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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de febrero de 2011 435561 departamentos de Huancavelica, Apurímac y Ayacucho; y de Lima Metropolitana, de acuerdo a los criterios del Sistema de Focalización de Hogares – SISFOH, y que no reciban pensión, no sean afi liados al Seguro Social de Salud – ESSALUD ni reciban benefi cios de otros programas del Estado, con excepción del Seguro Integral de Salud – SIS; Que, la Sexta Disposición Complementaria y Final de la Ley ʋ 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, autoriza, en el marco del Programa Piloto de Asistencia Solidaria “GRATITUD”, a efectuar transferencias directas monetarias a la población de 75 o más años de edad, que se encuentre en situación de extrema pobreza en áreas urbanas y rurales, que no perciban pensión de jubilación bajo algún régimen previsional u otro que otorgue prestación económica por parte del Estado, incluyendo ESSALUD, así como que no sea benefi ciaria de algún programa social, a excepción del Seguro Integral de Salud – SIS, y el Programa Nacional de Movilización por la Alfabetización – PRONAMA, disponiéndose en dicha norma que mediante decreto supremo refrendado por los Ministros de la Mujer y Desarrollo Social y de Economía y Finanzas se establecen los lineamientos y mecanismos para la transferencia directa a otorgarse, incluyendo el monto, gastos operativos, oportunidad de pago, determinación del ámbito de intervención y demás normas que resulten necesarias para su otorgamiento, cuya línea de base debe ser presentada dentro de un plazo que no exceda los ciento ochenta (180) días calendario contados desde la publicación de la referida Ley; Que, asimismo, la precitada disposición establece que el fi nanciamiento del Programa Piloto de Asistencia Solidaria “GRATITUD”, se efectuará con cargo a los recursos que se transfi eren de la Reserva de Contingencia en un monto de TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 35 000 000,00), a favor del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; Que, que mediante las Resoluciones Ministeriales ʋ 739-2010-MIMDES, ʋ 761-2010-MIMDES, ʋ 780- 2010-MIMDES, ʋ 813-2010-MIMDES y ʋ 818-2010- MIMDES, se aprobaron la Primera, Segunda, Tercera, Cuarta y Quinta relación de los benefi ciarios del Programa Piloto de Asistencia Solidaria: “GRATITUD”; Que, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley ʋ 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, y posibilitar la operatividad del Programa Piloto de Asistencia Solidaria: “GRATITUD”, se ha previsto para el presente ejercicio fi scal ampliar su ámbito de intervención con el objetivo de benefi ciar a un mayor número de adultos de 75 o más años de edad en condición de extrema pobreza; Que, en ese sentido, resulta necesario dotar de los recursos que correspondan al Programa Piloto de Asistencia Solidaria: “GRATITUD” para el presente ejercicio fi scal, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 45º de la Ley ʋ 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1º.- Autorización de Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, a favor del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, hasta por la suma de TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 35 000 000,00), para el fi nanciamiento del Programa Piloto de Asistencia Solidaria “Gratitud”, en el marco de la Sexta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 29626, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: EN NUEVOS SOLES SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central SECTOR 09 : Economía y Finanzas PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIO- NAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 1.00010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 35 000 000,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 35 000 000,00 =========== A LA: EN NUEVOS SOLES SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central SECTOR 39 : Mujer y Desarrollo Social PLIEGO 039 : Ministerio de la Mujer y Desar- rollo Social – MIMDES UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Nivel Central FUNCIÓN 23 : Protección Social PROGRAMA FUNCIONAL 051 : Asistencia Social SUBPROGRAMA FUNCIO- NAL 0115 : Protección de Poblaciones en Riesgo ACTIVIDAD 1.077976 : Apoyo a la Persona Adulta Mayor FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 7 000 000,00 2.5 Otros Gastos 28 000 000,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 35 000 000,00 =========== Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1. La Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados por el artículo 1º del presente Decreto Supremo, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo, cuya copia será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley ʋ 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2. La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego habilitado solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3. La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES instruirá a la Unidad Ejecutora correspondiente, para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- Ejecución de los recursos transferidos La ejecución de los recursos transferidos se sujeta a la expedición del Decreto Supremo a que se refi ere el segundo párrafo de la Sexta Disposición Complementaria y Final de la Ley ʋ 29626 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011. Artículo 4º.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que se refi ere el artículo 1º del presente Decreto Supremo