Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2011 (27/01/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de enero de 2011

NORMAS LEGALES

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Con la conformidad de la Secretaria General y de la Oficina General de Asuntos Legales; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Matriz de Metas Concretas e Indicadores de Desempeno del Sector Relaciones Exteriores correspondiente al ano 2011, para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Politicas Nacionales y Sectoriales de su competencia, conforme lo dispuesto por los Decretos Supremos Nº 027-2007-PCM y Nº 086-2010-PCM, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. La Matriz de Metas Concretas e Indicadores de Desempeno del Sector Relaciones Exteriores correspondiente al ano 2011 sera publicada en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.rree.gob.pe), al dia siguiente de la fecha de la publicacion oficial de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 595356-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viajes de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a MORDAZA y EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL N° 044-2011-MTC/02 MORDAZA, 21 de enero de 2011 VISTOS: El Informe No. 025-2011-MTC/12.04, emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe No. 022-2011-MTC/12.04, emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo No. 047-2002PCM, senala que la autorizacion de viajes al exterior de las personas que viajen en representacion del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Publico, se otorgara mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion conforme a la Ley No. 27619; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley No. 29626, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades

de aeronautica civil, los cuales se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; Que, la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, las empresas Lan Peru S.A. y Peruvian Air Line S.A. han presentado ante la autoridad aeronautica civil, sus solicitudes para ser atendidas durante el mes de febrero de 2011, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA del Procedimiento No. 05 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, las empresas Lan Peru S.A. y Peruvian Air Line S.A. han cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos; Que, dichas solicitudes han sido calificadas y aprobadas por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo senalado por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, segun se desprende de las respectivas Ordenes de Inspeccion y referidas en los Informes No. 025-2011-MTC/12.04 y No. 022-2011-MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27261, Ley No. 27619, Ley No. 29626, Decreto Supremo No. 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar los viajes de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuaran del 12 al 20 de febrero de 2011, a las ciudades de MORDAZA y Miami, MORDAZA y Estados Unidos de MORDAZA, respectivamente, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes No. 025-2011-MTC/12.04 y No. 022-2011-MTC/12.04. Articulo 2º.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido integramente cubiertos por las empresas Lan Peru S.A. y Peruvian Air Line S.A. a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos. Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10° del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuados los viajes, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

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