Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2011 (15/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 15 de diciembre de 2011

mismo que se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Educacion (http://www.minedu.gob.pe/normatividad/ resoluciones.php) en la misma fecha de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2.- Financiamiento La subvencion adicional autorizada en el articulo 1 del presente dispositivo se financiara con los recursos asignados al Instituto Peruano del Deporte, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados de su Presupuesto Institucional correspondiente al Ano Fiscal 2011. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos otorgados por la subvencion adicional referida en el articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados a fines distintos para los cuales son autorizados. Articulo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los catorce dias del mes de diciembre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion 729105-1

INTERIOR
FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1266-2011-IN Mediante Oficio Nº 3596-2011-IN/0601 el Ministerio del Interior solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 1266-2011-IN publicada en la edicion del 11 de diciembre de 2011. DICE: "Lima, 11 de diciembre de 2011". DEBE DECIR: "Lima, 10 de diciembre de 2011". 728446-1

PRODUCE
Autorizan al IMARPE a realizar el Crucero de Investigacion Conjunta con la Agencia de Pesca del Japon a bordo de barco de investigacion cientifica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 392-2011-PRODUCE MORDAZA, 14 de diciembre de 2011 VISTOS: Los Oficios N° PCD-100-468-2011PRODUCE/IMP y N° PCD-100-493-2011-PRODUCE/IMP de fechas 1 y 13 de diciembre de 2011 del Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE, el Informe Nº 889-2011-PRODUCE/ DGEPP-Dch del 13 de diciembre de 2011 de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero y el Informe Nº 196-2011-PRODUCE/OGAJ-rzarate del 13 de diciembre de 2011 de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 13° del Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca, establece que la investigacion pesquera esta orientada a obtener y proporcionar permanentemente las bases cientificas que sustentan el desarrollo integral y armonico del MORDAZA pesquero; Que, el articulo 14° de la mencionada Ley establece que el Estado promueve e incentiva la investigacion y capacitacion pesquera que realizan los organismos publicos especializados del Sector y las Universidades, asi como la que provenga de la iniciativa de personas naturales o juridicas del sector privado, cuyos resultados deberan ser oportunamente difundidos por medios apropiados; Que, el articulo 23° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0122001-PE, menciona que estan exceptuados del pago de derechos por investigacion los organismos publicos descentralizados del sector pesquero dedicados a la investigacion cientifico - pesquera y capacitacion; Que, el articulo 25° del mencionado Reglamento establece que el Ministerio de de la Produccion, mediante Resolucion Ministerial, por plazo determinado, podra autorizar a instituciones especializadas extranjeras, la realizacion de actividades de investigacion cientifica o tecnologica en aguas jurisdiccionales peruanas. El permiso de pesca en favor de la institucion extranjera estara condicionado a la obtencion del permiso de navegacion conferido por la autoridad maritima, siempre que las investigaciones se ejecuten con la obligatoria participacion del personal que designe IMARPE; asimismo, se debe proporcionar al Ministerio la informacion completa relativa a las investigaciones realizadas, en el plazo que establezca la correspondiente Resolucion Ministerial;

Modifican fecha limite establecida en el literal a) del articulo 2 de la R.M. Nº 600-2011-ED
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0620-2011-ED MORDAZA, 14 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 600-2011ED, y en el MORDAZA de la Movilizacion Nacional por el Primer Dia de Clases, se dictaron las disposiciones para el MORDAZA de reasignacion por interes personal y unidad familiar de personal docente nombrado en instituciones educativas de Educacion Basica y Educacion Tecnico Productiva para el ano 2012; Que, se han recibido multiples solicitudes para ampliar la fecha limite de MORDAZA de expedientes, en atencion a las diversas actividades que desarrollan los profesores durante el cierre del periodo lectivo o ciclo promocional en las instituciones educativas; Que, en tal virtud, resulta conveniente modificar la fecha limite establecida en la Resolucion Ministerial precitada para la recepcion de expedientes, por lo que debe emitirse el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo N° 006-2006-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo unico.- Modificar el literal a) del articulo 2 de la Resolucion Ministerial N° 600-2011-ED, conforme al texto siguiente: "a) Recepcion de expedientes hasta el 31 de diciembre del ano 2011". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion 728665-1

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