Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2011 (02/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, viernes 2 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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Es el organo encargado de fomentar el desarrollo integral de la juventud promoviendo el deporte y recreacion. Esta a cargo de un subgerente y depende jerarquicamente de la Gerencia de Participacion Vecinal y Promocion Social, teniendo las siguientes funciones: DEBE DECIR: Articulo 82º.- Funciones de la Subgerencia de Juventudes, Deporte y Recreacion Es el organo encargado de fomentar el desarrollo integral de la juventud promoviendo el deporte y recreacion. Esta a cargo de un subgerente y depende jerarquicamente de la Gerencia de Desarrollo Humano, teniendo las siguientes funciones: 723642-1 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 225-MDSM Mediante Oficio Nº 518-2011-SG/MDSM, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 225-MDSM, publicada en la edicion del 23 de noviembre de 2011. DICE: San MORDAZA, DEBE DECIR: San MORDAZA, 17 de noviembre de 2011 723644-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANTA
Aprueban Reglamento para el Otorgamiento de Licencias de Conducir Vehiculos Menores
ORDENANZA MUNICIPAL N° 094-CMPC Canta, 28 de noviembre de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANTA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha debatido el proyecto de ordenanza sobre el reglamento para el otorgamiento de licencias de conducir vehiculos menores, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo prescrito en el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades Distritales y Provinciales son Organos del Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, Que, la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 en el Articulo 9 numeral 8 establece que corresponde

al Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, Que, la misma MORDAZA, en el Articulo 81 numeral 1.1 y 1.2 establece que corresponde a las Municipalidades Provinciales en materia de MORDAZA, viabilidad y transporte publico, ejercen las funciones especificas exclusivas de normar, regular y planificar el transporte terrestre, fluvial y lacustre a nivel provincial, asimismo, normar y regular el servicio publico de transporte terrestre MORDAZA e interurbano de su jurisdiccion, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia, Que, mediante Decreto Supremo N° 040-2008-MTC, se aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre, Que el Decreto Supremo MORDAZA mencionado en el Articulo 9° inciso 1 senala que las Municipalidades Provinciales tienen competencia normativa para dictar las normas complementarias de caracter municipal necesarias para la regulacion de las licencias de conducir vehiculos de la categoria L de la clasificacion vehicular del Reglamento Nacional de Vehiculos, dentro de su jurisdiccion sin contravenir lo establecido en el Reglamento, asimismo, en el inciso 2 literal c) establece que tiene competencia de gestion para emitir y otorgar dentro de su jurisdiccion la licencia de conducir de la clase B a los postulantes que hayan aprobado los requisitos establecidos por la autoridad competente, Que, el Decreto Supremo N° 055-2010-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados o No Motorizados, en la Sexta Disposicion Complementaria establece que, las Licencias de conducir de vehiculos menores son otorgadas por las Municipalidades Provinciales y tiene validez a nivel nacional, Que, es necesario normar sobre el otorgamiento de las licencias de conducir para vehiculos menores, de conformidad con la normatividad vigente, y; Con las facultades que confiere la Ley Organica de Municipalidad N° 27972 con el MORDAZA por mayoria y una abstencion de los Senores Regidores y con la dispensa de lectura y aprobacion del acta, el Concejo Provincial de Canta, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE CONDUCIR VEHICULOS MENORES Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento para el Otorgamiento de Licencias de Conducir Vehiculos Menores en la Municipalidad Provincial de Canta, la misma que es parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Autorizar al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas para la mejor aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, para la incorporacion en el MORDAZA de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- DEROGAR, toda MORDAZA municipal que se oponga a la presente Ordenanza. Articulo Quinto.La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, encargandose a la Secretaria General dicha publicacion. POR TANTO: Mando que se registre, comunique, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA RUFFNER MORDAZA 723569-1

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