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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de julio de 2011 447135 Autorizan a la Universidad Nacional de Tumbes para revalidar grados académicos, títulos profesionales y de segunda especialidad de países con los que el Perú no tiene suscrito convenios o acuerdos de reciprocidad COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0764-2011-ANR Lima, 11 de julio de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El ofi cio Nº 143-2011/UNT/R, de fecha 07 de junio de 2011; el acuerdo del Pleno de la Asamblea Nacional de Rectores, reunido en sesión extraordinaria de fecha 04 de julio de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso f) del artículo 32º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, solamente las universidades autorizadas pueden revalidar estudios, grados y títulos obtenidos en universidades de países con los que el Perú no tiene suscrito convenio de reciprocidad; Que, asimismo, el inciso g) del artículo 13º del Reglamento de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria, concordante con el inciso h) del artículo 92º de la citada Ley Universitaria, determina que es atribución indelegable de la Asamblea Nacional de Rectores evaluar y designar a las universidades que pueden revalidar los grados académicos y títulos profesionales obtenidos en universidades de países con los que el Perú no tiene suscrito convenio de reciprocidad; Que, mediante ofi cio de vistos, el Rector de la Universidad Nacional de Tumbes comunica que la universidad que dirige cumple 27 años de funcionamiento institucional, y que por su ubicación geográfi ca de frontera mantiene actualmente relaciones académicas permanentes con universidades extranjeras; por lo que solicita a la Asamblea Nacional de Rectores la respectiva autorización para revalidar estudios, grados y títulos provenientes de países con los cuales el Perú no tiene suscrito acuerdo o convenios de reciprocidad académica; Que, el Pleno de la Asamblea Nacional de Rectores, reunido en sesión extraordinaria de fecha 04 de julio de 2011, acordó conceder la autorización solicitada por el Rector de la Universidad Nacional de Tumbes; Estando a lo acordado; De conformidad con la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Universidad Nacional de Tumbes para revalidar los grados académicos, títulos profesionales y de segunda especialidad procedentes de países con los cuales el Perú no tiene suscrito convenios o acuerdos de reciprocidad. Artículo 2º.- Precisar que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente Resolución, la Universidad Nacional de Tumbes deberá previamente convalidar las asignaturas cursadas y aprobadas en la universidad de origen con las del respectivo plan de estudios del grado o título con el que encuentre correspondencia en la universidad de destino. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en la página web de la institución y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 668574-2 Rectifican error material de la Res. Nº 0695-2011-ANR mediante la cual se designó al nuevo Comité Electoral Externo de la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0766-2011-ANR Lima, 11 de julio de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTO: La Resolución Nº 0695-2011-ANR, de fecha 27 de junio de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 201.1 del artículo 201 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establece que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; debiendo adoptarse las mismas formas y modalidades de comunicación o publicación del acto original; Que, mediante Resolución Nº 0695-2011-ANR, se resuelve designar la conformación del Nuevo Comité Electoral Externo para la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco, a fi n de continuar el proceso electoral en la mencionada universidad; designándose al presidente del referido comité en los siguientes términos: • Dra. Margarita Isabel Pajares Flores PRESIDENTE Profesora Principal de la Universidad Nacional Agraria La Molina Que, por error material involuntario se consignó “Isabel” como segundo nombre del mencionado profesional en el artículo 1º de la Resolución Nº 0695-2011-ANR, debiendo corresponder “Ysabel”; asimismo, debe precisarse que la referida profesional es profesora principal en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley de Procedimientos Administrativos General, la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectifi car el error material del artículo 1º de la Resolución Nº 0695-2011-ANR, quedando expresado en los siguientes términos: “Artículo 1º.- Designar la conformación del nuevo Comité Electoral Externo para la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco, a fi n de continuar el proceso electoral en la mencionada universidad; Comité integrado por: • Dra. Margarita Ysabel Pajares Flores PRESIDENTE Profesora Principal de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (…)” Artículo 2º.- Precisar que queda vigente en todos sus demás extremos la Resolución Nº 0695-2011-ANR. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 668574-3