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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de julio de 2011 447147 Aprueban Programa de Segregación de Residuos Sólidos en la Fuente, como parte del Plan de Manejo de Residuos Sólidos Distrital de San Miguel DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2011-MDSM San Miguel, 22 de julio de 2011 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL; VISTOS, el memorando Nº615-2011-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº344- 2011-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el informe Nº594-2011-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el informe Nº018-2011-GSCMA/MDSM emitido por la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, y; CONSIDERANDO: Que, mediante ordenanza municipal Nº221-MDSM la Municipalidad Distrital de San Miguel aprueba el Plan de Manejo de Residuos Sólidos y dispone que mediante decreto de alcaldía se proceda a la aprobación del Programa de Segregación de Residuos Sólidos en la Fuente del Distrito de San Miguel, que forma parte de aquel, para su inmediata ejecución; Que, el Programa de Modernización Municipal creado por Ley Nº 29465 persigue como meta, entre otras, la implementación de un programa de segregación en la fuente como parte del proceso de recolección de residuos sólidos domiciliarios, a fi n de generar mejores condiciones y un clima favorable en los servicios públicos e infraestructura municipal, por lo que corresponde priorizar su aprobación y ejecución; Que, mediante decreto de alcaldía se establecen normas reglamentarias y de aplicación de ordenanzas, y se sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal; Estando a lo expuesto, con cargo a dar cuenta al concejo municipal, y en uso de las atribuciones conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR el Programa de Segregación de Residuos Sólidos en la Fuente, como parte del Plan de Manejo de Residuos Sólidos Distrital de San Miguel. Artículo 2º.- ENCARGAR a las gerencias y subgerencias competentes de la entidad, la inmediata puesta en ejecución del programa. Artículo 3º.- PUBLICAR el dispositivo legal en el Diario Ofi cial El Peruano y en simultáneo el texto íntegro del documento en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresa –PSCE (www.psce.gob.pe), en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el portal institucional (www.munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase JORGE AGUAYO LUY Regidor Encargado del Despacho de Alcaldía 669534-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban licencia sin goce de remuneraciones a alcalde distrital y encargan su despacho al Teniente Alcalde ACUERDO DE CONCEJO N° 89-2011-ACSS. Santiago de Surco, 19 de julio de 2011 EL TENIENTE ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO. VISTA: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, la Carta S/N del 18.07.2011, presentada por el señor Alcalde Roberto Hipólito Gómez Baca, solicitando licencia por motivos personales, del 19 al 24.07.2011 y el Informe N° 713-2011- GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 11º de la Ordenanza N° 301-MSS- Reglamento Interno del Concejo, señala que, “El Alcalde y los Regidores deberán solicitar licencia al ejercicio de sus funciones, de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades”; Que, el numeral 27) del Artículo 9º de la Ley N° 27972 prescribe que, “Corresponde al concejo municipal, aprobar las licencias solicitadas por el alcalde o los regidores, no pudiendo concederse licencias simultáneamente a un número mayor del 40% (cuarenta por ciento) de los regidores”; Que, el inciso b) del Artículo 110º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM – Reglamento de la Carrera Administrativa, establece que “Las Licencias que tienen derecho los funcionarios y servidores son, sin goce de remuneraciones por motivos particulares…”; Que, el señor Alcalde Roberto Hipólito Gómez Baca, solicita se tenga a bien hacer de conocimiento del Concejo Municipal, el pedido de licencia por motivos personales, a partir del 19 al 24.07.2011; debiéndose encargar el Despacho de Alcaldía en este período al Teniente Alcalde, señor JOSÉ LUÍS PÉREZ ALEMAN; Que, el Artículo 24º de la Ley Nº 27972 establece que “En caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; en caso de vacancia del regidor, lo reemplaza; i) Al Teniente Alcalde, el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; ii) A los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral”; siendo necesario delegar las atribuciones políticas al Teniente Alcalde; Que, mediante informe N° 713-2011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica del 18.07-2011, informa que es legalmente factible que el Concejo Municipal confi era licencia por motivos personales al señor Alcalde para los días 19 al 24.07.2011, lapso que lo remplazará el señor Teniente Alcalde, debiendo ser aprobada por el Concejo Municipal, conforme se encuentra señalado en el Artículo 9°, numeral 27) de la Ley N° 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; Estando al Informe N° 713-2011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad con el Artículo 9º numeral 27) de la Ley Nº 27972, el Concejo Municipal con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, adoptó por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR en vía de regularización la Licencia Sin Goce de Remuneraciones solicitada por el señor Alcalde Roberto Hipólito Gómez Baca, por motivos particulares a partir del 19 al 24.07.2011. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Teniente Alcalde señor JOSÉ LUÍS PÉREZ ALEMAN, el Despacho de la Alcaldía, desde el 19 al 24.07.2011. Mando se registre, comunique, publíquese y cumpla. JOSE LUIS PEREZ ALEMAN Teniente Alcalde Encargado del Despacho de Alcaldia 669176-1 Autorizan viaje de Regidores para participar en misión municipal de capacitación internacional que se llevará a cabo en los EE.UU. ACUERDO DE CONCEJO Nº 93-2011-ACSS. Santiago de Surco, 19 de julio de 2011 EL TENIENTE ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO