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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (20/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de diciembre de 2011 455145 De conformidad con lo establecido por el artículo 45° de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 153 551 664,00) a favor del pliego 007: Ministerio del Interior para ser destinado a fi nanciar el pago de altas y ascensos del personal policial, la aplicación del Decreto de Urgencia N° 047-2011, el pago de nuevas pensiones y para atender los gastos en combustibles que permitan mejorar el orden interno, especialmente en seguridad ciudadana; y del pliego 026 Ministerio de Defensa para fi nanciar los vuelos de prueba, comprobación e instrucción, gastos de entrenamiento y operación, niveles de seguridad de unidades navales y para el abastecimiento de los puestos integrados de vigilancia y control, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central Pliego 009 : Ministerio de Economía y Finanzas Unidad Ejecutora 001 : Administración General Función 03 : Planeamiento Gestión y Reserva de Contingencia Programa Funcional 008 : Reserva de Contingencia Subprograma Funcional 014 : Reserva de Contingencia Actividad 1.000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público Fuente de Financiamiento 1 : Recursos Ordinarios Gastos Corrientes 2.0 Reserva de Contingencia 153 551 664,00 ------------------------ TOTAL EGRESOS 153 551 664,00 ============= A LA: SECCION PRIMERA : Gobierno Central Pliego 007 : Ministerio del Interior Unidad Ejecutora 002 : Dirección de Economía y Finanzas de la PNP Función 05 : Orden Interno y Seguridad Programa Funcional 014 : Orden Interno Subprograma Funcional 0028 : Operaciones Policiales Actividad 1.000497 : Vigilancia Policial de Naturaleza Civil Fuente de Financiamiento 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 89 186 103,00 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 15 928 785,00 2.3 Bienes y Servicios 23 436 776,00 --------------------- TOTAL PLIEGO 007 128 551 664,00 Pliego 026 : Ministerio de Defensa Función 04 : Defensa y Seguridad Nacional Programa Funcional 013 : Defensa y Seguridad Nacional Subprograma Funcional 0026 : Defensa Nacional Fuente de Financiamiento 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 25 000 000,00 --------------------- TOTAL PLIEGO 026 25 000 000,00 TOTAL EGRESOS 153 551 664,00 ============= Artículo 2°.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1° del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 730886-1 Disponen que las municipalidades distritales y provinciales para efecto de la aprobación y promulgación de sus presupuestos institucionales, aplican, únicamente, el plazo establecido en el Cuadro de Plazos para la Programación y Formulación de los Gobiernos Locales - Año Fiscal 2012, aprobado por R.D. Nº 004-2011-EF/50.01 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 020-2011-EF/50.01 Dictan medida para la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura 2012 de los Gobiernos Locales Lima, 14 de Diciembre de 2011 Que, la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP) es el órgano rector del Sistema Nacional de Presupuesto, dicta las normas y establece los procedimientos relacionados con su ámbito, en el marco del perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria, siendo que la DGPP, conforme a la citada Ley, tiene como funciones la de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, de acuerdo al Cuadro de Plazos para la Programación y Formulación de los Gobiernos Locales – Año Fiscal 2012, aprobado por la Resolución Directoral N° 004-2011-EF/50.01, se establece que hasta el 30 de diciembre de 2011, las Municipalidades Distritales y Municipalidades Provinciales aprueban y promulgan