Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2011 (15/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

454907

Que, en el articulo 8° del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2011-PRODUCE, se establece que el IMARPE realizara las investigaciones sobre el citado recurso, a efectos de determinar su potencial de extraccion en forma sostenida, entre otros, para que el Ministerio de la Produccion establezca las medidas de ordenamiento pesquero de caracter biologico que se requieran; Que, el IMARPE mediante el Oficio N° PCD-100468-2011-PRODUCE/IMP, remitio al Ministerio de la Produccion el documento denominado "Sustento Tecnico del Crucero de Investigacion Conjunta del Calamar Gigante" del Instituto MORDAZA del Peru y la Agencia de Pesca del Japon, que se realizara desde el dia 16 diciembre 2011 hasta el 19 enero 2012, en el que se indica que el Calamar Gigante o Pota (Dosidicus gigas) constituye uno de los recursos de mayor importancia en el MORDAZA Este por su alta demanda a nivel nacional e internacional, principalmente en el MORDAZA asiatico. A traves del monitoreo de la pesqueria se dispone de informacion actualizada sobre los volumenes de captura, esfuerzo de pesca, indices de abundancia relativa y caracteristicas biologicas del recurso en las areas de operacion de la flota artesanal e industrial; lo cual proporciona un conocimiento parcial sobre su distribucion y concentracion; por lo que a traves de los cruceros de investigacion se obtiene informacion adicional sobre otras areas no ocupadas por la flota pesquera, permitiendo conocer el estado del citado recurso en un contexto nacional; Que, el IMARPE complementa lo senalado presentando una propuesta de Plan de Trabajo de investigacion, enfocado a conocer el estado actual y comportamiento del Calamar Gigante o Pota, con enfasis en los aspectos reproductivo, trofico y de migracion, asi como las interrelaciones del recurso con el ambiente MORDAZA durante el periodo de estudio y realizar una comparacion con el estado del recurso durante La MORDAZA 2010, a realizarse a traves de un Crucero de Investigacion Conjunta entre el Instituto MORDAZA del Peru y la Agencia de Pesca del Japon, a bordo del barco de investigacion cientifica KAIYO MARU, en el area comprendida entre los 04º00' Latitud Sur y 16º00' Latitud Sur MORDAZA jurisdiccional del Peru y MORDAZA adyacente, por un periodo de treinta y cinco (35) dias calendario desde el 16 de diciembre de 2011 (zarpe de Callao) al 19 de enero de 2012 (llegada a Callao) y con la participacion de seis (6) cientificos peruanos del IMARPE; Que, la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero a traves del Informe de Vistos, ha estimado pertinente se autorice a realizar un Crucero de Investigacion Conjunta entre el Instituto MORDAZA del Peru y la Agencia de Pesca del Japon, a bordo del barco de investigacion cientifica KAIYO MARU, en el area comprendida entre los 04º00' Latitud Sur y 16º00' Latitud Sur MORDAZA jurisdiccional del Peru y MORDAZA adyacente, con extraccion de muestras sin valor comercial, disponiendo que el mencionado Crucero de Investigacion se realice de acuerdo al Plan de Trabajo propuesto por el IMARPE; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0122001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2011-PRODUCE, asi como en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 1047 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; y, Con el visado de la Viceministra de Pesqueria y de los Directores Generales de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar al Instituto MORDAZA del Peru IMARPE, a realizar el Crucero de Investigacion Conjunta con la Agencia de Pesca del Japon, a bordo del barco de investigacion cientifica KAIYO MARU, en el area comprendida entre los 04º00' Latitud Sur y 16º00' Latitud Sur MORDAZA jurisdiccional del Peru y MORDAZA adyacente, por un periodo de treinta y cinco (35) dias calendario desde

el 16 de diciembre de 2011 al 19 de enero de 2012, con extraccion de muestras sin valor comercial. Articulo 2°.- Disponer que el Crucero de Investigacion Conjunta autorizado en el articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial, se realice de acuerdo al Plan de Trabajo propuesto por el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE y con la participacion de seis (6) cientificos peruanos de esa institucion. Articulo 3°.- La eficacia de la autorizacion otorgada por la presente Resolucion Ministerial, queda supeditada a la obtencion del permiso de navegacion otorgado por el Ministerio de Defensa. Articulo 4°.- El Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE debera presentar a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, en un plazo no mayor a seis (6) meses contados a partir de la culminacion del Crucero de Investigacion Conjunta, el Informe Final sobre las operaciones de investigacion. Articulo 5°.- Las operaciones de investigacion que se desarrollen en virtud de lo dispuesto por la presente Resolucion Ministerial estan sujetas al ordenamiento juridico pesquero vigente. Articulo 6°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAGGIA Ministro de la Produccion 728855-1

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionarios diplomaticos a Uruguay para participar en reuniones que se llevaran a cabo en el MORDAZA del MERCOSUR
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1196/RE-2011 MORDAZA,13 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la Politica Exterior del Peru consolidar su presencia regional e internacional y facilitar su MORDAZA de insercion a nivel global, contexto dentro del cual fue incorporado oficialmente como Estado Asociado al MORDAZA Comun del Sur (MERCOSUR), mediante la decision (CMC) Nº 39/03 del 15 de diciembre de 2003; Que, se realizaran la LXVII Reunion del Foro de Consulta y Concertacion Politica del MERCOSUR (FCCP), asi como la XLII Reunion del Consejo del MORDAZA Comun (CMC) y la Cumbre de Jefes de Estado de los Estados Parte del MERCOSUR y Estados Asociados, en la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay, del 16 al 20 de diciembre de 2011; Teniendo en cuenta la Hoja de Tramite (GAB) Nº 1320, del Despacho Ministerial, de 09 de diciembre de 2011; los Memoranda (DAE) N° DAE0876/2011, de la Direccion General para Asuntos Economicos, de 07 de diciembre de 2011; y (OPR) N° OPR1340/2011, de la Oficina de Programacion y Presupuesto, de 13 de diciembre de 2011, que otorga disponibilidad presupuestal al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, su Reglamento y modificatorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; asi como el articulo 10.1 inciso d) de la Ley Nº 29626; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, de los siguientes funcionarios diplomaticos, a la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay, para que participen en la LXVII Reunion del Foro de Consulta y Concertacion Politica del MERCOSUR (FCCP), la XLII Reunion del Consejo del MORDAZA Comun (CMC)

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