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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JULIO DEL AÑO 2011 (29/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 62

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de julio de 2011 447726 MUNICIPALIDAD DE COMAS Disponen la sustitución y eliminación de diversos requisitos establecidos en procedimientos del TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2011-MDC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO; El lnforme Nº 027-2011-SGR-GPP/MC de fecha 18.05.2011, emitido por La SubGerencia de Racionalizacion; el lnforme Nº 166-2011-GDU/MC de fecha 13.05.2011, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; el lnforme Nº 247-2011-GAJ-MDC de fecha 20.06.2011 emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos; el Memorando Nº 233-2011- GPP/MC de fecha 10.06.2011, emitido por la Gerencia de Planifi cacion y Presupuesto con el Memorando Nº 290-2011-GPP/MDC de fecha 18.07.2011, emitido por la Gerencia de Planifi cacion y Presupuesto; el lnforme Nº 608-2011-GAJ-MDC de fecha 19.07.2011, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 262-MDC de fecha 05.05.2008 se aprueba el Texto unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta entidad, Ratifi cada con Acuerdo de Concejo Nº 410 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, normas municipales que fueron publicadas en el diario ofi cial “El Peruano” con fecha 16.09.2008 ; Que, la Ley Nº 29566 modifi ca diversas disposiciones con el objetivo de mejorar el clima de inversiones y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias, en cuyo artículo 5º elimina requisitos para solicitar,licencias de edifi cacion y de funcionamiento, modifi cando con ello el artículo 25º de la Ley Nº 29090 de Regulacion de Habitaciones Urbanas y de Edifi caciones; Que, mediante lnforme Nº 166-2011-GDU/MC, la Gerencia de Desarrollo Urbano establece los requisitos que deben ser sustituidos y eliminados en el TUPA vigente y mediante lnforme Nº 027-2011-SGR-GPP/MC, la Sub Gerencia de Racionalizacion ha procedido a consolidar los procedimientos que deben ser adecuados a la Ley Nº 29566; Que, mediante lnforme Nº 608-2011-GAJ-MDC, la Gerencia de Asesoria Juridica opina para que mediante Decreto de Alcaldia se modifi que el TUPA, respecto a la eliminacion de los requisitos para la obtencion de la Licencia de Edifi cacion y Funcionamiento; Estando a las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972, DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER, en estricta aplicacion de la Ley Nº 29566, la Sustitucion y Eliminacion de los Requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Comas, aprobado con Ordenanza Nº 262-MDC de fecha 05.05.2008, que a continuacion se detallan: - Copia Literal de Dominio, correspondiendo a la municipalidad efectuar la verifi cacion a traves del portal web de la SUNARP. - Certifi cado de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios. - Boletas de Habilitación de los Profesionales que intervienen en el trámite. - Documentos que por su naturaleza se encuentren en los archivos de la municipalidad. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación y difusión de la presente norma municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto la implementación del presente Decreto de Alcaldía en coordinación con las áreas administrativas que correspondan. Dado en el local de la Municipalidad de Comas a los veinticinco días del mes de julio del año dos mil once. NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde 671145-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL