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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (10/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de diciembre de 2011 454714 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile (SVS) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en los Seminarios “Regulación de Capital Basado en Riesgos: Experiencias y Desafíos” y “Regulación de Capital Basado en Riesgo y Gobiernos Corporativos en el Sector Asegurador ”, organizado por la citada entidad en colaboración con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OECD), los mismos que se llevarán a cabo los días 12 y 13 de diciembre de 2011, en la ciudad de Santiago, República de Chile; CONSIDERANDO: Que, los referidos Seminarios estarán conducidos por representantes de la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile y autoridades reguladoras de países miembros de la OECD, quienes examinarán la regulación actual sobre solvencia basada en riesgos en Chile y la experiencia en los países miembros de la OECD; Que, en tanto los temas a tratar en los mencionados eventos serán de utilidad y aplicación directa para la mejora y fortalecimiento del marco de la normativa de riesgos, se ha designado a los señores Carlos Francisco Izaguirre Castro, Intendente General de Supervisión de Instituciones Previsionales y de Seguros de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros y Antonio Alejandro Cordero Rosado, Supervisor Principal I del Departamento de Supervisión de Riesgo Operacional de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, para que participen en los indicados seminarios; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-14, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2011, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interés para la institución; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en los indicados eventos, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2011; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros” y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2011, Nº SBS- DIR-ADM-085-14. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Carlos Francisco Izaguirre Castro, Intendente General de Supervisión de Instituciones Previsionales y de Seguros de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros y Antonio Alejandro Cordero Rosado, Supervisor Principal I del Departamento de Supervisión de Riesgo Operacional de la Superintendencia Adjunta de Riesgos de la SBS, del 11 al 14 de diciembre de 2011, a la ciudad de Santiago, República de Chile, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2011, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1844.60 Viáticos US$ 1200.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 726311-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL