TEXTO PAGINA: 39
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 28 de febrero de 2011 437947 el establecimiento del Mecanismo de Coordinación y Consulta Política, integrado por los Ministros de Relaciones Exteriores y de Defensa de ambos países (2+2), que tiene como propósito generar y afi anzar progresivamente la confi anza mutua, fortalecer la paz y la seguridad entre Perú y Ecuador; Que, en el marco de las Medidas de Fomento de la Confi anza Mutua, los Ministros de Relaciones Exteriores del Perú y del Ecuador han acordado realizar la III Reunión del Mecanismo de Coordinación y Consulta Política (2+2), del 2 al 3 de marzo del presente año en la ciudad de Quito, Ecuador; Que, es conveniente autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicios del Capitán de Navío Francisco Rafael Quiroz Matuk, Subdirector de Política Internacional y Asuntos Bilaterales de la Dirección General de Relaciones Internacionales, a fi n de acompañar al señor Ministro de Defensa en la Reunión del mencionado mecanismo, quien participará además en las reuniones previas de coordinación y elaboración de acuerdos; Que, el viaje que se autoriza se encuentra previsto en el ítem 17 del Anexo 1, Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, de la Resolución Suprema Nº 015-2011 DE/SG de 13 de enero de 2011, que aprobó el Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el Año Fiscal 2011; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y modifi catorias, Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar del 1 al 4 de marzo de 2011, el viaje en Comisión de Servicios al exterior del Capitán de Navío Francisco Rafael QUIROZ MATUK, Subdirector de Política Internacional y Asuntos Bilaterales de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa para que participe como integrante de la Delegación del Perú en la III Reunión del Mecanismo de Coordinación y Consulta Política “2+2”, a realizarse en la ciudad de Quito, República del Ecuador. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Ministerio de Defensa - Administración General, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Lima - Quito - Lima) US$ 1,181.00 x 1 persona (incluye TUUA) Viáticos US$ 200.00 x 4 días x 1 persona Artículo 3º.- El personal autorizado deberá presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduanero de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 608167-3 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Crédito Suplementario para la continuidad de proyectos de inversión durante el año 2011 DECRETO SUPREMO N° 032-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, con el fi n de garantizar la continuidad de proyectos de inversión durante el año 2011 vinculados a los Sectores de Educación y Salud, a través de la Quincuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, se autoriza para que mediante Decreto Supremo se incorporen los créditos presupuestarios en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios asignados en el Año Fiscal 2010, al Ministerio de Educación, Ministerio de Salud y Gobiernos Regionales, que no se hubieran devengado al 31 de diciembre de 2010; Que, la disposición fi nal mencionada en el considerando precedente establece además que la incorporación de recursos sólo debe comprender los recursos para proyectos de inversión pública que se encuentren en etapa de ejecución o para aquellos que cuenten con proceso de selección culminado y se haya otorgado la buena pro, debidamente registrados en el SEACE, asimismo, establece es aplicable siempre y cuando tal fi nanciamiento no haya sido considerado en el presupuesto institucional del año fi scal 2011 del pliego, para el mismo proyecto de inversión pública y la misma meta presupuestaria; Que, asimismo con el objeto de garantizar la continuidad de proyectos de inversión pública a cargo de la Municipalidad Provincial de Tarma, a que hace referencia los Decretos de Urgencia N°s. 039-2009 y 016- 2010, a través de la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29626, se autoriza a incorporar los créditos presupuestarios de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios asignados en el año 2010 mediante el Decreto de Urgencia N° 016-2010, a la Municipalidad Provincial de Tarma, que no se hubieran devengado al 31 de diciembre del citado año para dichos proyectos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la mencionada incorporación de recursos, a través de un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, aprobado por la Ley N° 29626, hasta por la suma de SETECIENTOS VEINTITRES MILLONES CUATROCIENTOS TRES MIL CIENTO ONCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 723 403 111,00); De conformidad con lo establecido por la Cuadragésima Segunda y la Quincuagésima Octava Disposiciones Complementarias Finales de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, y el numeral 8) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1°.- Objeto Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de SETECIENTOS VEINTITRES MILLONES CUATROCIENTOS TRES MIL CIENTO ONCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 723 403 111,00), para garantizar la continuidad de los proyectos de inversión a cargo de la Municipalidad Provincial de Tarma, así como los vinculados a los Sectores de Educación y Salud, a cargo de los Gobiernos Regionales, el Ministerio Educación y el Ministerio de Salud; conforme se detalla en el Anexo que se publica en el portal del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), de acuerdo a lo siguiente: