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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2011 (23/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 66

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 23 de julio de 2011 447134 VISTO: La Resolución Nº 0671-2011-ANR, de fecha 16 de junio de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 201.1 del artículo 201 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, establece que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; debiendo adoptarse las mismas formas y modalidades de comunicación o publicación del acto original; Que, mediante Resolución Nº 0671-2011-ANR, se acepta la conclusión de funciones del Mg. Sc. Faustino Bearún Barrantes como miembro del Comité Electoral Externo de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, a partir del 17 de junio de 2011; designándose en su reemplazo al Dr. Darío Emiliano Medina Castro; Que, por error material involuntario se consignó “Rodríguez” como segundo apellido del mencionado profesional en el artículo 1º de la Resolución Nº 0671- 2011-ANR; debiendo corresponder “Barrantes”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley de Procedimientos Administrativos General, la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectifi car el error material del artículo 1º de la Resolución Nº 0671-2011-ANR, quedando expresado en los siguientes términos: “Artículo 1º.- Aceptar la conclusión de funciones del Mag. Sc Faustino Beraún Barrantes como miembro del Comité Electoral Externo de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, a partir del 17 de junio de 2011; agradeciéndole por los valiosos servicios prestados.” Artículo 2º.- Precisar que queda vigente en todos sub demás extremos la Resolución Nº 0671-2011-ANR. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 668573-3 Amplían plazo otorgado al Comité Electoral Externo de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann para concluir proceso electoral de elección de autoridades universitarias COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0763-2011-ANR Lima, 11 de julio de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El Informe Nº 007-CEE-2011, de fecha 13 de junio de 2011; los ofi cios Nº 047-CEE-UNJBG-2011, de fecha 14 de junio de 2011; Nº 048-2011-CEE-UNJBG-2011, de fecha 27 de junio de 2011; Nº 423-2011-DGAJ, de fecha 01 de julio de 2011; el acuerdo del Pleno de la Asamblea Nacional de Rectores, reunidos en sesión extraordinaria de fecha 04 de julio de 2011; y, CONSIDERANDO: Que la Asamblea Nacional de Rectores, en mérito a lo previsto por el artículo 90º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, tiene por fi nalidad coordinar y orientar las actividades académicas y administrativas de las universidades del país, así como velar por la gobernabilidad institucional y autonomía universitaria; Que, mediante Resolución Nº 0102-2011-ANR, de fecha 11 de febrero de 2011, se designó un Comité Electoral Externo para la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, con la autonomía y atribuciones previstas en el artículo 39º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, a fi n de que lleve a cabo el proceso electoral de conformación de los órganos de gobierno y elección de autoridades en el plazo de noventa (90) días, a partir de la instalación del mencionado Comité Electoral Externo; Que, con Resolución Nº 0677-2011-ANR, de fecha 16 de junio de 2011, se amplió el plazo indicado en el considerando precedente, hasta el 31 de julio de 2011; Que, mediante oficio Nº 058-2011-CEE-UNJBG- 2011, el Presidente del mencionado Comité Electoral Externo informa que con Resolución del Consejo Universitario Nº 8299-2011-COG-UN/JBG, la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann aprobó el cronograma de Elecciones Generales Docentes, graduados y alumnos, teniéndose programada para el día 01 de agosto de 2011 la convocatoria a elección del Rector y los Vicerrectores; Que, asimismo indica el referido informe, que de acuerdo al artículo 5º del Reglamento General de Elecciones Universitarias de la mencionada casa superior de estudios, el Comité Electoral Externo tiene entre sus funciones la proclamación de resultados electorales emitiendo las correspondientes credenciales y resoluciones, sin las cuales la Comisión de Orden y Gestión no podrá emitir las respectivas resoluciones de nombramiento de los cargos elegidos; razón por la cual se solicita se amplíe hasta el 01 de agosto de 2011 las funciones del Comité Electoral Externo; Que, mediante informe Nº 423-2011-DGAJ, la Dirección General de Asesoría Jurídica de la Asamblea Nacional de Rectores opina que debe ampliarse el plazo otorgado mediante Resolución Nº 0677-2011-ANR al Comité Electoral Externo de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann hasta el 01 de agosto de 2011; Que, el Pleno de la Asamblea Nacional de Rectores, reunidos en sesión extraordinaria de fecha 04 de julio de 2011, acordó aprobar la solicitud de ampliación de funciones del Comité Electoral Externo de la Universidad Nacional Jorge Basadre hasta el 01 de agosto de 2011; Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta procedente ampliar el plazo solicitado por el Comité Electoral Externo de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, a fi n de que concluya el proceso electoral y la elección de las autoridades universitarias para el que fue designado; Estando a lo acordado por el Pleno de la Asamblea Nacional de Rectores; De conformidad con la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas al presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar el plazo otorgado mediante Resolución Nº 0677-2011-ANR al Comité Electoral Externo de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, hasta el 01 de agosto de 2011. Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la Asamblea Nacional de Rectores. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 668574-1