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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de julio de 2011 447142 de rentas vitalicias del SPP de la Circular N° S-641-2010, conforme a los anexos adjuntos que se publicarán en el Portal electrónico institucional (www.sbs.gob.pe), según lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. 5. Modifíquese el literal a) del numeral 3 de la Circular N° S-643-2010, en los siguientes términos: a) Los índices de cobertura de todas las bandas temporales estimados bajo el escenario real (CPk), deberán ser como mínimo igual a los índices de cobertura que se recalculan bajo el escenario hipotético (CP*k), al cierre del mes que se analiza, tanto en nuevos soles indexados a la infl ación como reajustados a tasa fi ja anual, así como en dólares americanos. Es decir: CPk CP*k para las 10 bandas temporales en cada una de las monedas (k varía de 1 hasta 10) 6. Modifíquese el Anexo Nº 1: Determinación de los índices de cobertura – escenario real y Anexo Nº 2: Determinación de los índices de cobertura – escenario hipotético, de la Circular N° S-643-2010, conforme a los anexos adjuntos que se publicarán en el Portal electrónico institucional (www.sbs.gob.pe), según lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. 7. La presente circular es vigente a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Asimismo, para la presentación de los anexos referidos a la información correspondiente al segundo trimestre 2011, se otorgará plazo para su entrega hasta el 31 de agosto de 2011. Atentamente, JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 668609-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Establecen conformidad de resolución expedida por la Municipalidad de San Martrin de Porres que aprobó habilitación urbana nueva de lote único RESOLUCIÓN Nº 118-2011-MML-GDU-SPHU Lima, 1 de julio de 2011 A SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente Nº 91459-2011, de fecha 21 de junio de 2011, mediante el cual la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución de Gerencia Municipal Nº 722-2011-GM/MDSMP, de fecha 08 de junio de 2011, aprobando la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, solicitada por la ASOCIACIÓN PERUANA DE LA IGLESIA DE JESUCRISTO DE LOS SANTOS DE LOS ÚLTIMOS DÍAS – ASPERSUD, debidamente representada por su Apoderado señor Ángel Herberth Alarcón Villar; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 291-2010-GM/MDSMP, de fecha 15 de abril de 2010 (fs. 115 al 117), expedida por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, se resuelve Aprobar la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, con zonifi cación de Comercio Zonal – CZ y Residencial de Densidad Media RDM, del predio de 5,386.64m², denominado Lote 7 de la Manzana B, de la Urbanización Huertos del Naranjal, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, Provincia y Departamento de Lima, que deberá sujetarse al Plano de Lotización Nº 029-2010-SGCyHU-GDU-MDSMP-GDU/ MDSMP y la Memoria Descriptiva; Que, con Resolución de Gerencia Municipal Nº 403- 2010-GM/MDSMP, de fecha 24 de mayo de 2010 (fs. 123), expedida por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, se resuelve Rectifi car el error material contenido en el Artículo Primero de la Resolución de Gerencia Municipal Nº 291-2010-GM/MDSMP, de fecha 15 de abril de 2010, al considerar como Habilitación Urbana Nueva siendo lo correcto Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, en lo que corresponde al plano aprobado su denominación correcta es Plano de Lotización Nº 029-2010-SGCyHU- GDU- MDSMP, respectivamente; Que, mediante Resolución Nº 092-2010-MML-GDU- SPHU, de fecha 08 de junio del 2010 (fs. 141 y 142), expedida por esta Corporación, se resuelve Establecer La No Conformidad de la Resolución de Gerencia Municipal Nº 291-2010-GM/MDSMP, de fecha 15 de abril de 2010 y su rectifi catoria Resolución de Gerencia Municipal Nº 403-2010-GM/MDSMP, de fecha 24 de mayo de 2010, expedidas por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, por incumplir Planes Urbanos respecto a Zonifi cación, por cuanto la delimitación de las dos zonifi caciones con las cuales se encuentra califi cado el terreno materia de trámite, no respeta la proporcionalidad que corresponde de acuerdo a lo dispuesto en la normatividad vigente, teniendo en cuenta que se trata de un lote único y que la manzana en la cual se ubica el predio no ha sido desarrollada a nivel de unidades de barrio conforme lo dispone el Reglamento Nacional de Edifi caciones – RNE; a vías por cuanto, la sección propuesta para la denominada Av. Canta Callao no considera que hacia ambos lados de dicha vía se ubican terrenos zonifi cados con el uso comercial; asimismo, se debe tener en cuenta que el sector donde se ubica el terreno en cuestión no ha sido desarrollado a nivel de unidades de barrio conforme lo dispone el citado Reglamento, siendo que en el presente caso se aprueban secciones que afectan la propiedad de terceros a manera de Planeamiento Integral pero que no respetan los criterios de continuidad para la manzana donde se ubica el propio predio materia de trámite; y a los aportes reglamentarios ya que al no haber delimitado correctamente las dos zonifi caciones correspondientes, los cálculos efectuados no resultan correctos; Que, con Resolución de Gerencia Municipal Nº 722- 2011-GM/MDSMP, de fecha 08 de junio de 2011 (fs. 198 al 201), expedida por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, se resuelve Aprobar la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, de conformidad con el Plano Nº 051- 2011-SGCyHU-GDU-MDSMP-GDU-MDSMP, califi cado con zonifi cación de Residencial de Densidad Media (RDM) y Comercio Zonal (CZ) del terreno de 5,386.64 m², constituido por el Lote 7 de la Manzana B, de la Urbanización “Huertos del Naranjal”, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, Provincia y Departamento de Lima; Que, a través del Informe Nº 190-2011-MML-GDU- SPHU-DCO, de fecha 27 de junio de 201 (fs. 231 al 233), la División de Control de Obras de esta Subgerencia manifi esta, que la presente Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, para Uso de Comercio Zonal –CZ y Residencial de Densidad Media - RDM, desarrollada sobre el terreno de 5,386.64m², aprobada por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, mediante la Resolución de Gerencia Municipal Nº 722-2011-GM/MDSMP, de fecha 08 de junio de 2011, levanta las observaciones que dieron mérito a la emisión de la Resolución Nº 092-2010-MML-GDU-SPHU, de fecha 08 de junio del 2010; en consecuencia, cumple los Planes Urbanos en lo referente a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios de conformidad a lo dispuesto en las Ordenanzas Metropolitanas Nº 1015-MML, Nº 341- MML y Nº 836-MML; Que, mediante Informe Nº 132-2011-MML-GDU-SPHU- AL, de fecha 01 de julio de 2010 (fs. 232 al 234), el Área Legal de esta Subgerencia señala, que se encuentra acreditada la propiedad a favor de la ASOCIACIÓN PERUANA DE LA IGLESIA DE JESUCRISTO DE LOS SANTOS DE LOS ÚLTIMOS DÍAS, del terreno de 5,386.64m², el mismo que consta inscrito en la Ficha Nº 446496 y continúa en la Partida Electrónica Nº 43882198 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima de la Zona Registral N° IX – Sede Lima