Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (20/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de diciembre de 2011 455151 Nombres y Apellidos Pasajes aéreos US$ Viáticos por día US$ N° de días Total viáticos US$ Juan Fidel Paima Sarmiento 970.50 200.00 8 1 600.00 Cosme Aldo Saavedra Bustinza 970.50 200.00 8 1 600.00 Javier Arturo Cardoza Chira 1017.70 200.00 8 1 600.00 Henry Carlos Ramírez Llanos 1017.70 200.00 8 1 600.00 Artículo 3°.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue la permanencia de los miembros de la ANTAR XX en la Estación Científi ca Antártica Machu Picchu (ECAMP), correspondiente al 30% del total de viáticos por día, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 33896 Realización Periódica de las Campañas Científi cas a la Antártica, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días posteriores al término de la expedición, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Viáticos por día US$ N° de días Total Viáticos US$ Raúl Enrique Jara Ibáñez 60.00 61 3 660.00 Edgar Huarajo Casaverde 60.00 56 3 360.00 Marco Antonio Vásquez Morales 60.00 61 3 660.00 Romel Axel Blas Valverde 60.00 61 3 660.00 Dalmesio Farfán Acuña 60.00 61 3 660.00 Juan Merino Navarro 60.00 61 3 660.00 John Edward Juande Sarmiento 60.00 61 3 660.00 Joel García Angulo 60.00 61 3 660.00 Marcos Pacheco Sánchez 60.00 61 3 660.00 Néstor Ticona Causa 60.00 61 3 660.00 Carlos Augusto Rivas Nima 60.00 61 3 660.00 Gemner Rubén Mendoza Palomino 60.00 61 3 660.00 Javier Fabio Flores Quispe 60.00 61 3 660.00 Ronald Ricardo Orozco Rivera 60.00 61 3 660.00 Demetrio López Castañeda 60.00 61 3 660.00 Wilmer MIguel Najarro Quiquia 60.00 61 3 660.00 Genaro Telesforo Toledo Rodríguez 60.00 61 3 660.00 Pablo Antay Obregón 60.00 61 3 660.00 Juan Fidel Paima Sarmiento 60.00 61 3 660.00 Cosme Aldo Saavedra Bustinza 60.00 61 3 660.00 Javier Arturo Cardoza Chira 60.00 56 3 360.00 Henry Carlos Ramírez Llanos 60.00 56 3 360.00 Artículo 4°.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios deberán presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Defensa. Artículo 7º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 730883-1 Autorizan viaje de funcionarios a Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1222/RE-2011 Lima, 17 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, el Perú concede particular importancia a la relación bilateral con el Estado Plurinacional de Bolivia, basada en intereses comunes en los ámbitos de cooperación, desarrollo e inclusión social en la zona fronteriza, manejo compartido de los recursos hídricos e integración económica y comercial; Que, es necesario realizar un seguimiento de los compromisos asumidos en la visita de trabajo que realizó el Ministro de Relaciones Exteriores, Fortunato Rafael Roncagliolo Orbegoso, el 30 de agosto de 2011, contexto en el cual sostuvo un encuentro bilateral con el Canciller de ese país, señor David Choquehuanca Céspedes; Teniendo en cuenta los Memoranda (DGA) N° DGA0763/ 2011, de la Dirección General de América, de 16 de diciembre de 2011; y (OPR) N° OPR1348/2011, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 16 de diciembre de 2011, que otorga disponibilidad presupuestal al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; el Decreto Legislativo N° 1057 que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, la Resolución Ministerial 0531-2011/ RE, Directiva Nº 01-2011 para la aplicación del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; así como el artículo 10.1 inciso d) de la Ley Nº 29626; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios, a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, el 19 de diciembre de 2011, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución: • Embajador en el Servicio Diplomático de la República Claudio Julio De la Puente Ribeyro, Director General de América; • Señor Juan José Ruda Santolaria, Contratado Administrativo de Servicios, Asesor del Gabinete de Asesoramiento Especializado del Despacho Ministerial para Asuntos Jurídicos; y, • Señor Luis Alberto Adrianzén Merino, Asesor del Ministro de Relaciones Exteriores. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 01281: Promoción, Ejecución y Evaluación de las Acciones de Política Exterior, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Claudio Julio De la Puente Ribeyro 1,149.00 200.00 1+1 400.00 Juan José Ruda Santolaria 1,149.00 200.00 1+1 400.00 Luis Alberto Adrianzén Merino 1,390.00 200.00 1+1 400.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios presentarán ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirán. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 730468-1