Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2011 (27/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 27 de diciembre de 2011

Articulo 5.- Secretaria Tecnica de la Comision La Secretaria Tecnica de la Comision de Seleccion estara a cargo de la Secretaria General de la Presidencia del Consejo de Ministros, la cual brindara el apoyo administrativo y tecnico correspondiente. Articulo 6.- Convocatoria a Concurso Publico La Comision de Seleccion convocara al Concurso Publico a que se refiere el presente Reglamento dentro de los tres (03) dias habiles siguientes de la fecha en que tiene lugar su instalacion. Articulo 7.- Naturaleza de los actos de la Comision de Seleccion Los actos de la Comision de Seleccion tienen calidad de actos de administracion interna conforme a lo dispuesto en el articulo 1º numeral 1.2 inciso 1.2.1 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. TITULO II ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCION Articulo 8.- Etapas y reglas generales del procedimiento El Concurso Publico para la seleccion de los postulantes al cargo de Presidente del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos tiene las siguientes etapas: a) Convocatoria a.1) Postulacion a.2) Declaracion de postulantes aptos b) Evaluacion b.1) Evaluacion Curricular b.2) Evaluacion Escrita b.3)Entrevista Personal c) Seleccion c.1) Formulacion de propuesta de lista por la Comision Las postulaciones deberan efectuarse de manera personal. Las etapas del procedimiento son eliminatorias. Los puntajes obtenidos no son acumulativos. Los resultados de cada etapa, asi como los resultados finales, despues de culminada la entrevista personal, seran publicados en el MORDAZA de la Presidencia del Consejo de Ministros. Se considera notificacion valida para los fines del procedimiento la difusion de los resultados en la fecha de publicacion en el MORDAZA de la Presidencia del Consejo de Ministros. La inasistencia a cualquiera de las etapas de evaluacion acarrea la eliminacion del postulante. Se considera inasistencia, de manera objetiva, el hecho de no estar presente al momento en que se inicia cualquiera de las etapas de evaluacion. La labor de la Comision de Seleccion concluye con la entrega de la lista de los postulantes que hayan alcanzado el mayor puntaje. El Presidente del Consejo de Ministros pondra a consideracion del Presidente de la Republica la lista de postulantes para la designacion en el cargo de Presidente del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos. TITULO III CONVOCATORIA AL CONCURSO PUBLICO Articulo 9.- Convocatoria y su vigencia.La Comision de Seleccion realizara la convocatoria al Concurso Publico , respecto de cada una de las Presidencias de los Organismos Reguladores a traves de

un aviso a publicarse, por unica vez, en el Diario Oficial El Peruano y en cualquier otro diario de circulacion nacional. En la misma fecha, la convocatoria debera ser difundida en el MORDAZA electronico de la Presidencia del Consejo de Ministros y en el MORDAZA de los Organismos Reguladores respectivos. Los avisos de convocatoria deberan contener la siguiente informacion minima: a) Requisitos generales para postular b) Fecha de cierre de la etapa de postulacion c) Lugar a donde debera remitirse el Curriculum Vitae y la documentacion requerida. TITULO IV POSTULACION Articulo 10.- La Postulacion El plazo para postular sera de cinco (05) dias habiles contados desde el dia siguiente de la fecha de la publicacion del aviso a que se refiere el articulo precedente. Vencido dicho plazo se cerrara la etapa de postulacion al Concurso Publico. Articulo 11.- De la documentacion a presentar por los postulantes Los postulantes deberan presentar, de manera personal, los siguientes documentos: a) Curriculum Vitae documentado, debiendo incluir MORDAZA legalizada o autenticada de los documentos que acrediten la formacion academica y la experiencia profesional. b) Declaracion Jurada en la que se indique cumplir con los requisitos exigidos conforme a la Ley Nº 27332; no tener incompatibilidades para ser designado como Presidente de Consejo Directivo y declarar la veracidad de la informacion contenida en su Curriculum Vitae (Anexo 1). c) Formulario de postulacion debidamente completado (Anexo 2). d) Declaracion de integridad (Anexo 3). Articulo 12.- Requisitos que deben cumplir los postulantes Los postulantes, deberan cumplir con los requisitos senalados en la Ley Nº 27332 y en el Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM, tal como se indica a continuacion, y no estar incursos en las incompatibilidades establecidas en las referidas normas. Los requisitos a cumplir son: a) Ser profesional con no menos de diez (10) anos de ejercicio. b) Contar con reconocida solvencia e idoneidad profesional. Este requisito se acreditara demostrando: · No menos de tres (03) anos de experiencia en el desempeno de cargos de direccion, entendiendose por tales aquellos desempenados en la alta direccion de empresas u organismos del Estado y/o empresas privadas; y, · No menos de cinco (05) anos de experiencia en materias que configuran el objeto de competencia del organismo regulador; c) Acreditar, por lo menos, estudios de maestria concluidos en materias relacionadas a la actividad objeto de competencia del organismo regulador. En el caso de los estudios de maestria concluidos y que hayan sido realizados en el extranjero, estos deberan estar reconocidos, revalidados o convalidados ante la Asamblea Nacional de Rectores. Para fines de lo establecido en los incisos que anteceden, las maestrias que seran consideradas para efectos del procedimiento podran estar referidas a materia legal, regulatoria, de administracion, economica, o materia tecnica que se encuentre relacionada a las actividades y funciones del organismo regulador. d) No estar incursos en ninguna de las incompatibilidades establecidas en el articulo 8 de la

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