comité de Ecoefi ciencia del Ministerio de Salud, brindará el apoyo que corresponde a las Unidades Ejecutoras, cuando éstos lo soliciten. Artículo 4°.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial, en la dirección electrónica http:// www. minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp del Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 680086-1