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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de diciembre de 2011 455160 de Huánuco, cuyas peticiones se han realizado con Oficio Nº 161-2011-HRHVM-DE-OEPE, Oficio Nº 871- 2011-HRHVM-DE-OEPE, Oficio872-2011-HRHVM- DE-OEPE, el mismo que debe ser modificado por haberse nombrado de manera gradual a trabajadores que integran la Ley Nº 28498 (Nombramientos de Profesionales no Médicos) y la Ley Nº 28560 (Nombramientos de Técnicos y Auxiliares, Asistenciales y Administrativos, y profesionales ), mediante Informe Nº 012--2011-GRH/-GRPPAT/SGDIS, de fecha 20 de junio del 2011, el Sub Gerente de Desarrollo Institucional y Sistemas remite a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la propuesta de Modificación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Hospital Regional Hermilio Valdizan Medrano de Huánuco, lo que contiene los cargos clasificados en base a la estructura orgánica prevista en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Que, mediante Informe 567-2011-GRH/ORAJ, de fecha 18 de julio del 2011, la ofi cina de Asesoría Jurídica emite opinión legal sobre la procedencia de modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal del Hospital Regional Hermilio Valdizan Medrano – Huánuco; Que, el Consejo Regional a través de Ordenanzas Regionales, de conformidad con lo previsto en el Art. 15º, Inc.”a”, de la Ley Nº 27867 que señala : Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el Inc. “a” del Artículos 37º y 38º del acotado cuerpo normativo; correspondiendo en consecuencia al Consejo Regional como parte de su función normativa, aprobar los documentos de gestión de diversa naturaleza, propuestos por las entidades comprendidas en el ámbito administrativo del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación por el Ejecutivo; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de Huánuco de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta;. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP) DEL HOSPITAL REGIONAL “HERMILIO VALDIZAN MEDRANO” - HUANUCO. ORDENA: Artículo Primero .- APROBAR, la Modificación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Hospital Regional Hermilio Valdizan Medrano de Huánuco con la implementación de 296 cargos presupuestados y la habilitación de 247 cargos previstos en las diferentes Unidades Orgánicas creadas, haciendo un total de 543 cargos de acuerdo a los formatos, según anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo .- ENCARGAR, al Hospital Regional Hermilio Valdizán Medrano de Huánuco efectúe la publicación en estricta observancia de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867. Artículo Tercero.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal del Gobierno Regional de Huánuco en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales . Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional, entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Huánuco para su promulgación. En Huánuco, a los 28 del mes de Octubre del 2011. SEBASTIÁN CAMPOS MEZA Consejero Delegado Gobierno Regional Huánuco Por tanto: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco, en la Sede del Gobierno Regional Huánuco, a los 09 días mes de noviembre del 2011 LUIS R. PICÓN QUEDO Presidente Gobierno Regional Huánuco 730348-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Modifican el D.A. Nº 023, sobre convocatoria a elecciones de la Junta Directiva del Consejo de Desarrollo Juvenil de Ate DECRETO DE ALCALDÍA N° 024 Ate, 16 de diciembre de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE VISTO; el Informe N° 158-2011-MDA/GDSG-SGDHC de la Sub Gerencia de Desarrollo Humano y Cultural, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 023 de fecha 09 de diciembre del 2011, se aprueba la Conformación de la Junta Directiva del Consejo de Desarrollo Juvenil de Ate, cuya vigencia será de dos (2) años periodo 2012 -2013; y el Reglamento para el Proceso de Elección de la Junta Directiva del Consejo de Desarrollo Juvenil de Ate; Que, mediante Informe N° 158-2011-MDA/GDSG- SGDHC, la Sub Gerencia de Desarrollo Humano y Cultural, señala un nuevo cronograma, en tal sentido solicita modifi car el articulo 5° del Decreto de Alcaldía N° 023 de fecha 09.12.2011, debiéndose convocar a elecciones y publicación de la nueva Junta Directiva del Consejo de Desarrollo Juvenil de Ate 2012 -2013 para el día 28 de diciembre del 2011; Consecuentemente, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del articulo 20°, articulo 39° y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Artículo 1°.- MODIFICAR; el artículo 5° del Decreto de Alcaldía N° 023 de fecha 09.12.2011, debiéndose convocar a elecciones de la Junta Directiva del Consejo de Desarrollo Juvenil de Ate 2012 -2013 el día 28 de diciembre del 2011. Artículo 2°.- ENCARGAR; el cumplimiento e implementación gradual del Plan de Trabajo aprobado mediante el presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Social, y demás Unidades Orgánicas competentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 730491-1