Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2011 (13/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 13 de diciembre de 2011

MORDAZA SINGULAR DE LA SENORITA DOCTORA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MIEMBRO TITULAR DEL MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES FUNDAMENTOS 1. Que, en el presente caso, la cuestion a determinar es si el pronunciamiento emitido por este Pleno al resolver en apelacion este expediente ha vulnerado el derecho al debido MORDAZA y a la tutela procesal efectiva. 2. Como indique en mi MORDAZA singular emitido en la Resolucion N.° 0796-2011-JNE, el derecho de elegir y ser elegidos que tienen los ciudadanos, de conformidad con el articulo 31 de la Constitucion Politica del Peru, no permite que se declare nuevamente la nulidad de la eleccion en el distrito de MORDAZA, pues ello implica desconocer la voluntad de los ciudadanos de dicha localidad que si acudieron a sufragar en los procesos electorales realizados el 3 de octubre de 2010. 3 de MORDAZA de 2011 y 20 de noviembre de 2011, quienes cumplieron diligentemente con el deber civico respaldado por la Constitucion Politica del Peru. Adicionalmente, dicha posicion se sustenta en el hecho de que se trata de una eleccion municipal complementaria, a la que no resulta aplicable la causal generica de nulidad de elecciones municipales ordinarias por inasistencia superior al 50% de la ciudadania, regulada en el articulo 36 de la Ley de Elecciones Municipales. 3. El resolver en sentido divergente, como se efectua en el MORDAZA en mayoria, conlleva a dejar en indefension a una poblacion que, en un importante porcentaje, ejercio su derecho de sufragio, lo que a, entender de la suscrita, deriva en que deba ampararse el presente recurso. Por los fundamentos expuestos, el sentido de mi MORDAZA es porque se declare FUNDADO el recurso extraordinario por afectacion al debido MORDAZA y a la tutela procesal efectiva interpuesto por el personero legal titular del partido politico Somos Peru contra la Resolucion N.° 0796-2011-JNE, que declaro infundado su recurso de apelacion contra el acta de proclamacion de resultados de computo de elecciones municipales realizadas en el distrito de MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por la causal de inasistencia al acto electoral. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General
727445-1

Electoral Especial para las Elecciones Municipales 2011 asuma competencia para la inscripcion, proclamacion de resultados y autoridades, y en general, para todas las materias segun la ley, en las Elecciones Municipales Complementarias del distrito de MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, con sede en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, que actuo con una mesa de partes en la MORDAZA donde se desarrollo el MORDAZA electoral. II. CONSIDERANDOS 1. El MORDAZA Electoral Especial para las Elecciones Municipales 2011 y el MORDAZA Nacional de Elecciones declararon la nulidad de las elecciones en el distrito de MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash. En ese sentido debe asegurarse y garantizar la continuidad de la gobernabilidad en el gobierno local en el cual se declaro la nulidad de las elecciones hasta que las nuevas autoridades MORDAZA electas y asuman el cargo en Elecciones Municipales Complementarias que se convocara en su oportunidad. 2. Por ello, en aplicacion del articulo 5, literal j, de la Ley N.° 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, corresponde ampliar la vigencia de las credenciales otorgadas a las autoridades ediles donde fue declarada nula la eleccion municipal complementaria, la cual debera prolongarse hasta que las nuevas autoridades MORDAZA elegidas en Elecciones Municipales Complementarias que se convocara en su oportunidad y asuman el cargo luego del MORDAZA de transferencia regulado en la Ley N.° 26997, Ley que establece la conformacion de las comisiones de transferencia de la administracion municipal. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Dar por concluido el MORDAZA de Elecciones Municipales Complementarias del ano 2011 convocado por Decreto Supremo N.° 072-2011-PCM publicado el 4 de agosto de 2011, y cuyo acto eleccionario se realizo el 20 de noviembre de 2011. Articulo Segundo.- Declarar que en el distrito de MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, las autoridades municipales elegidas para el periodo de gobierno municipal 2007-2010 continuen sus funciones, por lo que se mantiene la vigencia de sus credenciales hasta que las nuevas autoridades MORDAZA elegidas en Elecciones Municipales Complementarias que se convocara en su oportunidad y asuman el cargo, tras la culminacion del MORDAZA de transferencia establecido en la Ley N.° 26997. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, al Ministerio de Economia y Finanzas, a la Contraloria General de la Republica, al Banco de la Nacion, a la Oficina Nacional de Procesos Electorales y al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General
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Dan por concluido MORDAZA de Elecciones Municipales Complementarias del ano 2011 convocado mediante D.S. Nº 072-2011-PCM
RESOLUCION N.° 0814-2011-JNE

MORDAZA, doce de diciembre de dos mil once I. ANTECEDENTES Por Decreto Supremo N.° 072-2011-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 4 de agosto de 2011, se convoco a Elecciones Municipales Complementarias para el 20 de noviembre de 2011 en el distrito de MORDAZA (Huari, Ancash), con la finalidad de elegir alcaldes y regidores al haberse declarado la nulidad de las Elecciones Municipales Complementarias realizadas el pasado 3 de MORDAZA de 2011. Mediante Resolucion N.° 0674-2011-JNE, de fecha 5 de agosto de 2011, se dispuso que el MORDAZA

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