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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (27/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de diciembre de 2011 455898 circunstancias agravantes previstas en los numerales 1, 2, 3 y 4 del artículo 108. Si la víctima del delito descrito es o ha sido la cónyuge o la conviviente del autor, o estuvo ligada a él por una relación análoga el delito tendrá el nombre de feminicidio.” Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación. En Lima, a los cinco días del mes de diciembre de dos mil once. DANIEL ABUGATTÁS MAJLUF Presidente del Congreso de la República MANUEL ARTURO MERINO DE LAMA Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República OSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 733687-1 PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA DECRETO DE URGENCIA Nº 061-2011 AMPLÍAN VIGENCIA DEL DECRETO DE URGENCIA Nº 018-2011 POR EL CUAL SE DICTAN MEDIDAS PARA BENEFICIAR CON VIVIENDAS, EN EL MARCO DEL DECRETO DE URGENCIA Nº 047-2010 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 018-2011, se dictaron medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y fi nanciera para benefi ciar con vivienda a los herederos legales de los efectivos policiales a que se refi ere el segundo párrafo del literal a) del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 047-2010; Que, conforme lo establece el artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 018-2011, la vigencia del dispositivo invocado rige hasta el 31 de diciembre de 2011; Que, no obstante las acciones efectuadas para dar cumplimiento a lo dispuesto por la norma en mención, a la fecha queda pendiente de realizar las actividades necesarias para lograr su propósito, cual es proporcionar viviendas a los herederos legales de los efectivos policiales que fueron ascendidos mediante Resolución Ministerial Nº 374-2009-IN/PNP, Resolución Directoral Nº 4775-DIRREHUM PNP, Resolución Directoral Nº 4776-DIRREHUM PNP, Resolución Directoral Nº 4777- DIRREHUM PNP y Resolución Directoral Nº 562-2010-IN/ PNP, conforme lo dispone el según párrafo del literal a) del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 047-2010; Que, atendiendo a lo expuesto, resulta necesario disponer la ampliación de la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 018-2011, con la fi nalidad de culminar con las acciones que implican un reconocimiento del actuar excepcional del personal policial a que se hace referencia en la norma antes indicada; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y numeral 2) del artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo – Ley Nº 29158; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Ampliación de la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 018-2011. Amplíese la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 018- 2011 que dictan medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y fi nanciera para benefi ciar con vivienda a los herederos legales de los efectivos policiales a que se refi ere el segundo párrafo del literal a) del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 047-2010, hasta el 31 de diciembre de 2012, contados a partir del 01 de enero de 2012. Artículo 2º.- Refrendo. El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro del Interior y el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas DANIEL E. LOZADA CASAPIA Ministro del Interior RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 733687-2 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aprueban Reglamento del Concurso Público para la Selección de los Postulantes al cargo de Presidente del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos DECRETO SUPREMO Nº 097-2011-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, se establece la composición, requisitos, incompatibilidades y el procedimiento de designación de los miembros de los Consejos Directivos de los