Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2011 (03/02/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de febrero de 2011

NORMAS LEGALES
Actividad Indicador Formula

435559
Meta Organo Al I Sem Al II Sem Anual Responsable Oficina de Administracion Documentaria Direccion General de Promocion y Difusion Unidad de Recursos Humanos

Politicas Nacionales

10. EN MATERIA DE SIMPLIFICACION ADMINISTRATIVA Mejoramiento de Atencion Implementar ventanillas unicas 10.2 al Ciudadano que accede de atencion al ciudadano. al Ministerio de Cultura 11. EN MATERIA DE POLITICA ANTICORRUPCION 11.2 Actualizacion de la Garantizar la transparencia y la informacion del MORDAZA de rendicion de cuentas. transparencia

Nº de acciones

Sumatoria de acciones

8

8

16

Nº de actualizaciones Sumatoria de actualizaciones

2

2

4

Promover, a traves de sus Difusion del Codigo de 11.3 acciones y comunicaciones, la Etica Etica Publica.

Nº de actividades de Sumatoria de actividades difusion

5

3

8

598130-2

Aprueban las tarifas por concepto de visitas o ingresos a los sitios arqueologicos, considerados bienes culturales inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 051-2011-MC MORDAZA, 31 de enero de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29565 se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico y con autonomia administrativa y economica. Constituye pliego presupuestal del Estado, y tiene como areas programaticas de accion sobre las cuales ejerce entre sus competencias, funciones y atribuciones para el logro de sus objetivos y metas, el Patrimonio Cultural de la Nacion, Material e Inmaterial; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-MC, modificado por el Decreto Supremo Nº 002-2010-MC de fecha 14 de octubre de 2010, se aprobo la fusion en el Ministerio de Cultura, bajo la modalidad de absorcion, de diversas entidades y organos, entre las que se encuentra el Instituto Nacional de Cultura; Que, el articulo 32º de la Ley Nº 29408-Ley General de Turismo, dispone "Las tarifas por concepto de visitas o ingresos con fines turisticos a las areas naturales protegidas, asi como a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion, una vez establecidas por el organo que resulte competente, deben ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano en el mes de enero mas proximo, y entra en vigencia a los doce (12) meses de su publicacion, es decir, en el mes de enero del ano siguiente. El establecimiento y modificacion de tarifas que se efectuen sin dar cumplimiento a lo establecido en el presente articulo da lugar a la nulidad de las mismas y, por tanto, no surten efecto alguno"; Que, asimismo el articulo 33º de la precitada Ley, establece "Los recursos provenientes de las tarifas por concepto de visitas o ingresos con fines turisticos a areas naturales protegidas asi como a bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion deben ser utilizados, bajo responsabilidad, en la conservacion, recuperacion, mantenimiento y seguridad del patrimonio cultural y natural de la Nacion"; Que, han sido puestos en valor sitios arqueologicos de la Civilizacion Caral del MORDAZA de Supe y Barranca, como: Aspero y Vichama, los cuales cuentan con infraestructura turistica implementada, centro de informacion, modulos de la expoferia cultural, escenario de eventos, paneles informativos, museo comunitario de Vegueta, senderos de recorrido, centro de interpretacion y atractivos turisticos en la zonas; asimismo se viene realizando trabajos de puesta en valor de los sitios arqueologicos: MORDAZA San MORDAZA (San Borja), MORDAZA MORDAZA MORDAZA (San Isidro), MORDAZA Huantille (Magdalena del Mar), MORDAZA San MORDAZA (Callao), MORDAZA la MORDAZA (Surquillo), MORDAZA MORDAZA MORDAZA (La Victoria) y MORDAZA MORDAZA Salado, incluido MORDAZA la Luz (Cercado de Lima), los cuales estan proximos a culminar y ser entregados al Ministerio de Cultura para su operatividad; de igual forma se espera que para el ano 2012 el "Complejo Arqueologico

Marcahuamachuco y sitio Arqueologico Wiracochapampa", para ser enlazado a la red turistica nacional; Que, en tal sentido, dado al esfuerzo empleado por la Institucion, en cumplimiento de sus fines, y con el apoyo sectorial e intersectorial, para la puesta en valor del patrimonio cultural arqueologico de la nacion a fin de estar al servicio de la ciudadania en general, resulta necesaria la aprobacion y publicacion de las tarifas por concepto de visitas o ingresos a los mismos; Que, mediante el informe Nº 013-2011-OPP-SG/MC la Oficina de Planificacion y Presupuesto emite opinion tecnica sobre las propuestas de tarifas alcanzadas proponiendo su aprobacion y publicacion correspondiente; Estando a lo visado por el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, el Secretario General, la Directora de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, y la Directora de la Oficina de Asuntos Juridicos, y; De conformidad y en uso a las atribuciones establecidas en la Ley Nº 29565, Ley de la creacion del Ministerio de Cultura, y la Ley Nº 29408 - Ley General de Turismo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR las tarifas por concepto de visitas o ingresos a los sitios arqueologicos, considerados bienes culturales inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion, segun se detallan a continuacion:
MORDAZA Arqueologica de Caral - Supe - Barranca Sitio Arqueologico de Aspero Categoria a) Adultos b) Estudiantes de educacion superior y docentes c) Escolares, ninos y jubilados d) Poblacion del area rural local de Barranca y MORDAZA Sitio Arqueologico de Vichama Categoria a) Adultos b) Estudiantes de educacion superior y docentes c) Escolares, ninos y jubilados d) Poblacion del area rural local de MORDAZA Sitios Arqueologicos de MORDAZA Metropolitana MORDAZA San MORDAZA (San Borja) MORDAZA MORDAZA MORDAZA (San Isidro) MORDAZA Huantille (Magdalena del Mar) MORDAZA San MORDAZA (Callao) MORDAZA la MORDAZA (Surquillo) MORDAZA MORDAZA MORDAZA (La Victoria) MORDAZA MORDAZA Salado, incluido MORDAZA la Luz (Cercado de Lima) Categoria a) Adultos b) Estudiantes de educacion superior y docentes c) Escolares, ninos y jubilados Tarifa 10.00 5.00 1.00 Tarifa 11.00 4.00 1.00 Gratuito Tarifa 11.00 4.00 1.00 Gratuito

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.