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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2011 (10/01/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 10 de enero de 2011 433855 organización interna, en tal sentido, dicha prerrogativa posibilita al Gobierno Regional de Cajamarca asignar a los gerentes públicos mencionados, en funciones de nivel consultivo a fi n de contribuir con el desarrollo progresivo, dinámico e integral de toda la Región Cajamarca en su conjunto y en concordancia con el Plan de Desarrollo Concertado de la Región Cajamarca, acción administrativa que coadyuvará a la optimización en toma de decisiones respecto de los grandes proyectos y programas regionales; - Que, conforme a lo previsto por el artículo 10º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, dentro de sus competencias constitucionales, son competencias exclusivas establecidas en la Constitución y Ley de Bases de Descentralización aprobar su organización interna, en tal sentido, dicha prerrogativa posibilita al Gobierno Regional de Cajamarca asignar a los gerentes públicos precitados, en funciones a nivel consultivo a fi n de contribuir con el desarrollo integral de la Región y en estricta observancia de lo previsto por el Art. 10º del D.S. Nº 030-2009-PCM, concordado con el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1024-2009-PCM, la nueva asignación gerencial a nivel consultivo no implica una afectación a su remuneración y categoría; - Que, de conformidad con el artículo 8° de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, se infiere que la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia. Se sustenta en afianzar en las poblaciones e instituciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el desarrollo de sus circunscripciones, en el marco de la unidad de la nación. La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas y así mismo en concordancia con el artículo 9º numeral 9.2 del mismo cuerpo normativo, se concluye que los Gobiernos Regionales tienen la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su competencia; - Que mediante Decreto Legislativo Nº 1024 se crea y regula el cuerpo de Gerentes Públicos, conformados por profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes para ser destinados a las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que los requieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil; - Que mediante Decreto Supremo Nº 030-2009- PCM se aprobó el Reglamento del régimen laboral especial de los Gerentes Públicos, habiéndose determinado su política remunerativa a través del Decreto Supremo Nº 108-2009-EF; - Que, mediante oficios Nº 334-2009-GR-CAJ/PE, N° 0010-2009-Gr.CAJ.P, N° 491-2009-GR.CAJ/P, N° 080-2009-GR.CAJ-P, N° 011-2009-ANSC/GDCGP, el Presidente del Gobierno Regional de Cajamarca Solicitó a la Autoridad Nacional de Servicio Civil la asignación de Gerentes Públicos para que desempeñen los cargos de Gerente Regional de Infraestructura, Director Regional de Administración y Sub Gerente Regional de Presupuesto y Tributación; - Que, los cargos de Gerente Regional de Administración, Gerente Regional de Infraestructura, y Sub Gerente Regional de Presupuesto y Tributación son considerados cargos de confi anza, sin embargo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1024-2009, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 030-2009-PCM, señala que la condición de confi anza se suspenderá durante el periodo de designación de Gerente Público; - Que, mediante Ordenanza Regional Nº 004-2008- GRCAJ-CR, se aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en el artículo 47° in fi ne, referido a los Dictámenes, establece que “se exceptúa de dictamen aquellos Acuerdos de Consejo Regional cuyos efectos son intuito persona (permisos debidamente justifi cados por los Consejeros Regionales de asistir a las Sesiones de Consejo Regional) o que estén referidos a saludos que se realizan a otras instituciones o pedidos que por su propia naturaleza y complejidad no ameriten informes técnicos, quedando a criterio de la Mesa Directiva determinarlo”; - Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 596-2010-GR-PE de fecha 14 de diciembre de 2010, se resolvió conformar la Comisión Mixta de Transferencia de Gestión en el Gobierno Regional de Cajamarca, del periodo 2007-2010 al periodo de gobierno 2011-2014, que visto el informe final de la Comisión Mixta de Transferencia y la revisión de sus acompañados y anexos, se concluye que resulta ineludible en aras del fortalecimiento institucional la asignación de Gerentes Públicos asignados al Gobierno Regional de Cajamarca en cargos de nivel consultivo a fin de que en mérito a sus capacidades gerenciales puedan diagnosticar la problemática en las todas las Unidades Ejecutoras: Sub Región Jaén, Sub Región Chota y Sub Región Cutervo, así como de las Unidades de Gestión Educativa Local (UGELs) de la Región Cajamarca, con el objetivo de consolidar integralmente el desarrollo institucional; - Que, mediante pedido presentado por el Consejero Regional por la Provincia de Cutervo, Sr. Hilario Porfi rio Medina Vásquez, solicita al Pleno del Consejo Regional se disponga la asignación en cargos de nivel consultivo a los Gerentes Públicos que a la fecha vienen ejerciendo funciones Gerenciales en el Gobierno Regional de Cajamarca, en razón a los convenios de asignación celebrados por la Autoridad Nacional del Servicio Civil y el Gobierno Regional de Cajamarca; - Que, mediante informe oral expuesto en Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 03 de enero del año 2011, el Director Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Cajamarca, Abog. Juan Carlos Pajares Salazar, emite opinión legal favorable respecto a autorizar al Presidente del Gobierno Regional de Cajamarca, adopte las medidas necesarias que posibilite la asignación de los Gerentes y Directores Públicos asignados en base de los convenios suscritos con la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR y el Gobierno Regional de Cajamarca, en la Gerencia Regional de Infraestructura, Dirección Regional de Administración y Sub Gerencia Regional de Presupuesto y Tributación, en cargos de nivel consultivo a fi n de que en mérito a sus capacidades gerenciales puedan diagnosticar y dar propuestas de solución a la problemática administrativa y gerencial existente en las Unidades Ejecutoras: Sub Región Jaén, Sub Región Chota y Sub Región Cutervo y las Unidades de Gestión Educativa Local (UGELs) del Gobierno Regional de Cajamarca, Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRCAJ-CR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero.- AUTORIZAR al Presidente del Gobierno Regional de Cajamarca, adopte las medidas necesarias que posibilite la asignación de los Gerentes y Directores Públicos asignados en base de los convenios suscritos con la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR y el Gobierno Regional de Cajamarca, en la Gerencia Regional de Infraestructura, Dirección Regional de Administración y Sub Gerencia Regional de Presupuesto y Tributación, en cargos de nivel consultivo a fi n de que en mérito a sus capacidades gerenciales puedan diagnosticar y dar propuestas de solución a la problemática administrativa y gerencial existente en las Unidades Ejecutoras: Sub Región Jaén, Sub Región Chota y Sub Región Cutervo y las Unidades de Gestión Educativa Local (UGELs) del Gobierno Regional de Cajamarca. Segundo.- COMUNICAR a la Autoridad Nacional del Servicio Civil el contenido del presente acuerdo. Tercero.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca, disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. ELZER ELERA LÓPEZ Consejero Delegado Pdte. Consejo Regional 586885-2