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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2011 (10/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 10 de enero de 2011 433854 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Nombran Consejero Delegado del Consejo Regional Cajamarca para el año 2011 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 001-2011-GR.CAJ-CR Cajamarca, 4 de enero de 2011 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Ordinaria de fecha 03 de enero del año 2011; VISTO Y DEBATIDO el Pedido presentado por el Consejero Regional por la Provincia de Jaén Prof. Elzer Elera López , con el que solicita se realice la elección del Consejero Delegado para el año 2011, en cumplimiento a la Ley Nº 29053, Ley que modifi ca el artículo 13º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; con el voto unánime del Pleno, dispensa del Dictamen correspondiente, y; CONSIDERANDO: - Que, conforme lo establece la Constitución Política del Perú, artículo 191º, en concordancia con la Ley Nº 27867 “Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales”, artículo 2º “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia…”; - Que, la Ley Nº 27783 “Ley de Bases de la Descentralización” artículo 9º numeral 9.2 señala que la “autonomía administrativa consiste en la facultad que tienen los Gobiernos Regionales, de organizarse internamente...”. Asimismo el artículo 192º, numeral 1) de la Constitución Política del Estado establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna; - Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, artículo 13º, modificado por la Ley N° 29053, publicada el 26 junio 2007, prescribe: “El Consejo Regional.- Es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. Está integrado por los Consejeros Regionales. Anualmente los Consejeros Regionales eligen, entre ellos, a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones del Consejo Regional, lo representa y tramita sus acuerdos. No hay reelección del Consejero Delegado.”; - Que, mediante Ordenanza Regional Nº 004-2008- GRCAJ-CR, se aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en el artículo 47° in fi ne, referido a los Dictámenes, establece que “se exceptúa de dictamen aquellos Acuerdos de Consejo Regional cuyos efectos son intuito persona (permisos debidamente justifi cados por los Consejeros Regionales de asistir a las Sesiones de Consejo Regional) o que estén referidos a saludos que se realizan a otras instituciones o pedidos que por su propia naturaleza y complejidad no ameriten informes técnicos, quedando a criterio de la Mesa Directiva determinarlo”; - Que, mediante Pedido Presentado por el Consejero Regional por la Provincia de Jáen Prof. Elzer Elera López, con el que solicita se realice la elección del Consejero Delegado para el año 2011, en cumplimiento a la Ley Nº 29053, Ley que modifi ca el artículo 13º de la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, quien asumirá funciones a partir del 01 de enero del año 2011; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases Descentralizadas Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2008-GR.CAJ- CR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero.- NOMBRAR al Consejero Regional por la Provincia de Jaén, Prof. Elzer Elera López como Consejero Delegado del Consejo Regional Cajamarca para el año 2011, el mismo que estará acompañado en la Mesa Directiva por los Consejeros Regionales representantes de las Provincias de Cajamarca y San Miguel, Dra. Sara Elizabeth Palacios Sánchez y Prof. Ydelso Hernández Hernández, en calidad de Vicepresidente y Secretario, respectivamente. Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ELZER ELERA LOPEZ Consejero Delegado Pdte. Consejo Regional 586885-1 Autorizan al Presidente del Gobierno Regional adoptar medidas que posibiliten la asignación de Gerentes y Directores Públicos asignados en base a convenios suscritos con SERVIR ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 002-2011-GR.CAJ-CR Cajamarca, 4 de enero de 2011 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Ordinaria de fecha 03 de enero del año 2011; VISTO Y DEBATIDO el Pedido presentado por el Consejero Regional por la Provincia de Cutervo, Sr. Hilario Porfi rio Medina Vásquez, por el que solicita se disponga la asignación en cargos de nivel consultivo a los Gerentes Públicos que a la fecha vienen ejerciendo funciones Gerenciales en el Gobierno Regional de Cajamarca, en razón a los convenios de asignación celebrados por la Autoridad Nacional del Servicio Civil y el Gobierno Regional de Cajamarca para la designación de los señores: ROSA AMELIA PINELO CHUMBE, en su condición de Directora Regional de Administración; REYME GUSTAVO SALAS PINO, en su condición de Gerente Regional de Infraestructura y CARMEN ROSA GARCÍA MENDOZA, en su condición de Sub Gerente de Presupuesto y Tributación y siendo de conocimiento del magno Consejo Regional el informe oral del Director Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Cajamarca, Abog. Juan Carlos Pajares Salazar; con el voto mayoritario del pleno, dispensa del dictamen correspondiente, y; CONSIDERANDO: - Que, de conformidad con el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, asimismo de conformidad con el artículo 7 numeral 7.1 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, el territorio de la República está integrado por regiones, departamentos, provincias, distritos y centros poblados, en cuyas circunscripciones se constituye y organiza el Estado y gobierno a nivel nacional, regional y local, conforme a sus competencias y autonomía propias, preservando la unidad e integridad del Estado y la Nación; - Que, conforme a lo previsto en el artículo 9º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece dentro de las competencias constitucionales y competencias exclusivas establecidas en la Constitución y Ley de Bases de Descentralización, el de aprobar su