Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2011 (27/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, martes 27 de diciembre de 2011

NORMAS LEGALES

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Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; Que, conforme a la Sexagesima Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 29289, se autorizo al Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria OSINERGMIN; al Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; al Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico - OSITRAN; y, a la Superintendencia Nacional de Servicios y Saneamiento - SUNASS a incorporar dentro de sus correspondientes MORDAZA de Asignacion de Personal a sus respectivos Presidentes; Que, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, ha clasificado a los Organismos Reguladores como Organismos Publicos Especializados adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros y ha establecido que los miembros de sus Consejos Directivos son designados mediante Concurso Publico; Que, por Decreto Supremo Nº 014-2008-PCM se reglamento el Concurso Publico para la designacion de los miembros de los Consejos Directivos de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, cuyos alcances fueron extensivos a los Presidentes de los Consejos Directivos de los Organismos Reguladores, sin embargo no se tuvo en cuenta la condicion del desempeno del cargo directriz a dedicacion exclusiva; Que, por ello, resulta necesario establecer las reglas aplicables al procedimiento que norme el Concurso Publico para la seleccion de los postulantes al cargo de Presidente del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores, tomando en cuenta su condicion de titulares de la entidad, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 6.3 del articulo 6 de la Ley Nº 27332- Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; En uso de la facultad que confiere el inciso 8) del Articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Reglamento del Concurso Publico para la Seleccion de los Postulantes al cargo de Presidente del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos Aprobar el Reglamento del Concurso Publico para la seleccion de los postulantes al cargo de Presidente del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores (OSITRAN, OSIPTEL, SUNASS, OSINERGMIN) y sus anexos, los mismos que como anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Publicacion de Anexo El Anexo mencionado en el articulo anterior sera publicado en el MORDAZA electronico de la Presidencia del Consejo de Ministros, el mismo dia de la publicacion del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Articulo 4º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion conforme al articulo 2º del presente Decreto Supremo. Disposicion Complementaria Transitoria Articulo Unico.- Por Resolucion Ministerial, la Presidencia del Consejo de Ministros podra dictar disposiciones que complementen las normas dictadas en el presente Reglamento, que puedan resultar necesarias para la mejor consecucion de los fines del procedimiento de seleccion y designacion. Disposicion Complementaria Derogatoria Articulo Unico.- Deroguese el literal b) del articulo 7º del Decreto Supremo Nº 014-2008-PCM, en el extremo

en el que se haga referencia al Presidente del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de diciembre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros REGLAMENTO DEL CONCURSO PUBLICO PARA LA SELECCION DE LOS POSTULANTES AL CARGO DE PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LOS ORGANISMOS REGULADORES DE LA INVERSION PRIVADA EN LOS SERVICIOS PUBLICOS TITULO I DISPOSICIONES GENERALES DEL REGLAMENTO Y DE LA COMISION A CARGO DEL PROCEDIMIENTO Articulo 1.- Ambito de aplicacion del presente Reglamento El presente Reglamento tiene por objeto establecer el procedimiento del Concurso Publico para la seleccion de los postulantes al cargo de Presidente del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos a los que se refiere la Ley Nº 27332. Articulo 2.- Inicio del procedimiento de seleccion El procedimiento se inicia con la emision de la Resolucion Ministerial que expide la Presidencia del Consejo de Ministros, por la que se conforma la Comision de Seleccion que estara a cargo del Concurso Publico a traves de sus etapas de convocatoria, evaluacion y seleccion de postulantes al cargo de Presidente del Consejo Directivo de los Organismos Reguladores. Articulo 3.- Conformacion de la Comision de Seleccion La Comision de Seleccion a que se refiere el articulo 2º estara conformada por cuatro (4) integrantes, tres (3) de los cuales seran miembros permanentes, siendo el MORDAZA integrante propuesto por el Ministro del Sector en el que opera el organismo regulador y que participa de las etapas del procedimiento para fines de la seleccion de los postulantes a Presidente del Consejo Directivo del respectivo organismo regulador. La conformacion de la Comision de Seleccion sera la siguiente: a) Dos (2) miembros propuestos por el Presidente del Consejo de Ministros, uno de los cuales la preside y tiene MORDAZA dirimente; b) Un (1) miembro propuesto por el Ministro de Economia y Finanzas; y, c) Un (1) miembro propuesto por el Ministro del Sector al cual pertenece la actividad regulada. Articulo 4.- Designacion e instalacion de la Comision de Seleccion Los miembros permanentes de la Comision de Seleccion seran designados mediante Resolucion Ministerial del Presidente del Consejo de Ministros. Para tal fin, el Ministro que debe nominar a un miembro de la Comision, debe comunicar, mediante oficio dirigido al despacho del Presidente del Consejo de Ministros, el nombre de la persona propuesta, dentro del dia habil siguiente de publicado el presente Decreto Supremo. El miembro no permanente sera designado conforme al procedimiento descrito en el parrafo precedente. La Comision de Seleccion se instalara dentro de los dos (02) dias habiles siguientes de la fecha de publicacion de la Resolucion Ministerial que la conforma.

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