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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (15/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de diciembre de 2011 454902 Artículo 5°.- El mencionado Personal Naval revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 6º.- El citado Ofi cial Superior está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a la exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 8°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República OSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 729104-3 Autorizan ampliación de permanencia en Brasil de oficial de la Marina de Guerra, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 607-2011-DE/MGP Lima, 14 de diciembre de 2011 Visto el Ofi cio N.1000-2070 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 6 de setiembre de 2011; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 212-2011-DE/ MGP, de fecha 3 de junio de 2011, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Segundo Ernesto Martín QUIJANDRÍA Casanova, para que participe en el Curso Especial para Ofi cial de Comunicaciones, a realizarse la Fase Técnica en el Centro de Instrucción Almirante Wandenkolk (CIAW) y la Fase Operativa en el Centro de Adiestramiento Almirante Marqués de León (CAAML), del 27 de junio al 4 de octubre de 2011, en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil; Que, mediante Ofi cio N.1000-2070 del 6 de setiembre de 2011, del Director General de Educación de la Marina, se solicita la participación del Ofi cial nombrado en el considerando precedente, en el Curso de Perfeccionamiento de Comunicaciones de Superfi cie, en los mismos Centros de Instrucción y Adiestramiento Naval de la República de Brasil, teniendo en cuenta que se encuentra participando en el Curso Especial para Ofi cial de Comunicaciones, y que dicha designación responde a la necesidad de adquirir mayor experiencia, destreza y dominio en este tipo de capacitación, a fi n de actualizar y ampliar los conocimientos técnicos y operativos adquiridos en los diversos cursos del sistema de enseñanza naval, permitiendo al Ofi cial designado optimizar sus conocimientos en equipos de Comunicaciones, lo cual, a su vez contribuirá a elevar el nivel profesional de la Marina de Guerra del Perú; Que, siendo de interés institucional la capacitación profesional del Personal Naval, la Marina de Guerra del Perú ha considerado conveniente ampliar la autorización de permanencia en el exterior del Teniente Segundo Ernesto Martín QUIJANDRÍA Casanova, a fi n que participe en el Curso de Perfeccionamiento de Comunicaciones de Superfi cie, a realizarse la Fase Técnica en el Centro de Instrucción Almirante Wandenkolk (CIAW) y la Fase Operativa en el Centro de Adiestramiento Almirante Marqués de León (CAAML), en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, en el periodo del 5 de octubre de 2011 al 5 de junio de 2012; Que, la referida actividad ha sido incluida mediante Resolución Suprema Nº 385-2011-DE, del 15 de setiembre de 2011 en el Ítem 74 del Rubro 1: Formación/Califi cación/ Especialización, del Anexo 1 (RO), del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el Año Fiscal 2011, aprobado con Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG, de fecha 13 de enero de 2011 y sus modifi catorias; Que, la duración del Curso es de ocho (8) meses y cuatro (4) días, que comprende los años académicos 2011 y 2012, por lo que el pago correspondiente al periodo del 5 de octubre al 31 de diciembre de 2011, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público del presente Año Fiscal 2011; y, para el periodo del 1 de enero al 5 de junio de 2012, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público correspondiente a dicho período fi scal; Que, de conformidad con el Artículo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado por la Ley N° 29598, el Ofi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo Artículo y conforme al Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modifi cado por el Decreto Supremo N° 010-2010- DE, de fecha 20 de noviembre de 2010; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; Que, el Numeral 17.1 del Artículo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; norma que resulta aplicable por extensión y analogía a los actos de administración; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 001- 2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la ampliación de permanencia en el exterior en Misión de Estudios del Teniente Segundo Ernesto Martín QUIJANDRIA Casanova, CIP. 00915981, DNI. 43385836, para que participe en el Curso de Perfeccionamiento de Comunicaciones de Superfi cie, a realizarse la Fase Técnica en el Centro de Instrucción Almirante Wandenkolk (CIAW) y la Fase Operativa en el Centro de Adiestramiento Almirante Marqués de León (CAAML), ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, con efi cacia anticipada a partir del 5 de octubre de 2011 al 5 de junio de 2012. Artículo 2°.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero,