TEXTO PAGINA: 20
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de diciembre de 2011 455914 del Perú, informa que en la Sesión Ordinaria Nº 44 del 1 de diciembre de 2010, se acordó autorizar a la Gerencia General del Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú, para que realice la transferencia económica por el importe de Ocho Mil Setecientos Cuarenta con 00/100 Dólares Americanos (US$ 8,740.00), a la Clínica Central Cira García Reyes de La Habana-Cuba, para el tratamiento médico especializado del Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Rudy Abel LLANOS TAPIA, el mismo que requiere de una “cistectomia total más derivación urinaria”, por padecer de “cistitis intersticial”; asimismo, informa que sufragará los gastos por concepto de pasajes la cantidad de Ochocientos Noventa con 00/100 Dólares Americanos (US$ 890.00) y Treinta y Uno con 00/100 Dólares Americanos (US$ 31.00), por concepto de Tarifa Única de Uso de Aeropuerto, para el acompañante; Que, mediante Ofi cio Nº 194-2011-DIRECFIN-PNP/ DIVPRE del 1 de febrero de 2011, se determina que la Dirección de Economía de la Policía Nacional del Perú, abonará al Subofi cial Superior de la Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Rudy Abel LLANOS TAPIA, el concepto de remuneración por tratamiento médico especializado ascendente a la suma de Dos Mil Seiscientos con 00/100 Dólares Americanos (US$ 2,600.00), monto que se encuentra presupuestado de conformidad a la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 094-2011- DIRECFIN-PNP-DIVPRE del 1 de febrero de 2011, la División de Ejecución Presupuestal de la Dirección de Economía de la Policía Nacional del Perú, ha emitido la Nota de Certificación de Crédito Presupuestario Nº 295 del 27 de setiembre de 2011, la misma que ha sido registrada en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público, de acuerdo al Ofi cio Nº 1619- 2011-DIRECFIN-PNP/DIVPRE de 27 de setiembre de 2011, asimismo, sufragará el gasto por concepto de pasaje la cantidad de Mil Cuarenta y Ocho con 00/100 Dólares Americanos (US$ 1,048.00) y Treinta y Uno con 00/100 Dólares Americanos (US$ 31.00), por concepto de Tarifa Única de Uso de Aeropuerto, de conformidad al Proyecto de Liquidación Nº 04-D.PyB-DIRECFIN-2011 del 27 de enero de 2011; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN del 11 de marzo de 2009, hace extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú, los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2044, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2044, el Decreto Supremo Nº 028-2006- DE-SG del 13 de diciembre de 2006 y el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG del 3 de febrero de 2009, que aprueba el “Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa”, en el cual se establece que el Personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas, tiene derecho a recibir tratamiento médico especializado en el extranjero cuando no haya logrado su total recuperación en el país; Que, de acuerdo a los dispositivos legales mencionados y teniendo en cuenta la importancia del viaje del Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Rudy Abel LLANOS TAPIA, para recibir tratamiento médico especializado en la Clínica Central Cira García Reyes de La Habana-Cuba, la cual se encuentra presupuestada, resulta viable la autorización correspondiente; y, De conformidad con la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Ley Nº 27238 - Ley de la Policía Nacional del Perú; Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29334, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2005-IN, modifi cado por Decreto Supremo Nº 003-2007-IN y a lo previsto en el Reglamento del Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Resolución Ministerial Nº 024-2009-IN/PNP del 16 de enero de 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al extranjero del Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Rudy Abel LLANOS TAPIA, en compañía de un familiar, para ser sometido a tratamiento médico especializado en la Clínica Central Cira García Reyes de La Habana - Cuba, por un período de treinta (30) días, a partir de la fecha de expedición de la presente resolución. Artículo 2º.- La Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, abonará al Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Rudy Abel LLANOS TAPIA, la cantidad de Dos Mil Seiscientos con 00/100 Dólares Americanos (US$ 2,600.00), por concepto de remuneración por tratamiento médico en el extranjero, asimismo; sufragará el gasto por concepto de pasaje la suma de Mil Cuarenta y Ocho con 00/100 Dólares Americanos (US$ 1,048.00) y Treinta y Uno con 00/100 Dólares Americanos (US$ 31.00), por concepto de Tarifa Única de Uso de Aeropuerto, para el mencionado efectivo de la Policía Nacional del Perú. Artículo 3º.- El Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú cubrirá los gastos que demande el tratamiento médico del Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Rudy Abel LLANOS TAPIA, en la Clínica Central Cira García Reyes de La Habana-Cuba, ascendente a la cantidad de Ocho Mil Setecientos Cuarenta con 00/100 Dólares Americanos (US$ 8,740.00), al mencionado nosocomio y sufragará los gastos por concepto de pasaje la cantidad de Ochocientos Noventa con 00/100 Dólares Americanos (US$ 890.00) y Treinta y Uno con 00/100 Dólares Americanos (US$ 31.00), por concepto de Tarifa Única de Uso de Aeropuerto, para el acompañante del mencionado efectivo de la Policía Nacional del Perú. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días de haber retornado de viaje, el personal policial autorizado deberá presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 5º.- Dentro de los siete (7) días de haber retornado de viaje, el personal policial autorizado deberá presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, al Presidente de la República a través de la Secretaría del Consejo de Ministros. Artículo 6º.- La presente resolución suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros DANIEL E. LOZADA CASAPIA Ministro del Interior 733687-8 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 170-2011-IN Lima, 26 de diciembre de 2011 VISTO, el Ofi cio Nº 616-2010-DGPNP-FOSPOLI/ GG-DIVAREG-DTE del 20 de setiembre de 2010, relacionado a la autorización de viaje al extranjero del Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro José Cipriano PEJERREY ROJAS, para recibir tratamiento médico especializado en el Centro Internacional de Retinosis Pigmentaria “Camilo Cienfuegos” de La Habana - Cuba, por un período de veintiún (21) días. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 578-2002- DIRGEN/DIRPER del 19 de marzo de 2002, el Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú José Cipriano