Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (10/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de diciembre de 2011 454697 intervenciones a que hace referencia el Artículo 2º de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5º.- En el marco de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003- PCM, los Gobiernos Locales citados en el Cuadro Nº 01 que cuenten con página web publicarán necesariamente en ella y aquellos Gobiernos Locales que no cuenten con página web, publicarán necesariamente en los diarios de mayor circulación o en un lugar visible de la entidad, el resultado de las acciones y detalle de gastos dentro del cuarto trimestre del Año Fiscal 2011, de los recursos transferidos, sin perjuicio de las acciones de control que correspondan. Artículo 6º.- La Secretaría Ejecutiva de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional – CMAN, se encargará, de acuerdo a sus funciones, de velar por la ejecución de los Convenios referidos en el artículo 4º de la presente Resolución, así como del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para los cuales fueron entregados los recursos. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros 726771-1 Autorizan Transferencia Financiera del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros al Pliego 026 Ministerio de Defensa, para el pago del servicio de deuda al Banco de la Nación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 323-2011-PCM Lima, 7 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, el literal b) del artículo 2º de la Ley Nº 28455 - Ley que crea el Fondo para las Fuerza Armadas y Policía Nacional, señala que constituyen ingresos del Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional el 20% de las regalías que perciba el Gobierno Nacional del Lote 88 de Camisea en el año 2005; y el 40% a partir del año 2006; y el literal c) del mismo artículo señala el 30% del Lote 56 a partir de su explotación; Que, la distribución y uso de los recursos del mencionado Fondo se encuentran previsto en el artículo 3º de la Ley Nº 28455 – Ley que crea el Fondo para las Fuerza Armadas y Policía Nacional, modifi cado por la Cuadragésima Primera Disposición Final de la Ley Nº 29142 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; Que, el literal a) de la Segunda Disposición Final de la Ley Nº 28562 – Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, dispone que los recursos del Fondo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional son administrados por el Comité en la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el literal a) del numeral 16.1 del artículo 16º de la Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, autoriza en el presente año fi scal la realización de manera excepcional, de las transferencias fi nancieras entre entidades, fi gurando en ella la Presidencia del Consejo de Ministros, con cargo al Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú; asimismo, el numeral 16.2 del citado artículo, dispone que las transferencias fi nancieras autorizadas se realizan, para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, la misma que se publica en el diario ofi cial El Peruano; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 262-2011- PCM, se incorporó en el Presupuesto 2011 del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 003 Secretaria General – PCM, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, un monto de SESENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 64 668 902.00), proveniente de las regalías establecidas por la Ley Nº 28455, el cual será transferido al Pliego 026: Ministerio de Defensa para atender el pago del servicio de la deuda con el Banco de la Nación, en el marco de lo establecido por el Decreto Supremo Nº 218-2007-EF y el acuerdo del Comité del Fondo de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional de fecha 20 de julio de 2011; Que, mediante Informe Nº 015-2011-PCM/OGA, la Ofi cina General de Administración, informa que ha registrado recursos fi nancieros provenientes del Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional para atender la transferencia fi nanciera al Pliego 026 Ministerio de Defensa; Que, contando con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y Oficina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 28455 – Ley que crea el Fondo para las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y Decreto Supremo Nº 063- 2007-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia de Consejos de Ministros y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorización de Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros al Pliego 026 Ministerio de Defensa, hasta por la suma de SESENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DOS Y 00/100 (S/. 64 668 902.00), para el pago del servicio de la deuda al Banco de la Nación en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 218-2007-EF. Artículo 2º.- Afectación Presupuestal El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se aplicará al Presupuesto Institucional del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 003 Secretaria General – PCM, con cargo a los Recursos de la Fuente de Financiamiento: 5 Recursos Determinados – Rubro 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Rentas de Aduanas y Participaciones; Actividad 10000267, Componente 3000693. Secuencia Funcional 0060 “Fondo para las Fuerza Armadas y Policía Nacional, Grupo Genérico 5.2.4 Donaciones y Transferencias. Artículo 3º.- Exclusividad del Gasto Conforme a lo dispuesto por el numeral 16.3 del artículo 16º de la Ley Nº 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera, serán destinadas exclusivamente para los fi nes descritos en el artículo 1º de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros 726771-2