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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2011 (03/02/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de febrero de 2011 435560 “Complejo Arqueológico Marcahuamachuco” - Huamachuco - La Libertad Categoría Tarifa a) Adultos 3.00 b) Estudiantes de educación superior y docentes 2.00 c) Escolares, niños y jubilados 1.00 Artículo 2º.- Las precitas tarifas por concepto de visitas o ingresos, a los mencionados sitios arqueológicos, entrarán en vigencia a partir del mes de enero del año 2012, de acuerdo a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN OSSIO ACUÑA Ministro de Cultura 598130-3 DEFENSA Modifican R.S. Nº 0716-86-GU/ DM referente a comisión encargada de programar y ejecutar acciones conducentes a ocupar los sarcófagos y nichos construidos en la Cripta de los Héroes RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 049-2011-DE/ Lima, 2 de febrero de 2011 CONSIDERANDO Que, la Cripta de los Héroes ubicada en el Cementerio Presbítero Maestro fue concebida inicialmente para el reposo eterno de los combatientes peruanos caídos en el confl icto bélico con Chile (1879-1883), siendo inaugurada el 8 de setiembre de 1908 y se encuentra bajo la custodia del Centro de Estudios Histórico Militares del Perú; Que, mediante Resolución Suprema Nº 0716-86- GU/DM del 19 de agosto de 1986 se constituye una Comisión encargada de programar y ejecutar las acciones conducentes a ocupar los sarcófagos y nichos construidos en la citada Cripta de los Héroes; Que, por Decreto Ley Nº 11216 se declara institución nacional al Centro de Estudios Histórico-Militares, bajo los auspicios de los ex Ministerios de Guerra, de Marina y de Aeronáutica, entre otros, denominándose en adelante “Centro de Estudios Histórico-Militares del Perú”; Que, conforme a la Segunda Disposición Complementaria del Decreto Legislativo Nº 434, primera Ley Orgánica del Ministerio de Defensa, el Ministro de Defensa asumió todas las funciones y atribuciones que le han correspondido a los Ministros de Guerra, de Marina y de Aeronáutica; Que, es necesario modifi car los artículos pertinentes de la precitada Resolución Suprema Nº 0716-86-GU/DM en el marco de la normativa vigente, a efectos de actualizar la relación de instituciones y miembros que conforman la Comisión constituida por dicha Resolución, así como el encargo que se le confi ere; Que, mediante Ley Nº 26841 se reconoce el título honorífi co de Héroe Nacional a las personas que se hagan merecedoras a él por califi cada y comprobada acción heroica y se crea el Consejo Nacional de Califi cación de Acciones Heroicas, dependiente del Ministerio de Defensa, que se encarga de califi car y proponer al Poder Ejecutivo el otorgamiento del título honorífi co de Héroe Nacional; Que, el Reglamento de la Ley Nº 26841, aprobado por Decreto Supremo Nº 049-DE-SG del 15 de octubre de 1999, establece el procedimiento para la califi cación y propuesta para el otorgamiento del título honorífi co de Héroe Nacional; Que, acorde con el artículo 9º literal x) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2008-DE, corresponde al Ministro de Defensa proponer los proyectos de legislación y normatividad relativos al Sector, así como refrendar los dispositivos legales; Que, el artículo 11º, numeral 4, de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, estipula que es facultad normativa del Presidente de la República emitir decisiones de carácter específi co mediante Resoluciones Supremas; Estando a la propuesta efectuada por el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car los artículos 1º, 2º y 3º de la Resolución Suprema Nº 0716-86-GU/DM del 19 de agosto de 1986, cuyo texto quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º.- Constitúyase una Comisión encargada de determinar la disponibilidad y viabilidad del traslado y/o entierro de los restos de quienes califi quen como Héroes Nacionales, de conformidad con la Ley Nº 26841 y su reglamento, en la Cripta de los Héroes ubicada en el Cementerio Presbítero Maestro. Artículo 2º.- La citada Comisión estará integrada por los siguientes miembros: - El señor Ministro de Defensa, quien la presidirá. - El Presidente del Centro de Estudios Histórico Militares del Perú (CEHMP). - El Presidente de la Benemérita Sociedad Fundadores de la Independencia, Vencedores del Dos de Mayo de 1866 y Defensores Califi cados de la Patria. - El Presidente de la Academia Nacional de la Historia. - El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas (CCFFAA). Artículo 3º.- La Comisión nombrada en el artículo anterior se instalará en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución, y está facultada para establecer el procedimiento y adoptar las acciones correspondientes que le permita dar cumplimiento al encargo conferido”. Artículo 2º.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 598825-3 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 a favor del Pliego MIMDES, en el marco de la Sexta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 29626 DECRETO SUPREMO Nº 020-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia ʋ 059- 2010, se creó el Programa Piloto de Asistencia Solidaria con el adulto mayor: “GRATITUD”, dirigido a otorgar subvenciones económicas a los adultos mayores a partir de los 75 años de edad en condición de extrema pobreza, de los hogares benefi ciarios del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres – JUNTOS en los