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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de julio de 2011 447782 Artículo Segundo.- Disponer la publicación del presente Reglamento en el Diario Ofi cial el Peruano, y en los diferentes medios de comunicación de mayor difusión regional y local, debiendo incluirse de manera obligatoria en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ancash. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación. MARTIN TEÓFILO ESPINAL REYES Presidente del Consejo Regional de Ancash Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de Ancash, a los veinticinco días del mes de febrero del año 2011. CESAR J. ALVAREZ AGUILAR Presidente 671082-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de Lima DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011 Lima, 27 de julio de 2011 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA Que la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, creó el Programa de Modernización Municipal, con el objeto de crear condiciones que permitan un crecimiento sostenido de la economía local; Que asimismo la Ley N° 29566 - Ley que modifi ca diversas disposiciones con el objeto de mejorar el clima de inversión y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias, dispone en su Artículo 5º que en la tramitación de cualquiera de las modalidades de licencias de edifi cación, contempladas en el Artículo 25º de la Ley Nº 29090, Ley de regulación de habilitaciones urbanas y de edifi caciones, no será exigible la presentación entre otros documentos: el Certifi cado de parámetros urbanísticos y edifi catorios y las boletas de habilitación de los profesionales que intervienen en el trámite; estableciendo en su Artículo 6º que la habilitación de los profesionales ingenieros y arquitectos que intervienen en proyectos, obras de habilitación urbana o edifi cación, conformidad de obra y en general cualquier trámite regulado en la Ley Nº 29090, será acreditado mediante una declaración jurada que suscriban dichos profesionales, la que podrá ser verifi cada por el padrón del portal web del colegio profesional respectivo; Que en concordancia con lo señalado, mediante Decreto Supremo Nº 277-2010-EF, se dispone la incorporación de una nueva meta del Programa de Modernización Municipal del Año Fiscal 2011 y se modifi can los Decretos Supremos 183-2010-EF y 190-2010-EF, estableciéndose como meta para las ciudades principales de Tipo A, la eliminación de los siguientes requisitos: certifi cado de parámetros urbanísticos y edifi catorios y las boletas de habilitación de los profesionales del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad; Que en armonía con lo antes señalado, la Gerencia de Desarrollo Urbano ha determinado también la necesidad de actualizar y simplifi car ciertos procedimientos del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, tales como: en los procedimientos donde se hace mención al Instituto Nacional de Cultura, para tenerse en virtud a la Ley Nº 29565, Ley que crea el Ministerio de Cultura, al Ministerio de Cultura en reemplazo de la fenecida institución, en los requisitos 3 y 4, del Procedimiento Nº 10 – Liquidación de aportes para habilitación urbana, de la Gerencia de Desarrollo Urbano, referidos a los Certifi cados de Valores Arancelarios y de Tasación Comercial, respectivamente, que señalan ser emitidos por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, para tenerse al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, como la autoridad a cargo de sus emisiones, en mérito al Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, con el cual se fusiona el Consejo Nacional de Tasaciones – CONATA, al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, así como la eliminación del requisito 12 del Procedimiento 13.2 - Con Recepción de Obras Ejecutadas, del Procedimiento Nº 13 – Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada de la misma Gerencia, referido a la presentación del Estudio de Impacto Vial y Ambiental para el caso de habilitaciones urbanas con fi nes industriales y comerciales, al encontrarse ya contemplado en el requisito 11 del Procedimiento 13.1 Con Autorización de Obras Faltantes, del citado Procedimiento; Que en ese sentido, la Gerencia de Desarrollo Urbano mediante los Informes Nº 03-2011-MML-GDU-SPHU- fmc; Nº 036-2011-MML-GDU-SAU, Nº 014-2011-MML- GDU-SAU-DGLE, Nº 135-MML-GDU-AL y Nº 137-MML- GDU-AL ha sustentado la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a fi n de adecuar, simplifi car y actualizar sus procedimientos; Que a través de los Informes Nº 075 y 087-2011-MML- GP-SDI, la Gerencia de Planifi cación, ha expresado su conformidad a la citada propuesta de modifi cación y ha sustentado también técnicamente los cambios propuestos; Que en tal virtud, corresponde modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima acorde a las actuales exigencias; Estando a lo dispuesto en el numeral 38.5 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; la Ley N° 29566 - Ley que modifi ca diversas disposiciones con el objeto de mejorar el clima de inversión y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias y el Decreto Supremo Nº 277-2010-EF, que dispone la incorporación de una nueva meta del Programa de Modernización Municipal del Año Fiscal 2011 y se modifi can los Decretos Supremos 183-2010-EF y 190-2010-EF; DECRETA: Artículo 1º.- Modifi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por la Ordenanza N° 1334 y sus modifi catorias, conforme al Anexo adjunto que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 2º.- Disponer que la Ordenanza N° 1334, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Metropolitana de Lima y sus modifi catorias, quedan subsistentes en todo lo demás que contienen. Artículo 3º.- Disponer la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www. munlima.gob.pe) y en el Portal de Servicios de Ciudadanos y Empresas –PSCE el íntegro del anexo mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 671558-1 Conforman el “Comité Técnico para la Gestión de Riesgo” en la Municipalidad Metropolitana de Lima RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 321 Lima, 18 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su